1064 305-2006-MINCETUR/DM - Autorizan viaje de funcionario de PROMPEX a España para participar en la Feria CONXEMAR 2006 y visitar red de mercados

Fecha de disposición28 Septiembre 2006
Fecha de publicación28 Septiembre 2006
Año XXIII / Nº 9603 www.elperuano.com.pe Pág. 328979
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Sumario
NORMAS LEGALES
FUNDADO
EN 1825 POR EL
LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
DEMOCRÁTICA
Lima, jueves 28 de setiembre de 2006
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
D.U. Nº 025-2006.- Dictan medidas extraordinarias en materia
de prevención referente al Fenómeno "El Niño" 328980
P C M
D.S. Nº 062-2006-PCM.- Adscriben la Comisión
Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de
las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz,
la reparación colectiva y la reconciliación nacional a la
PCM 328982
R.S. Nº 286-2006-PCM.- Acreditan a nuevos representantes
del Gobierno Nacional ante el Consejo Directivo del
INDEPA, en representación de los Ministerios de Justicia,
Agricultura y de Energía y Minas 328983
RR.SS. Nºs. 287 y 288-2006-PCM.- Aceptan renuncia y
designan miembro del Consejo Directivo del Instituto
Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP 328983
R.S. Nº 289-2006-PCM.- Dan por concluida designación
y designan miembro del Consejo Directivo del Instituto
Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP 328984
R.M. Nº 346-2006-PCM.- Crean Comisión Multisectorial
para el Área de Influencia de los Lotes 1 AB y 8 operados
por la Empresa Pluspetrol Norte S.A. 328984
MINCETUR
R.M. Nº 305-2006-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de
funcionario de PROMPEX a España para participar en la
Feria CONXEMAR 2006 y visitar red de mercados
328985
DEFENSA
R.S. Nº 396-2006-DE/SG.- Autorizan ingreso de personal
militar de EE.UU. para participar en reuniones relativas a la
implementación del despliegue del Radar TPS-70 328985
RR.SS. Nºs. 397 y 398-2006-DE/FAP.- Autorizan viaje de
Personal Militar FAP a EE.UU. y Francia, en comisión de
servicios 328986
ECONOMÍA Y FINANZAS
D.S. Nº 149-2006-EF.- Amplía el plazo de liquidación del Fondo
de Contingencia dispuesto por la Ley Nº 28562 328987
D.S. Nº 150-2006-EF.- Habilitan a la SUNAT para otorgar
información vinculada con obligaciones tributarias de Duke
Energy International Egenor S. en C. por A. y Duke Energy
Internacional Perú Holding S.R.L. y al Tribunal Fiscal a
otorgar información sobre expedientes vinculados al
proceso arbitral ante el CIADI iniciado por Duke Energy
International Peru Investment Nº 1, Ltd. contra la República
del Perú 328988
R.M. Nº 536-2006-EF/10.- Designan y ratifican a
miembros del Directorio de PERUPETRO S.A., en
representación del Ministerio 328988
R.M. Nº 542-2006-EF/15.- Aprueban Índices de
Distribución de la Regalía Minera, correspondientes al mes
de agosto de 2006 328989
R.M. Nº 543-2006-EF/43.- Exoneran de proceso de selección
y autorizan contratación de servicio de mantenimiento de
ascensores 328999
R.D. Nº 007-2006-EF/68.01.- Aprueban disposiciones
aplicables a los Proyectos de Inversión Pública a ser
ejecutados en el marco de la Ley Nº 28880 329000
ENERGÍA Y MINAS
D.S. Nº 056-2006-EM.- Aprueban relación de activos
materia de reversión a Petroperú 329000
JUSTICIA
R.M. Nº 480-2006-JUS.- Declaran nula la R.M. Nº 301-
2006-JUS 329001
RELACIONES EXTERIORES
DD.SS. Nºs. 063 y 064-2006-RE.- Reducen Tarifas de
Derechos Consulares por expedición de carné de matrícula
consular, renovación bianual del carné y pasaporte nacional
con validez de cinco años 329002
SALUD
R.M. Nº 903-2006/MINSA.- Designan representante del
Ministerio ante Comisión Multisectorial encargada de
evaluar la problemática del sistema penitenciario y proponer
acciones para su solución 329003
R.M. Nº 904-2006/MINSA.- Modifican Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Central
del Ministerio para el Ejercicio Fiscal 2006 329003
R.M. Nº 905-2006/MINSA.- Designan Directores Generales
de las Oficinas Generales de Administración y de Asesoría
Jurídica en el Instituto Nacional de Salud 329004
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
R.M. Nº 339-2006-TR.- Exoneran de proceso de selección
la contratación de servicio de telefonía fija para el Ministerio
329004
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.D. Nº 165-2006-MTC/12.- Modifican permiso de operación
otorgado a Aerovías de México S.A. de C.V. del servicio de
transporte aéreo regular de pasajeros, carga y correo 329006
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
MINISTERIO PÚBLICO
Res. Nº 1162-2006-MP-FN.- Aprueban Normas Comple-
mentarias y Adicionales a la Directiva "Medidas de Disciplina
Presupuestaria, Racionalidad y Austeridad en el Gasto del
Ministerio Público para el Ejercicio 2006" 329006
S B S
Res. SBS Nº 1190-2006.- Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. la apertura de agencia en
la provincia de Piura 329007
NORMAS LEGALES
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328980 El Peruano
jueves 28 de setiembre de 2006
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA
Nº 025-2006
DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN
MATERIA DE PREVENCIÓN REFERENTE
AL FENÓMENO "EL NIÑO"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, diversas instituciones especializadas vienen
alertando sobre alteraciones climáticas y de temperatura
en las corrientes marinas como manifestación de la
inminente reaparición del Fenómeno "El Niño" en las
costas del Pacífico;
Que, de acuerdo con lo establecido en la Constitución
Política son deberes primordiales del Estado proteger a la
población de las amenazas contra su seguridad y
promover el bienestar general que se fundamenta en la
justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;
Que, los daños y pérdidas que podría originar la
ocurrencia de "El Niño" determina que el Estado adopte
las acciones de prevención que coadyuven a aminorar
estos efectos negativos, a través de medidas que
busquen resguardar la infraestructura y el acceso a los
servicios públicos, debiendo actuar a través de los
distintos Ministerios y dependencias;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, así como
su Reglamento contemplan como causal de exoneración
de los procesos de selección regulados en dichas
normas, a las adquisiciones y contrataciones ante
situación de emergencia, declarándose a través de una
resolución del Titular del Pliego de la Entidad o acuerdo
del Consejo Regional o Municipal, según sea el caso;
Que, no obstante lo anterior y estando ante una
situación de emergencia donde el Estado debe actuar
en forma coordinada a través de distintas dependencias,
es necesario implementar un marco general para las
contrataciones y adquisiciones que deban efectuarse
como parte de las medidas de prevención ante la
inminencia del Fenómeno "El Niño";
Que, en consecuencia, resulta necesario exonerar
dichos procesos de lo dispuesto por el Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado y su Reglamento, así como dictar
disposiciones especiales a fin de garantizar celeridad y
transparencia en las contrataciones y adquisiciones,
mediante un procedimiento de observancia obligatoria
para las dependencias del Sector Público comprendidas
en la ejecución de las medidas de prevención;
Que, es preciso indicar que la exoneración que se
dispone en el presente dispositivo es aplicable únicamente
Res. SBS Nº 1199-2006.- Autorizan al Banco Internacional
del Perú - Interbank la apertura de agencias en la provincia
de Lima 329007
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN
Res. Nº 074-CND-P-2006.- Modifican el Artículo 3º de la
Res. Nº 059-CND-P-2006, sobre procedimiento y plazos para
la transferencia de Programas de Complementación Alimentaria
a la Municipalidad Metropolitana de Lima 329008
INDECOPI
Res. Nº 091-2006-INDECOPI/DIR.- Declaran nulidad de
proceso de selección para contratación del Servicio de
Seguridad y Vigilancia en el Local Institucional del
INDECOPI y en 10 Oficinas Desconcentradas 329009
SUNASS
Res. Nº 009-2006-SUNASS-GRT.- Admiten trámite solicitud
de la EPS SEMAPACH S.A. de determinación de la Fórmula
Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión 329009
SUNAT
Res. Nº 060-00-0000017.- Designan Auxiliar Coactivo de
la Intendencia Regional La Libertad 329010
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Acuerdo Nº 016-2006-CR/GRL.- Encargan el Despacho
de la Vicepresidencia Regional a la Consejera Regional por
la provincia de Huaral 329010
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza Nº 030-2006-MDC.- Aprueban Reglamento del
Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad
para el Año Fiscal 2007 329011
MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Ordenanza Nº 031-2006/MDP.- Aprueban Reglamento del
Proceso de Programación, Participación y Concertación en la
Formulación del Presupuesto Participativo 2007 329011
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Ordenanza Nº 092.- Aprueban Amnistía Tributaria y No Tri-
butaria de deudas de años anteriores y del año 2006 329012
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
R.A. Nº 000255.- Establecen fecha para el pago de cesantes
de la Municipalidad 329014
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA
R.A. Nº 791-2006-ALC/MPT.- Inician proceso adminis-
trativo disciplinario a ex funcionarios y funcionarios de la
Municipalidad 329014
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES
Acuerdo Nº 063-2006/MPT-SG.- Autorizan renovación
de contrato de profesional como Director Ejecutivo y
personal técnico del Proyecto Desarrollo Turístico Playas
del Norte 329015
R.A. Nº 303-2006-ALC-MPT.- Exoneran de proceso de
selección la adjudicación de terrenos para la Vía de Acceso
a Playa Hermosa 329015
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAMPARÁ
D.A. Nº 10-2006-AL/MDH.- Establecen requisitos para la
expedición de Certificados de Constatación Domiciliaria
329016
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TORATA
Acuerdo Nº 014-2006-A/MDT.- Exoneran de proceso de
selección la adquisición de tuberías para la obra "Sistema
de Agua Potable de Torata Alta" 329017
NORMAS LEGALES
El Peruano
jueves 28 de setiembre de 2006 328981
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para aquellas contrataciones y adquisiciones
directamente relacionadas a las acciones de prevención
que se requieran ante la inminencia del Fenómeno "El
Niño", no incluyéndose otro tipo de contrataciones o
adquisiciones, tales como equipo de oficina o similares;
Que, en años anteriores el Fenómeno "El Niño"
ocasionó daños importantes que afectaron seriamente
tanto a las personas como a la economía de las zonas
afectadas, por lo cual el Estado requiere tomar medidas
orientadas a contrarrestar el impacto que la manifestación
de dicho fenómeno generaría en la población y el
desarrollo económico del país, por lo que resulta urgente
y reviste interés nacional, dictar con carácter
extraordinario disposiciones referidas a las
contrataciones y adquisiciones que deban realizar los
Ministerios y dependencias públicas con fines de
prevención ante la ocurrencia de este fenómeno natural;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Exoneración
Exonérase hasta el 31 de diciembre de 2006 al
Ministerio de Agricultura; Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento; Ministerio de la
Producción; Ministerio de Salud; el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; Ministerio de la Mujer
y Desarrollo Social; Ministerio de Educación, Ministerio
del Interior y Ministerio de Energía y Minas; así como
los Gobiernos Regionales y Locales; de los
procedimientos dispuestos por el Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM y su Reglamento, y por el Artículo 11º de la Ley
Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2006, para la adquisición y contratación
de obras, bienes y servicios como parte de las acciones
de prevención y mitigación de daños frente a la
inminencia del Fenómeno "El Niño".
Dichas acciones deberán ser priorizadas y
aprobadas por la Comisión Multisectorial de Atención de
Desastres creada mediante Decreto Supremo Nº 081-
2002-PCM. En caso de tratarse de proyectos de
inversión pública deberán contar con la declaratoria de
elegibilidad.
La presente exoneración no alcanza a las Obras de
Prevención que cada entidad realiza de conformidad con
lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 905.
Artículo 2º.- De las contrataciones y
adquisiciones
Las adquisiciones y contrataciones que se realicen
como consecuencia de lo establecido en el artículo 1º
del presente Decreto de Urgencia, deberán cumplir con
el procedimiento que a continuación se detalla:
a) Las contrataciones y adquisiciones estarán a cargo
de la dependencia encargada de las contrataciones y
adquisiciones en cada una de las entidades, la misma
que elaborará las Bases Administrativas y sus
correspondientes Requerimientos Técnicos Mínimos,
Especificaciones Técnicas y/o Expediente Técnico, de
ser el caso.
b) Las etapas del proceso serán (en días hábiles):
- Convocatoria pública: mediante la publicación por
un período de dos días en el Sistema Electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE,
así como en uno de los diarios de mayor circulación
nacional o local, según corresponda, y en la página web
de cada entidad.
- Presentación y Absolución de Consultas: al tercer
día de iniciada la convocatoria y con un plazo de un día
los participantes podrán presentar consultas ante la
entidad convocante, las que serán resueltas y publicadas
al cuarto día a través del SEACE, luego de lo cual las
Bases Administrativas quedan integradas.
- Presentación de propuestas: el quinto día los
potenciales postores presentarán sus propuestas
técnicas y económicas en el lugar y hora que se determine
para tal efecto en las Bases Integradas y ante Notario
Público.
- Otorgamiento de la Buena Pro: en el sexto día se
otorgará la Buena Pro a la propuesta que obtenga el más
alto puntaje, de acuerdo con lo establecido en las bases
del proceso de selección.
c) Contra el otorgamiento de la Buena Pro sólo cabe
interponer recurso de revisión ante el Tribunal de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Otorgada la
Buena Pro, los postores tendrán un plazo máximo de
dos días para interponer recurso de revisión, el cual
deberá ser resuelto en un plazo máximo de cinco días,
transcurridos los cuales de no haberse resuelto el recurso
se configura la denegatoria ficta. Los postores al
interponer recurso de revisión deberán cumplir con los
requisitos de admisibilidad establecidos en el Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.
Artículo 3º.- Publicidad y Transparencia
Las dependencias públicas publicarán y registrarán
las contrataciones y adquisiciones materia de esta
exoneración, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones
y Contrataciones del Estado - SEACE, conforme a ley.
Asimismo, se deberá publicar la convocatoria, en
forma resumida, en uno de los diarios de mayor
circulación nacional o local, según corresponda, y en la
página web de cada entidad.
Artículo 4º.- De la implementación de la Veeduría
Los procesos de selección y la ejecución de los
contratos que se derivan de la presente norma estarán
sujetos a los mecanismos de control preventivo del
Sistema Nacional de Control, como las veedurías, a que
se refiere la Directiva Nº 001-2005-CG/OCI-GSNA,
aprobada por Resolución de Contraloría Nº 528-2006-
CG y modificada por Resolución de Contraloría Nº 238-
2006-CG, sin perjuicio del control posterior que
corresponda.
Artículo 5º.- Información posterior
Las contrataciones y adquisiciones realizadas al
amparo de la presente norma deberán ser puestas en
conocimiento de la Contraloría General de la República,
la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la
República del Congreso de la República y el Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
en un plazo no mayor de diez días hábiles de haber
otorgado la Buena Pro.
Artículo 6º.- Atención de contrataciones y
adquisiciones
El costo de las adquisiciones y contrataciones de
obras,bienes y servicios como parte de las acciones de
prevención y mitigación de daños frente a la inminencia
del Fenómeno "El Niño" se atenderán con cargo a los
respectivos presupuestos institucionales aprobados en
la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2006 - Ley Nº 28652.
Artículo 7º.- Medidas Complementarias y
Reglamentarias
El Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación
con la Presidencia del Consejo de Ministros dictará, de
ser necesario, las medidas complementarias y
reglamentarias que se requieran para la mejor aplicación
del presente dispositivo.
Artículo 8º.- Refrendos
El presente Decreto de Urgencia será refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete
días del mes de setiembre del año dos mil seis.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
02508-1

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