ORDENANZA Nº 059-2008/MVMT - Autorizan a la Procuraduría Pública Municipal para conciliar, transigir y desistirse en procesos de menor cuantía

Fecha de disposición17 Julio 2008
Fecha de publicación17 Julio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 17 de julio de 2008 376299
Con el visto bueno de la División de Revisión de
Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia
de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878,
Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-
MML, N° 341-MML, Nº 836-MML, N° 812, N° 916-MML,
Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-
MML-GDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD
de la Resolución Sub-Gerencial Nº 286-2008-SGLAU-
GDU-MSS, de fecha 18 de febrero del 2008, expedida
por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que
resuelve aprobar los Proyectos referentes a Trazado,
Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente
a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso
Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de
2,672.96 m², constituido por el lote 72, de la Manzana D,
de la Parcelación Semi-Rústica “Los Granados”, ubicado
frente al Jirón Cruz del Sur, en el distrito de Santiago de
Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo
con los planos signados con el Nº 012.01-2008-SGLAU-
GDU-MSS y Nº 012.02-2008-SGLAU-GDU-MSS
Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a
la UNIVERSIDAD DE LIMA; y a la Municipalidad Distrital
de Santiago de Surco, para su conocimiento y f‌i nes.
Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa.
Artículo 4°.- OFICIAR con la presente Resolución a la
Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral
Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA,
EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planif‌i cación
y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y
Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo
Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y f‌i nes
pertinentes
Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en
el Diario Of‌i cial El Peruano, a cargo de la administrada,
dentro de los 30 días siguientes de notif‌i cada la misma.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE
Subgerente
Subgerencia de Planeamiento y
Habilitaciones Urbanas
Gerencia de Desarrollo Urbano
226368-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Disponen el embanderamiento general
del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2008-MDPP
Puente Piedra, 10 de julio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE PUENTE PIEDRA
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, modif‌i cado por el artículo
único de la Ley N° 27680, (Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del título IV sobre Descentralización),
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la
Que, estando próxima la Celebración del 187°
Aniversario de la Proclamación de la Independencia del
Perú, se debe incentivar la participación cívica de los
vecinos de nuestro distrito, para lo cual se debe af‌i rmar el
respeto a nuestros símbolos patrios;
Estando a las facultades conferidas en el inciso 6)
del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento
general del Distrito de Puente Piedra, desde el día 18 al
31 de julio del presente año, en conmemoración del 187º
Aniversario de la Declaración de la Independencia del
Perú.
Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza y pintado
de las fachadas de los predios públicos y privados en la
jurisdicción de Puente Piedra.
Artículo Tercero.-ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Educativo y Social
y a la Sub Gerencia de Comunicaciones, el cumplimiento
de lo dispuesto por el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENNAN S. ESPINOZA ROSALES
Alcalde
227297-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Autorizan a la Procuraduría Pública
Municipal para conciliar, transigir
y desistirse en procesos de menor
cuantía
ORDENANZA Nº 059-2008/MVMT
Villa María del Triunfo, 10 de julio del 2008
EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL
TRIUNFO;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de
Villa María del Triunfo en Sesión Ordinaria de la fecha
que se indica; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Pública del
Estado, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680, establece que las municipalidades
Provinciales y Distritales son gobiernos locales con
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica
de Municipalidades establece que la representación
y defensa de los intereses y derechos de las
municipalidades en juicio, se ejercita a través del órgano
de defensa judicial conforme a Ley, el cual está a cargo de
procuradores públicos municipales y el personal de apoyo
que requiera;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en
su artículo 9º inciso 8) señala que corresponde al Concejo
Municipal, aprobar, modif‌i car o derogar las ordenanzas y
dejar sin efectos los Acuerdos;
Que, de acuerdo al Decreto Ley Nº 17537 “Defensa
del Estado en Juicio” en su artículo 1º. Establece que “La
defensa de los derechos e intereses del Estado se ejercitan
judicialmente por intermedio de los Procuradores Públicos,
a cargo de los asuntos de los diferentes ministerios (en
èste caso de las diferentes Municipalidades);
Que, la Ley Nº 29228 publicada en el Diario Of‌i cial
El Peruano el 16 de mayo del 2008, autoriza a los
Procuradores Públicos encargados de la defensa del
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR