06 133-2001-JUS - Amplían facultades de procuradores para iniciar acciones judiciales e intervenir en procesos penales instaurados contra ex funcionario público, por delitos contra la administración pública y otros

Fecha de publicación24 Marzo 2001
Fecha de disposición24 Marzo 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 24 de marzo de 2001 AÑO XIX - Nº 7579 Pág. 200343
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
P C M
Autorizan viaje del Ministro de Justicia
a Suiza para participar en el 57º Perío-
do de Sesiones de la Comisión de
Derechos Humanos
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 165-2001-PCM
Lima, 23 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, del 19 de marzo al 27 de abril de 2001 se realizará
el 57º Período de Sesiones de la Comisión de Derechos
Humanos, a llevarse a cabo en la ciudad de Ginebra, Confe-
deración Suiza;
Que el señor doctor DIEGO GARCIA-SAYAN LARRA-
BURE, Ministro de Justicia, ha sido designado como Presi-
dente de la Delegación del Perú que participará en el
referido evento, siendo necesario autorizar el viaje y los
gastos a realizarse;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-
lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo
Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 031-
89-EF y Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor DIEGO GAR-
CIA-SAYAN LARRABURE, Ministro de Justicia, del 25 al 30
de marzo de 2001, a la ciudad de Ginebra - Suiza, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego 006
Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 3 561,12
Viáticos US$ 1 560,00
Tarifa CORPAC US$ 25,00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros
de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
20582
Encargan la Cartera de Justicia al Mi-
nistro de Pesquería
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 166-2001-PCM
Lima, 23 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Justicia, Dr. Diego García-Sayán
Larrabure, se ausentará del país del 25 al 30 de marzo de
2001, a fin de participar como Presidente de la Delegación
del Perú en el 57° Período de Sesiones de la Comisión de
Derechos Humanos, a llevarse a cabo en la ciudad de
Ginebra - Suiza;
Que es necesario encargar la Cartera de Justicia;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 127º
de la Constitución Política del Perú, y el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar la Cartera de Justicia al
señor Ludwig Meier Cornejo, Ministro de Pesquería, a
partir del 25 de marzo de 2001 y mientras dure la ausencia
del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
20583
Autorizan viaje del Ministro de Educa-
ción a España para participar en reunio-
nes de la OEI y del Convenio Andrés
Bello RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 167-2001-PCM
Lima, 23 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el señor doctor Marcial Rubio Correa, Ministro de
Educación, ha sido invitado por la Organización de Estados
Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(OEI) para participar en la 68º Reunión Ordinaria del
Consejo Directivo de la OEI, en la XI Conferencia Iberoame-
ricana de Ministros de Educación, en la constitución del
Patronato de la Fundación para la Educación, la Ciencia y
la Cultura y en la Reunión Anual del Convenio Andrés Bello
(REMECAB), a realizarse del 26 al 28 de marzo de 2001, en
la ciudad de Valencia, España,
Que, los gastos del citado evento serán cubiertos por la
Organización de Estados Iberoamericanos para la Educa-
ción, la Ciencia y la Cultura (OEI);
Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres-
pondiente viaje;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley
del Poder Ejecutivo y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-
PCM, 074-85-PCM, 010-88-PCM, 103-88-PCM, 031-89-EF,
135-90-PCM y 037-91-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor doctor Marcial
Rubio Correa, Ministro de Educación, a la ciudad de Valen-
cia, España, del 24 al 29 de marzo de 2001, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-
ción.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución serán sufragados por la Organiza-
ción de Estados Iberoamericanos para la Educación, la
Ciencia y la Cultura (OEI).
Pág. 200344
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 24 de marzo de 2001
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no da
derecho a la exoneración de impuestos y/o derechos arance-
larios de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
20592
Encargan el Despacho de Educación al
Ministro de Trabajo y Promoción Social
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 168-2001-PCM
Lima, 23 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Ministro de Educación, doctor Marcial Rubio
Correa, se ausentará del país del 24 al 29 de marzo de 2001,
a fin de participar en la 68° Reunión Ordinaria del Consejo
Directivo de la OEI, en la XI Conferencia Iberoamericana de
Ministros de Educación, en la constitución del Patronato de
la Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura y en
la Reunión Anual del Convenio Andrés Bello (REMECAB),
a realizarse en la ciudad de Valencia, España;
Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho
de Educación, en tanto dure la ausencia del Titular;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 127º del
Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar el Despacho de Educación al
doctor Jaime Zavala Costa, Ministro de Trabajo y Promo-
ción Social, a partir del 24 de marzo y en tanto dure la
ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
20593
Dejan sin efecto resolución referida a la
interposición de acciones para obtener el
desalojo del inmueble denominado ex
Hotel Comercio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 051-2001-PCM
Lima, 23 de marzo del 2001
Visto, el Oficio Nº 1361-2001-PCM de la Procuraduría
Pública encargada de los Asuntos Judiciales de la Presiden-
cia del Consejo de Ministros;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 142-2000-PCM
del 29 de setiembre de 2000, se autoriza la interposición de
las acciones legales correspondientes para obtener el des-
alojo del inmueble denominado ex Hotel Comercio, sito en
jirón Ancash Nºs. 200 y 202 esquina con la calle Pescadería
del jirón Augusto N. Wiesse (Carabaya) de propiedad del
Despacho Presidencial, ocupados por Restaurante Cordano
S.R.Ltda. y Distribuidora Vallelo S.C.R.Ltda., en atención
al estado de conservación del citado inmueble;
Que, mediante Informe Nº 309-SRDC/DR(14.4) el Instituto de
Defensa Civil señala que los ambientes ocupados por el Bar
Cordano y la Zapatería Vallejo no presentan riesgos inminentes de
colapso visibles; asimismo, mediante Informe Nº 335-2001-INC/
DGPMC, el Instituto Nacional de Cultura, señala que el sector
constituido por las dos fachadas -hacia los Jrs. Carabaya y Ancash-
del citado inmueble, ocupados por los referidos establecimientos
comerciales constituyen el sector en mejor estado de conservación
del referido inmueble, debiendo restaurarse a fin de evitar un
mayor deterioro, atendiendo a su condición de Monumento Histó-
rico, declarado por Resolución Suprema Nº 29000-72-ED;
Que, atendiendo a lo expuesto por la Dirección de Recupera-
ción del Espacio Público, de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, mediante Informe Nº 244-2000-MML-PROLIMA/DE-DREP
de fecha 10.10.2000, en el sentido que el inmueble ocupado por el
Restaurant Bar CORDANO presenta el paso de los años lo que se
evidencia en los acabados, como desgaste de los pisos, despren-
dimiento de revoques de los muros, deterioro de la carpintería de
madera; "sin embargo la estructura portante de los muros no
presentan desplomes ni grietas, la viguería del entrepiso no
presenta presencia de xilófagos ni de deflexiones y las columnas
igualmente no presentan pandeos" por lo que no presenta fallas
que puedan comprometer su estabilidad;
Que, teniendo en consideración el Acta Nº 001-2001/PCM,
de fecha 20.2.2001, suscrito entre los representantes de los
distintos organismos públicos y de las entidades privadas
involucradas en la problemática del ex Hotel El Comercio,
resulta conveniente la revaluación de las acciones judiciales
ordenadas anteriormente sobre el citado inmueble;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº
17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº
142-2000-PCM, en base a los considerandos que anteceden.
Artículo 2º.- El Acta Nº 001-2001/PCM de fecha 20 de
febrero del 2001, forma parte integrante de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 3º.- Remitir los antecedentes a la Procuradu-
ría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden-
cia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae
la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Emb. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
20571
AGRICULTURA
Designan Gerente Técnico de la Unidad
de Gestión del Santuario Histórico de
Machupicchu
RESOLUCIÓN Nº 002-2001-UGM-CD
Lima, 16 de marzo del año 2001
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a los Artículos 17º y 19º del Decreto Ley Nº
25902, y el Artículo 8º de la Ley Nº 26834, se establece que el
Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organismo
Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura, es la
autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE;
Que, la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio
Cultural de la Nación y el Decreto Supremo Nº 050-94-ED, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INC,
establecen que el Instituto Nacional de Cultura - INC, Organis-
mo Público Descentralizado del Ministerio de Educación, es la
autoridad nacional competente para la investigación, conserva-
ción, preservación, restauración, puesta en valor y promoción
del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-99-AG se constitu-
ye la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupic-
chu (UGM), que está encargada de la gestión integral de la
mencionada Área Natural y Cultural Protegida;
Que, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2º de
la Resolución Nº 001-2001-UGM-CD, el 15 de marzo del año
2001 se concluyó el proceso de Concurso Público de Méritos para
seleccionar al Gerente Técnico de la UGM, quedando en primer
lugar el arquitecto Edwin Benavente García;
En uso de las atribuciones que se establecen en el
Decreto Supremo Nº 023-99-AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al
arquitecto EDWIN BENAVENTE GARCIA, como Gerente
Técnico de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de
Machupicchu.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MATÍAS PRIETO CELI
Jefe del INRENA
ENRIQUE TORD ROMERO
Director Nacional del INC
20551
Pág. 200345
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 24 de marzo de 2001
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Modifican el Impuesto Selectivo al Con-
sumo aplicable a los productos gasoils y
gas de petróleo licuado, contenidos en el
Nuevo Apéndice III de la Ley del IGV e ISC
DECRETO SUPREMO
Nº 049-2001-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 61º del Texto Único Ordenado - TUO de
la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº
055-99-EF y normas modificatorias, establece que por De-
creto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas, se podrá modificar las tasas y/o montos fijos, así
como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV;
Que, es conveniente modificar el Impuesto Selectivo al Consu-
mo aplicable a los bienes que se señalan a continuación, así como
modificar la unidad de medida aplicable al gas de petróleo licuado,
a fin de uniformizar su aplicación con las disposiciones contenidas
en el Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de
Petróleo, que hace referencia al kilogramo;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del
Artículo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las
Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase el Impuesto Selectivo al Con-
sumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el
Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado - TUO de la
Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo
al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y
normas modificatorias, en la forma siguiente:
PARTIDAS MONTO EN
ARANCELARIAS PRODUCTOS NUEVOS SOLES
2710.00.50.10/ Gasoils S/. 1,58 por galón
2710.00.50.90
2711.11.00.00/ Gas de petróleo licuado S/. 0,23 por kilogramo
2711.19.00.00
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado
por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará en vigencia
el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés
días del mes de marzo del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
20577
Aceptan donaciones efectuadas por
USAID a favor del Proyecto de
Fortalecimiento de Instituciones de Salud
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 194-2001-EF
Lima, 22 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de los
Estados Unidos (USAID) ha efectuado donaciones a favor
del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud
(FIS), componente Norte a través del Instituto de Alta
Calidad de Atención a la Salud - MAXSALUD;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena-
do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº
055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Im-
puesto General a las Ventas, la importación o transferencia
de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entida-
des y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el
Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza-
ción, en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efec-
tuadas por la Agencia para el Desarrollo Internacional de
los Estados Unidos (USAID), a favor del Proyecto de
Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componen-
te Norte a través del Instituto de Alta Calidad de Atención
a la Salud - MAXSALUD, de acuerdo a las Resoluciones
Directorales que a continuación se detallan:
- Resolución Directoral Nº 054-2000-SA/OFICE modifi-
cada por Resolución Directoral Nº 077-2000-SA/OFICE
Donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo
Internacional de los Estados Unidos (USAID) a favor del Proyecto
de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componente
Norte a través del Instituto de Alta Calidad de Atención a la Salud
- MAXSALUD, consistente en 14 bultos conteniendo cables mul-
tipuntas para desfibrilador, lupas para cirugía, microscopio para
cirugía de oídos y otros bienes, por un valor aproximado de US$ 62
069,00 (Sesenta y Dos Mil Sesenta y Nueve y 00/100 Dólares de
Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de
fecha 18 de febrero del año 2000. Donación destinada para el
desarrollo de las actividades del Proyecto de Fortalecimiento de
Instituciones de Salud (FIS) componente Norte a través del
Instituto de Alta Calidad de Atención a la Salud - MAXSALUD,
beneficiando a la población de bajos recursos del departamento de
Lambayeque.
- Resolución Directoral Nº 055-2000-SA/OFICE
Donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo
Internacional de los Estados Unidos (USAID) a favor del Pro-
yecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), com-
ponente Norte a través del Instituto de Alta Calidad de Atención
a la Salud - MAXSALUD, consistente en 01 refrigeradora para
Banco de Sangre, marca Revco, modelo REB 504, con un valor
aproximado US$ 3 618,00 (Tres Mil Seiscientos Dieciocho y 00/
100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado
de Donación de fecha 18 de febrero del año 2000 y un peso
aproximado de 146 kgs., según Guía Aérea Nº 05033568 de
Circle International. Donación destinada para el desarrollo de
las actividades del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones
de Salud (FIS), componente Norte a través del Instituto de Alta
Calidad de Atención a la Salud - MAXSALUD, beneficiando a la
población de bajos recursos del departamento de Lambayeque.
Artículo 2º.- Compréndase a las donaciones citadas en
el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a
la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría
General de la República, dentro de los plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Salud y el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
JAIME ZAVALA COSTA
Ministro de Trabajo y Promoción Social
Encargado de la Cartera de Salud
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
20579
ENERGÍA Y MINAS
Imponen servidumbres a favor de Elec-
tro Sur Este S.A.A. en los departamen-
tos de Cusco y Apurímac
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 051-2001-EM/VME
Lima, 6 de febrero de 2001

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