1007 093-2006-MINCETUR/DM - Autorizan viaje de profesionales de PromPerú para participar en Feria Internacional de Turismo y organizar eventos de promoción turística en China

EmisorMincetur
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2006
Pág. 315622
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 29 de marzo de 2006
Que, mediante el Artículo 17º del Decreto Ley
Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se
creó, entre otros Organismos Públicos Descentralizados,
el SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el
ente responsable de cautelar la seguridad del agro
nacional;
Que, el inciso c) del Artículo 6º de la Ley Nº 27322,
Ley Marco de Sanidad Agraria, establece que es función
del SENASA, como Autoridad Nacional en Sanidad
Agraria, proponer, establecer y ejecutar, según el caso,
la normatividad jurídica, técnica y administrativa necesaria
para la aplicación de los reglamentos vigentes a efectos
de prevenir la introducción, establecimiento y
diseminación de plagas y enfermedades, controlarlas y
erradicarlas;
Que, el literal a) del Artículo 28º del Reglamento de
Organización y Funciones del SENASA, aprobado por
Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, establece que la
Dirección de Sanidad Animal tiene entre otras funciones
la de establecer, conducir y coordinar un sistema de
control y supervisión zoosanitaria, tanto al comercio
nacional como internacional, de animales, productos y
subproductos de origen animal;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 034-2006-AG-
SENASA, publicada el 10 de febrero de 2006, se
suspendió por un período de ciento ochenta (180) días
calendario la importación de diversas especies y
productos de origen animal procedentes de Argentina
para prevenir el ingreso y diseminación en el país de la
Fiebre Aftosa;
Que, el Informe Nº 224-2006-AG-SENASA-DSA-
SCA de fecha 24 de marzo de 2006 recomienda
modificar la Resolución Jefatural Nº 034-2006-AG-
SENASA, a fin de regionalizar y circunscribir la
suspensión de importaciones a la provincia de
Corrientes de Argentina por ser aquella la zona
afectada; considerando que las autoridades sanitarias
argentinas han adoptado medidas cuarentenarias y
siguen realizando vigilancia epidemiológica y
serológica en dicha provincia;
De conformidad con lo dispuesto en la Decisión 515;
la Ley Nº 27322, Ley Marco de Sanidad Agraria; el
Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, Reglamento de
Organización y Funciones del SENASA y el Decreto
Supremo Nº 051-2000-AG; y con las visaciones de los
Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Circunscribir la suspensión de
importaciones de diversas especies y productos de
origen animal establecida en la Resolución Jefatural
Nº 034-2006-AG-SENASA, a la Provincia de Corrientes
de la República Argentina.
Artículo 2º.- El SENASA permitirá el ingreso de
animales, productos y subproductos de origen animal
procedentes de la República Argentina, excepto de
la provincia de Corrientes, siempre que cumplan con
los requisitos zoosanitarios de importación
establecidos por el SENASA, hacia las zonas o
regiones del país de igual condición sanitaria con
relación a fiebre aftosa.
Artículo 3º.- El SENASA a través de la Dirección
General de Sanidad Animal, adoptará las medidas
sanitarias complementarias para el mejor cumplimiento
de la presente norma.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE R. ESPINOZA BABILON
Jefe
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
05727
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0233-2006-AG
Mediante Oficio Nº 657-2006-AG-SEGMA, el
Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Ministerial Nº 0233-2006-AG, publicada
en la edición del día 18 de marzo de 2006.
DICE:
Artículo 1º.- "Designar a partir de la fecha, a la Eco.
Rosa Felicita Arce Alvarez, Gerente de Administración,
... como segunda titular para el manejo de las cuentas
bancarias ..."
DEBE DECIR:
Artículo 1º.- "Designar a partir de la fecha, a la Eco.
Rosa Felicita Arce Alvarez, Gerente de Administración,
... como titular para el manejo de las cuentas bancarias
..."
05666
MINCETUR
Autorizan viaje de profesionales de
PromPerú para participar en Feria
Internacional de Turismo y organizar
eventos de promoción turística en
China
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 093-2006-MINCETUR/DM
Lima, 13 de marzo de 2006
Vista la Carta Nº C.131.2006/PP.GG de la Gerente
General de la Comisión de Promoción del Perú -
PromPerú.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú -
PromPerú es la encargada de proponer, dirigir, evaluar
y ejecutar las políticas y estrategias de promoción
del turismo interno y receptivo, así como de promover
y difundir la imagen del Perú en materia de promoción
turística;
Que, acorde con sus funciones, PromPerú tiene
previsto participar en la Feria Internacional de Turismo
“Beijing International Travel and Tourism Market - 2006”
organizada por la empresa Tarsus Travel Exhibitions
Ltd., a llevarse a cabo en la ciudad de Beijing,
República Popular China, del 3 al 5 de abril del presente
año, evento que permitirá exponer el producto turístico
peruano exclusivamente a tours operadores y agentes
de viajes;
Que, asimismo, PromPerú se encuentra organizando
el “Workshop Seminario -China”, a realizarse en las
ciudades de Shanghai y Hong Kong, República Popular
de China, los días 11 y 13 de abril del presente año,
respectivamente, actividad de promoción turística
focalizada, para la cual se han concertado reuniones de
trabajo con los tours operadores y agentes de viajes de
las ciudades mencionadas, a fin de posicionar el destino
Perú;
Que, además, PromPerú se encuentra organizando
un “Festival Gastronómico Peruano”, a realizarse del 08
al 15 de abril de 2005, en la ciudad de Shangai, República
Popular de China, con la finalidad de promover la
gastronomía del país y, a través de ella, al Perú como
destino turístico;
Que, por ser de interés institucional, la Gerente
General de PromPerú solicita se autorice el viaje del
señor Luís Ricardo Baraybar Gutiérrez de la Fuente y
de la señorita Angela Maric Arata, profesionales que
prestan servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo
de PromPerú, para que en representación de la entidad
desarrollen diversas actividades vinculadas a la
promoción turística en los eventos mencionados en el
considerando anterior;
Contando con la visación de la Gerencia de
Planificación, Presupuesto y Desarrollo, de la Gerencia
de Administración y Finanzas, de la Gerencia Legal y de
la Gerencia General de PromPerú;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes
Nºs. 27790, 27619, 28652 modificada por Decreto de
Urgencia Nº 002-2006, Decreto Supremo Nº 012-2003-
MINCETUR, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM
modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM

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