RESOLUCION Nº 273-2010-TC-S3 - Sancionan a la Asociación de Productores del Valle Grande con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado

Fecha de disposición17 Febrero 2010
Fecha de publicación17 Febrero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 17 de febrero de 2010 414059
Aprueban Factores de Reajuste
aplicables a obras de edificación del
Sector Privado, producidas en el mes
de enero de 2010
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 046-2010-INEI
Lima, 16 de febrero del 2010
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena
Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto
Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación
y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la
Construcción (CREPCO);
Que, asimismo la Undécima Disposición
Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley,
dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e
Informática (INEI) las funciones de elaboración de los
Índices de los elementos que determinen el costo de las
Obras;
Que, para uso del Sector Privado de la Construcción,
deben elaborarse los Factores de Reajuste
correspondientes a las obras de Edif‌i cación de las seis
(6) Áreas Geográf‌i cas del país, aplicables a las obras en
actual ejecución, siempre que sus contratos no estipulen
modalidad distinta de reajuste;
Que, para tal efecto, la Dirección Técnica de
Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-
01-2010/DTIE, referido a los Factores de Reajuste para
las Áreas Geográf‌i cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes
al período del 01 al 31 de enero de 2010 y que cuenta
con la conformidad de la Comisión Técnica para la
Aprobación de los Índices Unif‌i cados de Precios de
la Construcción (IUPC), por lo que resulta necesario
expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así
como disponer su publicación en el diario of‌i cial “El
Peruano”, y;
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º
del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los Factores de Reajuste que
debe aplicarse a las obras de edif‌i cación, correspondiente
a las seis (6) Áreas Geográf‌i cas para las Obras del Sector
Privado, derivados de la variación de precios de todos los
elementos que intervienen en el costo de dichas obras,
producidas en el período del 01 al 31 de enero de 2010,
según aparece en el cuadro siguiente:
ÁREAS
GEOGRÁFICAS
OBRAS DE EDIFICACIÓN
Edif‌i cación de 1 y 2 Pisos Edif‌i cación de 1 y 2 Pisos Edif‌i cación de 3 y 4 Pisos Edif‌i cación de 3 y 4 Pisos
(Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido)
M.O. Resto
Elem. Total M.O. Resto
Elem. Total M.O. Resto
Elem. Total M.O. Resto
Elem. Total
1 1,0013 1,0010 1,0023 1,0016 1,0005 1,0021 1,0012 1,0008 1,0020 1,0017 0,9999 1,0016
2 1,0013 1,0017 1,0030 1,0015 1,0018 1,0033 1,0012 1,0017 1,0029 1,0016 1,0013 1,0029
3 1,0012 1,0080 1,0092 1,0014 1,0102 1,0116 1,0012 1,0071 1,0083 1,0016 1,0082 1,0098
4 1,0013 1,0009 1,0022 1,0015 1,0005 1,0020 1,0013 1,0007 1,0020 1,0017 1,0002 1,0019
5 1,0014 1,0103 1,0117 1,0017 1,0147 1,0164 1,0013 1,0089 1,0102 1,0018 1,0112 1,0130
6 1,0012 1,0024 1,0036 1,0014 1,0024 1,0038 1,0012 1,0020 1,0032 1,0016 1,0017 1,0033
Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplicados
a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra
ejecutada en el período correspondiente. En el caso de
obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre
los montos que aparecen en el Calendario de Avance
de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance
Acelerado, si lo hubiere.
Artículo 3º.- Los factores indicados no serán
aplicados:
a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan
sido reajustados como consecuencia de la variación
mencionada en el período correspondiente.
b) Sobre el monto del adelanto que el propietario
hubiera entregado oportunamente con el objeto de
comprar materiales específ‌i cos.
Artículo 4º.- Los montos de obra a que se ref‌i ere el
Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales,
mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos
generales y utilidad del contratista.
Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario
hubiera entregado al contratista, no se eximen de la
aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos
derivan de los aumentos de mano de obra.
Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba
por la presente Resolución, serán acumulativos por
multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente
aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto
contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato
respectivo.
Artículo 7º.- Las Áreas Geográf‌i cas comprenden los
departamentos siguientes:
a) Área Geográf‌i ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque,
La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.
b) Área Geográf‌i ca 2: Ancash, Lima, Provincia
Constitucional del Callao e Ica.
c) Área Geográf‌i ca 3: Huánuco, Pasco, Junín,
Huancavelica, Ayacucho y Ucayali.
d) Área Geográf‌i ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.
e) Área Geográf‌i ca 5: Loreto.
f) Área Geográf‌i ca 6: Cusco, Puno, Apurímac, y Madre
de Dios.
Regístrese y comuníquese.
RENÁN QUISPE LLANOS
Jefe
458738-2
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LAS CONTRATACIONES
DEL ESTADO
Sancionan a la Asociación de
Productores del Valle Grande con
inhabilitación temporal en sus derechos
de participar en procesos de selección
y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
RESOLUCIÓN Nº 273-2010-TC-S3
Sumilla: Es pasible de sanción la Contratista
que incumple injustif‌i cadamente
el contrato, pese a haber sido
requerido previamente para que
ejecute las prestaciones a su cargo.
Lima, 9 de febrero de 2010

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