Autorizan viaje de profesional de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera a Francia, en comisión de servicios

Fecha de disposición06 Octubre 2000
Fecha de publicación06 Octubre 2000
Pág. 193768
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 6 de octubre de 2000
adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales,
con requerimientos diferentes para bienes muebles e
inmuebles;
Estando a lo informado por la Intendencia de Institu-
ciones Financieras "D" mediante Informe Nº DESF
"D"- 115-OT-2000 y a lo opinado por la Superintenden-
cia Adjunta de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros; y, en virtud de la facultad delegada mediante
Resolución SBS Nº 807-99;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que
se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el
Banco Internacional del Perú proceda a la enajenación del
bien señalado en el Anexo que forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- El Banco Internacional del Perú deberá
proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-
2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones
con cargo a resultados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendente Adjunta de Banca
ANEXO
BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGA-
CIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE
AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
Tipo de Descripción/Ubicación Fecha de Valor en Libros Prórroga de
Bien Adjudicación (En Nuevos Soles) Tenencia
Inmueble Aires de la Av. Nicolás 1999.10.29 84 426.62 2001.4.29
Rodrigo Nº 146, Lote 14.
Mz. A. Santiago de Surco,
Lima
11339
ADUANAS
Autorizan viaje de profesional de la
Intendencia Nacional de Técnica Adua-
nera a Francia, en comisión de servi-
cios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
DE ADUANAS Nº 001498
Callao, 5 de octubre de 2000
Visto, el documento de fecha 7 de setiembre del 2000,
de la Secretaría General - Comunidad Andina, sobre la
necesidad de avanzar en el establecimiento de Centros
Binacionales de Atención en Frontera en la Comunidad
Andina (CEBAF), para participar en evento internacio-
nal; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento Nº SG-F/3/2120/2000 de
fecha 7 de setiembre del 2000, la Secretaría General invita
a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a participar
en una Visita a un Centro de Atención en Frontera en
Francia (Frontera de Francia y Suiza), a realizarse de 6 al
14 de octubre del 2000, cuyo objetivo es avanzar en el
conocimiento práctico del funcionamiento operativo de
estos controles;
Que, mediante Oficio Nº 859-2000-ADUANAS de
fecha 11 de setiembre del 2000, ADUANAS comunica a
dicha entidad, la designación del Sr. Econ. NICASIO
LIZARDO ARRIOLA NUÑEZ, Gerente de Nomenclatu-
ra, Normas de Origen y Valoración de la Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera, habiéndose aceptado su
participación al mencionado evento, mediante el docu-
mento de Visto;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje
del citado trabajador, del 6 al 14 de octubre del 2000, cuyos
gastos por concepto de pasaje aéreo y estadía serán cubier-
tos por la Cooperación Francesa;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27170 y
en numeral 1.5 del Texto Unico Ordenado de la Directiva
Nº 001-2000/FONAFE, de Gestión y Proceso Presupuesta-
rio, aprobado mediante Acuerdo de Directorio Nº 065-
2000/008-FONAFE; y,
En uso de las facultades establecidas por Resolución
Suprema Nº 251-2000-EF de fecha 26 de agosto del 2000 y
de conformidad con el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución
de Superintendencia de Aduanas Nº 001223 de fecha 24 de
noviembre de 1999, que aprueban la Ley Orgánica y
Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas,
respectivamente;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje del Sr. Econ.
NICASIO LIZARDO ARRIOLA NUÑEZ, Gerente de No-
menclatura, Normas de Origen y Valoración de la Inten-
dencia Nacional de Técnica Aduanera, de la Superinten-
dencia Nacional de Aduanas, del 6 al 14 de octubre del
2000, a Francia, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán cubiertos íntegramente
por la Cooperación Francesa, no significando gasto alguno
al Estado.
Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere-
cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de
cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo
viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARTURO RAMIREZ SALOMON
Superintendente Nacional de Aduanas
11431
FE DE ERRATAS
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
DE ADUANAS Nº 001491
Mediante Oficio Nº 1501-2000-ADUANAS la Superin-
tendencia Nacional de Aduanas solicita se publique Fe de
Erratas de la Resolución de Superintendencia de Aduanas
Nº 001491, publicada en nuestra edición del día 5 de
octubre de 2000, en la página 193684.
En el último párrafo del Considerando:
DICE:
"... Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021
del 13 de enero de 1997... y Resolución Suprema Nº 168-99-
EF del 22 de abril de 1999;"
DEBE DECIR:
"... Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001223
del 24 de noviembre de 1999... y Resolución Suprema Nº 251-
2000-EF del 27 de agosto de 2000;"
11448

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