RESOLUCION DIRECTORAL Nº 092-2010-EM/DGH - Establecen nuevo plazo para que productores e importadores presenten los documentos a que se refiere la R.D. N° 075-2010-EM/DGH

Fecha de disposición18 Mayo 2010
Fecha de publicación18 Mayo 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 18 de mayo de 2010
419126
Nº Registro
Nacional Otros Códigos Titulo/
Denominación Tipo bien Material
53 0000097889 CBS-0631/PL Misa de San
Gregorio Pintura Tela
54 0000097898 CBS-0632/PL Señor de los
Temblores Pintura Tela
55 0000097927 CBS-0275/PL Virgen María y San
José Pintura Tela
56 0000097928 CBS-0367/Ag Marco Metalurgia Madera y
plata
57 0000097929 CBS-0326/AgF Cartera Metalurgia Plata
58 0000097930 CBS-0324/AgF Cartera Metalurgia Plata
59 0000097931 CBS-0626/AgF Porta tarjetas Metalurgia Plata
60 0000097964 CBS-0416/AgF Cigarrera Metalurgia Plata
61 0000097965 CBS-0627/AgF Pastillero Metalurgia Plata
62 0000097966 CBS-0630/AgF Dedal Metalurgia Plata
63 0000097967 CBS-0433/AgF Dedal Metalurgia Plata
64 0000097968 CBS-0628/AgF Dedal Metalurgia Plata
65 0000097997 CBS-0409/AgF Pluma Metalurgia Plata
66 0000097998 CBS-0430/AgF Peineta Metalurgia Plata
67 0000098005 CBS-0432/AgF Collar Metalurgia Plata
68 0000098011 CBS-0431/AgF Pulsera Metalurgia Plata
69 0000098012 CBS-0397/Ag Adorno de montura Metalurgia Plata
70 0000098013 CBS-0334/Ag Bacín Metalurgia Plata
71 0000098014 CBS-0370/Ag Portapaz Metalurgia Plata
72 0000098015 CBS-0328/Ag Chocolatera Metalurgia Plata
73 0000098020 CBS-0337/Ag Corona Metalurgia Plata
74 0000098021 CBS-0295/Ag Venera Metalurgia Plata
75 0000098040 CBS-0623/Ag Platón Metalurgia Plata
76 0000098046 CBS-0621/Ag Esquilones Metalurgia Plata
77 0000098077 CBS-0391/Ag Jarro Metalurgia Plata
78 0000098091 CBS-0306/Ag Custodia Metalurgia Piedras y
plata
79 0000098112 CBS-0620/Ag Incensario Metalurgia Plata
80 0000098133 CBS-0357/Ag Incensario Metalurgia Plata
81 0000098170 CBS-0622/Ag Limosnero Metalurgia Plata
82 0000098171 CBS-0314/Ag Bombilla Metalurgia Plata
83 0000098172 CBS-0624/Ag Mate Metalurgia Lagenaria
y plata
84 0000098174 CBS-0313/Ag Bombilla Metalurgia Plata
85 0000098184 CBS-0625/Ag Mate Metalurgia Lagenaria
y plata
86 0000098194 CBS-0629/Ag Tintero Metalurgia Lagenaria
y plata
494991-1
ENERGIA Y MINAS
Establecen nuevo plazo para que
productores e importadores presenten
los documentos a que se refiere la R.D.
N° 075-2010-EM/DGH
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 092-2010-EM/DGH
Lima, 17 de mayo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 creó el “Fondo
para la Estabilización de Precios de los Combustibles
Derivados del Petróleo”, como fondo intangible destinado
a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo
crudo y sus derivados, se traslade a los consumidores
del mercado interno. Mediante Decreto de Urgencia Nº
027-2010 se amplió la vigencia del Fondo hasta el 31 de
diciembre de 2010;
Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF se aprobaron
las normas reglamentarias y complementarias del Decreto
de Urgencia Nº 010-2004, así como se facultó a la Dirección
General de Hidrocarburos para que dicte y establezca los
aspectos operativos del Fondo;
Que, mediante Resoluciones Directoral Nº 075-2010-
EM/DGH se establecen los nuevos Factores de Aportación
y Compensación corregidos del Petróleo Industrial y de los
diferentes contenidos de azufre del combustible Diesel 2 y
Diesel B2 en aplicación del Decreto de Urgencia Nº 035-
2008;
Que, mediante Carta MEXT-0990-2010 con fecha 13
de Mayo de 2010, Petroperú solicitó una prórroga para la
aplicación de la Resolución Directoral Nº 075-2010-EM/
DGH, sustentándola en la complejidad de las operaciones
de Petroperú y en la dif‌i cultad en el proceso de recopilación
y adecuación de la información necesaria para la aplicación
de esta Resolución Directoral;
Que, visto y analizado lo anterior resulta necesario otorgar
un nuevo plazo a f‌i n de que las empresas Productoras e
Importadoras recopilen toda la información necesaria para
la adecuada aplicación de la Resolución Directoral Nº 075-
2010-EM/DGH;
Conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto
de Urgencia Nº 010-2004. modif‌i cado por el Decreto de
Urgencia Nº 035-2008 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-
EF mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias
y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Establecer un nuevo plazo de 30 días
calendarios para que los Productores e Importadores presenten
los documentos a que hace referencia el Artículo Segundo de
la Resolución Directoral Nº 075-2010-EM/DGH.
Artículo Segundo.- La presente Resolución Directoral
entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, Comuníquese y Publíquese.
ERNESTO BARREDA TAMAYO
Director General de Hidrocarburos
494690-1
PRODUCE
Resolución Ministerial que modifica
el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de la
Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 126-2010-PRODUCE
Lima, 17 de mayo de 2010
VISTOS: El Memorando Nº 278-2010-PRODUCE/
OGPP, de fecha 31 de marzo de 2010, de la Of‌i cina General
de Planif‌i cación y Presupuesto; el Memorando Nº 00577-
2010-PRODUCE/OGA, de fecha 9 de abril de 2010, de la
Of‌i cina General de Administración, el Informe Nº 061-2010-
PRODUCE/OGPP-Opir, de fecha 12 de abril de 2010, y el
Memorando Nº 313-2010-PRODUCE/OGPP, de fecha 14
de abril de 2010, de la Of‌i cina General de Planif‌i cación y
Presupuesto; así como el Informe Nº 027-2010-PRODUCE/
OGAJ-malayza, de fecha 6 de mayo de 2010, de la Of‌i cina
General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los trámites establecidos por la autoridad
administrativa deben procurar ser sencillos, racionales
y proporcionales a los f‌i nes que se persigue cumplir,
debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria. Ello
en concordancia con el principio de simplicidad del
procedimiento administrativo previsto en el numeral 1.13 del
artículo IV del Título Preliminar, el numeral 39.1 del artículo
39° y el numeral 10 del artículo 55° de la Ley N° 27444 – Ley
del Procedimiento Administrativo General, y el numeral 3 del
artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158 – Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
Que, según lo dispuesto por el artículo 53º del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-
2006-PRODUCE, “La Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero es el órgano técnico, normativo
y promotor encargado de proponer, ejecutar y supervisar
los objetivos, políticas y estrategia del subsector pesquería
relativa a las actividades de extracción y procesamiento
pesquero, velando por el aprovechamiento sostenible de
los recursos hidrobiológicos y la protección del ambiente.
Depende del Despacho Viceministerial de Pesquería.” y de
otro lado, el literal a) del artículo 40º del citado Reglamento,
señala en cuanto a la Of‌i cina de Ejecución Coactiva de la
Of‌i cina General de Administración, la función de iniciar,

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