Autorizan viaje de funcionario de PROMPEX a fin de participar en ronda de negociaciones para la suscripción del TLC con EE.UU. que se realizará en Ecuador

Fecha de publicación24 Octubre 2004
Fecha de disposición24 Octubre 2004
Pág. 278996
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 24 de octubre de 2004
MINCETUR
Autorizan viaje de funcionario de
PROMPEX a fin de participar en ronda
de negociaciones para la suscripción
del TLC con EE.UU. que se realizará
en Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 365-2004-MINCETUR/DM
Lima, 21 de octubre de 2004
Visto el Oficio Nº 543-2004-PROMPEX/DE, del Di-
rector Ejecutivo de la Comisión para la Promoción de
Exportaciones - PROMPEX;
CONSIDERANDO:
Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por
Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover
las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo
al posicionamiento y consolidación de los bienes y servi-
cios en el mercado internacional, a través de una acción
concertada con el sector privado y las diferentes institu-
ciones públicas relacionadas con el comercio exterior
del país, buscando el desarrollo sostenible de las expor-
taciones en base al crecimiento y diversificación de la
oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de
las empresas exportadoras y la apertura y consolida-
ción de los mercados de exportación;
Que, el 18 de mayo de 2004 se dio inicio al proceso
de negociaciones de los países andinos Colombia, Ecua-
dor y Perú con los Estados Unidos de Norteamérica,
con miras a lograr sendos Tratados de Libre Comercio -
TLC; proceso dentro del cual se han llevado a cabo la I,
II, III y IV Ronda de Negociaciones, esta última realizada
en la ciudad de San Juan - Estado Libre de Puerto Rico,
del 13 al 17 de setiembre del 2004;
Que, entre los días 25 al 29 de octubre de 2004, se
llevará a cabo la V Ronda de Negociaciones para la sus-
cripción del TLC con los Estados Unidos de Norte-
américa, en la ciudad de Guayaquil - Ecuador, en la cual
participará el representante de PROMPEX en la Mesa
de Negociaciones para el Fortalecimiento de Capacida-
des Comerciales;
Que, es importante la participación de PROMPEX en
dichas reuniones, toda vez que los temas que serán
tratados involucran las actividades de promoción de
exportaciones, función que corresponde a la competen-
cia de PROMPEX;
Que, la Comisión para la Promoción de Exportacio-
nes - PROMPEX, es un Organismo Público Descentra-
lizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -
MINCETUR, conforme al literal c) del artículo 6º de la
Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del
MINCETUR;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 560, modificada por la Ley Nº 27779, Ley
Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 047-2002-PCM, e inciso k) del artículo 15º de la
Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Ejercicio Fiscal 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guido Soe-
nens Bopp, encargado de la Gerencia Central de Secto-
res Productivos, de la Comisión para la Promoción de
Exportaciones - PROMPEX, a la ciudad de Guayaquil -
Ecuador, del 25 al 30 de octubre del 2004, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente Re-
solución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán con
cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la
Promoción de Exportaciones, del Sector 35 Comercio
Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para
la Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria,
Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, de acuer-
do al siguiente detalle:
- Viáticos : US$ 1,000.00
- Pasajes : US$ 395.42
- Tarifa CORPAC : US$ 28.24
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda-
rio siguientes a su retorno al país, el funcionario cuyo
viaje se autoriza, presentará al Titular de la Entidad, un
informe detallado sobre las acciones realizadas y los
logros obtenidos en las reuniones a las que asistirá.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho
a exoneración o liberación de impuestos o de derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
19163
DEFENSA
Autorizan al Ministerio de Defensa -
Marina de Guerra del Perú a iniciar las
gestiones para la adquisición de dos
fragatas misileras
DECRETO SUPREMO
Nº 018-2004-DE/MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Artículo 2º e incisos (b) y (c) del
Artículo 4º de la Ley Orgánica de la Marina de Guerra del
Perú, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 438, el
ámbito de la Marina de Guerra del Perú es aquel en que
se realizan, las actividades correspondientes al Poder
Naval y los relacionados con los intereses marítimos de
su competencia, correspondiendo a la Comandancia
General de la Marina organizar, equipar, preparar y man-
tener las Fuerzas Navales en su máximo potencial com-
bativo, para asegurar la Defensa Nacional, así como
defender el patrimonio marítimo, fluvial y lacustre, dando
protección a las actividades que se realicen en dicho
medio, entre otras funciones;
Que, el Estudio Estratégico para el Desarrollo de la
Escuadra de Alta Mar 2002 - 2010 elaborado por la Ma-
rina de Guerra del Perú dentro del proceso de Pla-
neamiento Estratégico, ha permitido establecer la mag-
nitud y las características técnicas y operacionales es-
pecíficas que deben cumplir las futuras Unidades Nava-
les que requiere la Escuadra;
Que, por Resolución de la Comandancia General de
la Marina Nº 0591-2002-CGMG de fecha 28 de junio del
2002, se dispuso la conformación de un Comité Técnico
Operacional con la finalidad de evaluar las Unidades
Navales tipo Fragatas Misileras, existentes en las mari-
nas occidentales, en los aspectos operativos, técnico-
logísticos, costos y disponibilidad; y seleccionar la más
adecuada para la Marina de Guerra del Perú;
Que, el informe del Comité Técnico Operacional deter-
minó que de todas las Unidades Navales tipo Fragatas
existentes en las Marinas Occidentales, la Fragata Misi-
lera tipo "LUPO" es la Unidad Naval de Alta Mar que más
se adecua a los requerimientos operacionales y logísti-
cos de la Marina de Guerra del Perú;
Que, con Resolución Legislativa Nº 27922 de fecha
14 de enero del 2003, el Congreso de la República apro-
bó el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno
de la República del Perú y el Gobierno de la República
Italiana para la Cooperación en el campo de la defensa y
de los materiales para la defensa;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-RE
de fecha 20 de enero del 2003, se ratificó el Memorán-
dum de Entendimiento mencionado en el considerando
precedente, el cual entró en vigencia para ambos paí-
ses el 10 de junio del 2003, según comunicado del Minis-
terio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario
Oficial El Peruano, el 17 de junio del 2003;
Que, de acuerdo al marco legal antes citado, el Mi-
nisterio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, presentó

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