Autorizan a procuradora iniciar proceso judicial contra ex Jefe de la Unidad de Administración de la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén

Fecha de publicación20 Abril 2000
Fecha de disposición20 Abril 2000
Pág. 185826
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 20 de abril de 2000
PRES
Modifican artículo de decreto supre-
mo que aprobó el Reglamento de la
Propiedad Fiscal
DECRETO SUPREMO
Nº 004-2000-PRES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la transferencia de la ex Dirección de Bienes
Nacionales dispuesta por el Decreto Ley Nº 25491, el Ministerio de
la Presidencia asumió las competencias, funciones y atribuciones
que en materia de propiedad estatal correspondían al entonces
Ministerio de Vivienda y Construcción;
Que, la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto
Ley Nº 25556, modificado por la Ley Nº 25738, creó la Superinten-
dencia de Bienes Nacionales como organismo público descentra-
lizado del Ministerio de la Presidencia, encargado de llevar el
registro, control y administración de los bienes muebles e inmue-
bles que comprenden el patrimonio fiscal;
Que, por Decreto Supremo Nº 025-78-VC, se aprobó el Regla-
mento de la Propiedad Fiscal, el mismo que en su Artículo 31º
señala que toda venta de propiedad inmueble del Estado se hará
por el procedimiento de Pública Subasta, salvo aquellos casos de
venta directa debidamente autorizados por leyes especiales;
Que, resulta necesario modificar el citado artículo a fin de
establecer mecanismos más ágiles para la adjudicación directa de
la propiedad inmobiliaria del Estado, cuya normatividad resulta
de competencia del Ministerio de la Presidencia;
De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del Artículo 118º
DECRETA:
Artículo 1º.- Sustitúyase el Artículo 31º del Decreto Supremo Nº
025-78-VC - Reglamento de la Propiedad Fiscal, por el siguiente texto:
"Artículo 31º.- Toda venta de propiedad inmueble del Estado,
se hará por el procedimiento de la Pública Subasta, salvo aquellos
casos de venta directa debidamente autorizada por Decreto Su-
premo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y refren-
dado por el Ministro de la Presidencia."
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado
por el Ministro de la Presidencia.
Artículo 3º.- Deróguense todas las normas que se opongan a
lo dispuesto por el presente Decreto Supremo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días
del mes de abril del año dos mil.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA
Ministro de la Presidencia
4543
Aprueban transferencia de inmueble
ubicado en la provincia de Huaral, a
favor de la Superintendencia de Bie-
nes Nacionales
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 082-2000-PRES
Lima, 18 de abril del 2000
Visto el Oficio Nº 874-2000/SBN-OAJ por el cual la Superin-
tendencia de Bienes Nacionales solicita la transferencia a su favor
del inmueble de 134,00 m2 constituido por el lote 4 de la Mz. "E"
de la urbanización El Rosario con frente al pasaje Los Pinos s/n,
distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, el inmueble de 134,00 m2, constituido por el lote 4 de la
Mz. "E" de la urbanización El Rosario con frente al pasaje Los
Pinos s/n, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima,
es de propiedad de la Oficina Registral de Lima y Callao, debida-
mente inscrito en la ficha Nº 14453 del Registro de la Propiedad
Inmueble de Huaral y registrado en el asiento Nº 2503 del Margesí
de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Lima;
Que, por Oficio Nº 1117-99-ORLC/JE, la Oficina Registral de
Lima y Callao solicita la transferencia del inmueble submateria,
a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales;
Que, mediante Informe Nº 019-2000/SBN-DAT, la Dirección
de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales
establece que el inmueble materia de transferencia corresponde
a la primera planta de una edificación de dos niveles;
Que, las transferencias de propiedad inmobiliaria fiscal, se aprue-
ban mediante Resolución Ministerial a favor de las reparticiones del
Estado, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo Primero del
Decreto Supremo Nº 041-85-VC, por lo que en el presente caso es
procedente perfeccionar la mencionada transferencia;
Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes
Nacionales;
Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556,
modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 041-
85-VC y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a favor de la Superin-
tendencia de Bienes Nacionales, del inmueble de 134,00 m2,
constituido por el lote 4 de la Mz. "E" de la urbanización El Rosario
con frente al pasaje Los Pinos s/n, distrito y provincia de Huaral,
departamento de Lima, inscrito en la ficha Nº 14453 del Registro
de la Propiedad Inmueble de Huaral.
Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el méri-
to de la presente Resolución Ministerial inscribirá en el Registro
de la Propiedad Inmueble de Huaral, la transferencia del inmue-
ble a que se refiere el artículo precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA
Ministro de la Presidencia
4540
PROMUDEH
Autorizan a procuradora iniciar proce-
so judicial contra ex Jefe de la Unidad
de Administración de la Sociedad de
Beneficencia Pública de Jaén
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 112-2000-PROMUDEH
Lima, 19 de abril de 2000
Vistos el Oficio Nº 076-00-PROMUDEH/PP, de fecha 20 de
enero del 2000, de la Procuraduría Pública del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Directoral Nº 042-99-SBJ/P, de fecha 19
de noviembre de 1999, la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén
instauró Proceso Administrativo Disciplinario a don Carlos Hipólito
Torres Llaguento, por haber cometido faltas graves disciplinarias en
el desempeño de sus funciones como ex Jefe de la Unidad de Adminis-
tración de la referida institución, siendo sancionado con Destitución
por Resolución Directoral Nº 044-99-SBJ/P;
Que en el referido Proceso Administrativo Disciplinario se deter-
minó que don Hipólito Torres Llaguento se acogió irregularmente a los
Decretos Supremos Nº 032-91-PCM y Nº 051-91-PCM, con el objeto de
percibir un aumento de S/. 145.35 (Ciento Cuarenticinco y 35/100
Nuevos Soles) desde el mes de febrero de 1991 hasta julio del mismo
año, asimismo cobró indebidamente una bonificación del 30% sobre el
monto total de remuneraciones desde enero a julio de 1991 por la suma
ascendente a S/. 1,057.22 (Un Mil Cincuentisiete y 22/100 Nuevos
Soles), canceló la cantidad de $ 3,200.00 (Tres Mil Doscientos y 00/100
Dólares Americanos) al señor Rafael Rioja Briceño por concepto de
compra de una computadora, adquisición que no se efectuó de acuerdo
con el Reglamento Unico de Adquisiciones - RUA vigente al momento
de los hechos, la misma que no fue entregada a la Sociedad de
Beneficencia Pública de Jaén, no ingresó a la Oficina de Tesorería de
la Institución la cantidad de S/. 600.00 (Seiscientos y 00/100 Nuevos
Soles) por concepto de venta de un nicho y mausoleo; entregó a una
tercera persona un teodolito marca Wild, de propiedad de la institución
sin suscribir el respectivo cargo de recepción, desconociéndose la
ubicación del teodolito, y por haber falsificado la firma del proveedor
Daniel Goicochea Vallejos en el comprobante de pago por concepto de
cancelación al Bazar "Copy Bazar Indiana";
Que en consecuencia es necesario autorizar a la señora Procu-
radora Pública encargada de la representación y defensa de los
intereses del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano - PROMUDEH, a efectos de que inicie e impulse las
acciones judiciales correspondientes, con el objeto de salvaguar-
dar los intereses de la institución;

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