ORDENANZA Nº 1403 - Promueven el desarrollo del área urbana de la Cuenca Baja del Río Lurín

Fecha de disposición05 Julio 2010
Fecha de publicación05 Julio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 5 de julio de 2010 421703
Promueven el desarrollo del área urbana
de la Cuenca Baja del Río Lurín
ORDENANZA Nº 1403
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 1ro. de
julio del 2010, el Dictamen Nº 097-2010-MML-CMDUVN
de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE PROMUEVE EL DESARROLLO DEL ÁREA
URBANA DE LA CUENCA BAJA DEL RÍO LURÍN
Artículo 1º.- Objetivo
Promover el desarrollo ordenado del área urbana
ubicada en la Cuenca Baja del Río Lurín que cuenta con
zonif‌i cación aprobada, organizando y estructurando dicha
área para la ocupación y funcionamiento de las actividades
urbanas normadas, reorientando la demanda de nueva
localización industrial hacia sectores que presentan
mejores condiciones.
Artículo 2º.- Ambito de aplicación
La presente Ordenanza será de aplicación al sector
comprendido en el Plano de Zonif‌i cación de la Cuenca
Baja del Río Lurín, aprobado con la Ordenanza Nº 1117-
MML publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 12 de
enero del 2008.
Artículo 3º.- Lineamiento de Política
Reorientar la demanda de Localización Industrial
sobre el Trapecio de Lurín y otras de protección ambiental,
ampliando la oferta de nuevas zonas industriales en áreas
urbanas colindantes que presenten condiciones favorables
para dicho f‌i n, mediante las acciones siguientes:
a. Regular la localización de las actividades existentes,
preferentemente industriales con características
especiales, en la Cuenca Baja del Río Lurín, organizando y
articulando con ellas núcleos empresariales discontinuos.
Para ello, se podrán incorporar y regularizar por excepción,
las solicitudes de cambios de zonif‌i cación presentadas al
28 de febrero del 2010 y que cuentan con declaración de
Interés Local de la Municipalidad Distrital.
b. Organizar y estructurar las áreas urbanas
comprendidas en los sectores aludidos, def‌i niendo el
trazado, jerarquía y sección de vías correspondientes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Dispóngase que el Instituto Metropolitano
de Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de
Lima formule la propuesta de Planeamiento Urbano
del Sector de la Cuenca Baja del Río Lurín, que se
dispone en el Artículo 3º de la presente Ordenanza.
Dicha propuesta será presentada a la Municipalidad
Metropolitana de Lima para su aprobación, mediante
Ordenanza Metropolitana.
Segunda.- Dispóngase que el Instituto Metropolitano
de Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima
formule la propuesta de organización y estructuración
vial del sector materia de la presente, que se dispone el
Artículo 3º de la presente Ordenanza. Dicha propuesta
será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima
para su aprobación, mediante Ordenanza Metropolitana
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 2 de julio de 2010
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
514352-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Aprueban subdivisión de lote matriz
ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
Nº 018-10-GDU -MDS
Surquillo, 24 de junio del 2010
LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO
DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO:
Visto, el Expediente Nº 123151 -10,promovido
por sus propietarios: DOÑA NORMA LUISA MESIAS
CONDE, DON DEMETRIO COTRINA SANCHEZ Y DOÑA
JACQUELINE ELVIRA RIVERA GUZMAN .
Quienes solicitan la SUBDIVISION del Lote Matriz
Ubicado en la Esquina del jirón Dante Nº 1187-1189-1193-
1199 con el jirón Carlos Augusto Salaverry, en el distrito
de Surquillo, provincia y departamento de Lima con un
área de 309.40 m2 en Sub lote 1, Sub lote 2 y Sub lote 3.
CONSIDERANDO:
Que los recurrentes acreditan la propiedad del Lote
Matriz inscrito en la Partida Electrónica Nº 49047679 que
viene de la Ficha Nº 1752021 y Asientos Registrados en
Tomo 394, Fojas 301 al 306 y 312, de la Urbanización
Surquillo, distrito de Surquillo ; planos de Sub. División
de lote ( Ubicación – Perimétrico ) y demás documentos
que obran en autos ; cumplen con lo exigido por el
TUPA.
Que, en el informe Nº 246- 10 / SGOPC / GDU- MDS
se detalla que el Lote Matriz materia de la subdivisión de
acuerdo a la verif‌i cación del plano del Lote Matriz cuenta
con un área de 309.40 m2, Ubicado en la Esquina del
jirón Dante Nº 1187-1189 -1193 -1199 con el jirón Carlos
Augusto Salaverry del distrito de Surquillo y los Sub Lote
1 con un área de 110.32 m2, ubicado con frente al jirón
Dante Nº 1193 -1199 ; Sub Lote 2 con un área de 104.52
m2 Ubicado con frente al jirón Carlos Augusto Salaverry
Nº 866 - 868 ; Sub Lote 3 con un área de 94,56 m2 Ubicado
con un frente al jirón Dante Nº 1187-1189 .
Que, el presente Informe de la Subgerencia de Obras
Privadas y Catastro aprueba la Subdivisión solicitada
del Lote Matriz de 309.40 m2, ubicado en la Esquina del
jirón Dante Nº 1187 -1189 -1193- 1199 con el jirón Carlos
Augusto Salaverry del distrito de Surquillo de la provincia
y departamento de Lima ;con la zonif‌i cación CZ (Comercio
Zonal).
Que, conforme a las atribuciones determinadas por el
Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972 ; y demás normas vigentes
sobre la materia.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Aprobar la subdivisión del Lote
Matriz de 309,40 m2 ubicado en la Esquina del jirón
Dante Nº 1187 -1189 -1193- 1199 con el jirón Carlos
Augusto Salaverry del distrito de Surquillo de la provincia
y departamento de Lima con la zonif‌i cación CZ ( Comercio
Zonal ),conforme al área linderos y medidas perimétricas
siguientes:
1.- DEL TERRENO MATRIZ
El área referida al proyecto tiene un área de 309,40
m2; con los linderos y medidas perimétricas siguientes:
- Por el frente colinda con el jirón Dante con una Línea
recta de 13.00 metros lineales.
- Entrando por el lado derecho entrando con el jirón
Carlos Augusto Salaverry con una Línea recta de 23.80
metros lineales .
- Entrando por el lado izquierdo con propiedad de
terceros con 23.80 metros lineales.
- Por el fondo con propiedad de terceros con una Línea
recta de 13.00 metros lineales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR