RESOLUCION MINISTERIAL Nº 969-2010/MINSA - Aprueban Directiva Administrativa que establece el Procedimiento de Exigibilidad de las Obligaciones de Naturaleza No Tributaria a favor del Ministerio de Salud

Fecha de disposición11 Febrero 2011
Fecha de publicación11 Febrero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 11 de febrero de 2011 435981
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
OSCAR UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
602033-6
Aprueban Directiva Administrativa
que establece el Procedimiento de
Exigibilidad de las Obligaciones de
Naturaleza No Tributaria a favor del
Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 969-2010/MINSA
Lima, 1 de diciembre del 2010
Vistos los Expedientes N° 06-040175-002 y N° 09-
011869-001; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Segunda Disposición Complementaria,
Transitoria y Final de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio
de Salud, dispone que el Ministerio de Salud está
facultado a exigir coactivamente el pago de una acreencia
o la ejecución de una obligación de hacer o no hacer,
conforme a los alcances de la Ley N° 26979, Ley de
Procedimiento de Ejecución Coactiva;
Que, con Resolución Ministerial N° 1864-2002-SA/
DM del 4 de diciembre de 2002, se aprobó la Directiva
N° 004-2002-SA-SG, Directiva del Procedimiento de
Exigibilidad de las Obligaciones a favor del Ministerio de
Salud;
Que, mediante la Ley N° 28165 se han modif‌i cado
diversas disposiciones de la Ley N° 26979, lo que hace
necesario contar con una Directiva Administrativa que se
adecúe a las disposiciones legales vigentes;
Que, en ese sentido, debe aprobarse la Directiva
Administrativa que establece el Procedimiento de
Exigibilidad de las Obligaciones de Naturaleza No
Tributaria a favor del Ministerio de Salud;
Con la visación de la Directora General de la Of‌i cina
General de Administración, del Director General de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra
de Salud;
De conformidad con la Ley N° 26979, Ley de
Procedimiento de Ejecución Coactiva, la Ley N° 28165,
Ley que modif‌i ca e incorpora diversos artículos a la Ley
de Procedimiento de Ejecución Coactiva N° 26979 y
el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la DIRECTIVA
ADMINISTRATIVA N° 167-2010/MINSA/OGA-V.01
“DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE
EL PROCEDIMIENTO DE EXIGIBILIDAD DE LAS
OBLIGACIONES DE NATURALEZA NO TRIBUTARIA A
FAVOR DEL MINISTERIO DE SALUD”, la misma que forma
parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Disponer que la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Salud, imparta
las instrucciones necesarias para que en un plazo
improrrogable de treinta (30) días hábiles, contados a
partir del día siguiente de emitida la presente resolución,
se proceda a adecuar los actos y procedimientos en
trámite a las disposiciones previstas en la Directiva
Administrativa aprobada en el artículo precedente.
Artículo 3°.- Facultar a la Of‌i cina General de
Administración para que en representación del Ministerio
de Salud suscriba los convenios de fraccionamiento y
otros necesarios para el cumplimiento de la Directiva
Administrativa aprobada, pudiendo delegar esta facultad
en el Director Ejecutivo de la Of‌i cina de Economía.
Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
N° 1864-2002-SA/DM, que aprobó la Directiva N° 004-
2002-SA/SG “Directiva del Procedimiento de Exigibilidad
de las obligaciones a favor del Ministerio de Salud”, y toda
otra disposición que se oponga a la presente Directiva
Administrativa.
Artículo 5°.- Disponer que la Of‌i cina General de
Comunicaciones publique la presente Resolución
Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa.
gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de
Internet del Ministerio de Salud.
Regístrese y comuníquese.
OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
601222-1
Modifican R.M. Nº 944-2006/MINSA
referente al Registro Sanitario o
Certificado de Registro Sanitario de
los productos farmacéuticos y afines,
adquiridos a través de compras o
convenios celebrados con organismos
de cooperación internacional y
similares
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 100-2011/MINSA
Lima, 8 de febrero del 2011
VISTO, el expediente N° 11-001104-001;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Of‌i cio N° 015-2011-DARES/MINSA
del 5 de enero de 2011 la Directora de Abastecimiento
de Recursos Estratégicos en Salud - DARES informó que
desde el mes de enero de 2011 entró en funcionamiento
la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos
en Salud - DARES;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 944-
2006/MINSA del 6 de octubre de 2006, se autorizó a la
Of‌i cina General de Administración y al Instituto Nacional
de Salud a solicitar el Registro Sanitario o Certif‌i cado
de Registro Sanitario de los productos farmacéuticos
y af‌i nes, adquiridos a través de compras o convenios
celebrados con organismos de cooperación internacional
y similares, por la Autoridad de Salud, para ser utilizados
en sus intervenciones sanitarias;
Que, a través del Decreto Supremo N° 003-2010-
SA, publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el día
23 de enero de 2010, se modif‌i có el artículo 5° del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Salud, incorporándose como órgano a la Dirección
de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud
– DARES;
Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 119-
2010/MINSA, 462-2010/MINSA y 690-2010/MINSA, se
asignó a la Of‌i cina General de Administración – OGA
las funciones de adquisiciones, almacenamiento y
distribución de los recursos estratégicos, en tanto se
implemente la Dirección General de Abastecimiento de
Recursos Estratégicos en Salud – DARES;
Que, tomando en consideración que la Dirección de
Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud -
DARES tiene entre sus funciones las de programación,
adquisición, almacenamiento y distribución de recursos

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