ORDENANZA Nº 297-MDJM - Crean el Programa de Vivienda Municipal

Fecha de disposición20 Febrero 2009
Fecha de publicación20 Febrero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 20 de febrero de 2009
391262
Que el Decreto de Alcaldía Nº 079 de fecha 03
.OCT.2005, Norma que regula los Procedimientos de
Habilitaciones Urbanas para la Provincia de Lima , señala
que la Municipalidad Metropolitana de Lima establece la
Conformidad de una Resolución Distrital en la verif‌i cación
del cumplimiento de los Planes Urbanos Vigentes en lo
que respecta a Zonif‌i cación, Vías Metropolitanas y Aportes
Reglamentarios, y entendiéndose que mediante Resolución
Nº 0301-2008-MML-GDU-SPHU de fecha 03.NOV.2008 la
sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas
de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad
Metropolitana de Lima se resuelve dar conformidad a la
Resolución de Gerencia Nº 292-2008-GDU/MC de fecha
02.OCT.2008, materia de aclaración, se concluye que las
rectif‌i caciones efectuadas no vulneran o tienen implicancia
en los planes urbanos, en consecuencia, acorde a los
principios de Legalidad y Debido Procedimiento, no
corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima
establecer la Conformidad a la presente Resolución, por lo
que debe ser elevada a dicha entidad para conocimiento,
mas no para solicitar conformidad de la misma.
Que, estando el Informe N° 400-2008-SGPUC-GDU/MC
de fecha 29.12.2008 de la Sub Gerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro y la Visación de la Gerencia de Asuntos
Jurídicos, en los que opinan como procedente la Aclaración
de la Resolución de Gerencia Nº 292-2008-GDU/MC de fecha
02.OCT.2008 mediante la cual se aprobó en la Municipalidad de
Comas la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada
para Uso Comercial de propiedad de la ASOCIACION DE
COMERCIANTES DE CHACRA CERRO, en base a los
fundamentos expuestos en los considerandos anteriores.
Con la Visación de la Sub Gerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro y de la Gerencia de Asuntos Jurídicos;
y, En uso de las facultades que conf‌i ere el Articulo Séptimo
del Decreto de Alcaldía Nº 01-2008-A/MC publicado el 20
de enero del 2008.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ratif‌i car la Resolución de Gerencia
Nº 292-2008-GDU/MC de fecha 02.OCT.2008 mediante
la cual se aprobó en la Municipalidad de Comas la
Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada para
Uso Comercial del terreno de propiedad de la ASOCIACION
DE COMERCIANTES DE CHACRA CERRO, dejando sin
efecto el Plano de Lotización L-01, signado con el Nº 10-
2008-CTDHU/MC, ratif‌i cando el Plano Perimétrico P-01
signado con el Número 15-2007-CTDHU/MC así como la
Memoria Descriptiva y aprobando el Plano de Lotización L-
01 signado con el Nº 015-2008-CTDHU/MC de la Habilitación
Urbana denominada HABILITACION URBANA COMERCIAL
del terreno de 3,677.00 m2 de propiedad de la ASOCIACION
DE COMERCIANTES DE CHACRA CERRO, conforme a
los Cuadros de Áreas y Datos Técnicos consignados en
la documentación referida, cuya Habilitación Urbana se
desarrolla sobre el terreno de 3,677.00 m2. que corresponde
al Lote N° 3 que formaba parte del terreno denominado
Potrero El Chilcal, ubicado en el Valle de Carabayllo del
Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima, el cual
corre inscrito en la Ficha N° 66087, Partida N° 42616508 del
Registro de predios de la Of‌i cina Registral de Lima, a favor
de los solicitantes.
Artículo Segundo.- Remitir a la Municipalidad
Metropolitana de Lima, para conocimiento, copia certif‌i cada
de la presente Resolución, así como Plano de Trazado y
Lotización L-01 signado con el Nº 015-2008-CTDHU/MC y
Memoria Descriptiva, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 18º, numeral 18.1 del D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA
Reglamento de la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones.
Artículo Tercero.- Poner a conocimiento de la of‌i cina
Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos para la Inscripción correspondiente, a
cargo del interesado.
Artículo Cuarto.- Encargar la publicación de la
presente Resolución en el diario Of‌i cial El Peruano, a
cargo del interesado.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
RUBEN MUÑOZ GAMARRA
Gerente
Gerencia de Desarrollo Urbano
314401-1
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
Crean el Programa de Vivienda
Municipal
ORDENANZA Nº 297-MDJM
Jesús María, 16 de febrero del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE JESÚS MARÍA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE JESÚS MARÍA:
Visto, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
unánime de los señores regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los numerales 5 y 6 del artículo
195 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos
locales promueven el desarrollo y la economía local, la
prestación de los servicios públicos de su responsabilidad,
en armonía con las políticas y planes nacionales y
regionales de desarrollo y son competentes para organizar,
reglamentar y administrar los servicios públicos locales de
su responsabilidad y planif‌i car el desarrollo urbano y rural
de sus circunscripciones;
Que, la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades,
precisa que las Municipalidades como Órganos de
Gobierno Local, gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia, y el
proceso de planeación local es integral, permanente y
participativo, articulando a las Municipalidades con sus
vecinos, el mismo que establece las políticas públicas
a nivel local, teniendo en cuenta las competencias
y funciones específ‌i cas exclusivas y compartidas
establecidas para las Municipalidades Provinciales y
Distritales;
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, a través del “Plan Nacional de Vivienda
- Vivienda para Todos: Lineamientos de Política 2006-
2015”, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2006-
VIVIENDA, crea un instrumento de política nacional en
materia de vivienda para el corto y mediano plazo, que
busca impulsar la producción habitacional, reducir sus
costos y facilitar su adquisición; así como recuperar
áreas urbanas en proceso de consolidación; asimismo,
propicia el desarrollo urbano equilibrado, promoviendo
soluciones habitacionales para los distintos segmentos
socio económicos, priorizando aquellos proyectos de
vivienda dirigidos a la población de menores recursos
económicos;
Que, por Resolución Ministerial N° 054-2002-
VIVIENDA, se crea el Proyecto “Techo Propio”, a f‌i n
de promover, facilitar, y/o establecer los mecanismos
adecuados y transparentes que permitan el acceso a los
sectores populares a una vivienda digna y mediante Ley
N° 27829 se crea el Bono Familiar Habitacional, como
parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, que se otorga por una sola
vez a los benef‌i ciarios con criterio de utilidad pública, sin
cargo de restitución por parte de éstos y que constituye un
incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo
constructor;
Que, en el Distrito se ha identif‌i cado la problemática y
el porcentaje elevado de familias que viven en condiciones
infrahumanas por el poco poder adquisitivo con que
cuentan, lo cual hace inviable la construcción de una nueva
edif‌i cación o la adquisición de la misma, provocando el
hacinamiento de ellos y la carencia de los servicios públicos
adecuados, situación observada y comunicada por la
Gerencia de Desarrollo Económico y Social y comunicada
mediante Memorándum Nº 920-2008-MDJM-GDES;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR