RESOLUCION Nº 004-2009-GR.LAMB/GRPP-SGAAT - Disponen primera inscripción de dominio de terreno ubicado en el distrito de Zaña, a favor del Estado, representado por el Gobierno Regional de Lambayeque

Fecha de disposición14 Agosto 2009
Fecha de publicación14 Agosto 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 14 de agosto de 2009 400835
2006-GR.LAMB/CR y todas los dispositivos que se opongan
a la presente Ordenanza Regional.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
NERY SALDARRIAGA DE KROLL
Presidente Regional
383168-1
Disponen primera inscripción de dominio
de terreno ubicado en el distrito de Zaña,
a favor del Estado, representado por el
Gobierno Regional de Lambayeque
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA
Nº 004-2009-GR.LAMB/GRPP-SGAAT
Chiclayo, 30 de junio del 2009
VISTO:
El expediente con SISGEDO Nº 841751 de fecha
18 de mayo del 2009, remitido por la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales mediante Of‌i cio Nº 5189-
2009/SBN-GO-JAD, sobre la solicitud de venta directa de
terreno eriazo, ubicado en el distrito de Zaña, provincia de
Chiclayo, departamento de Lambayeque.
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales- SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que lo conforman,
en materia de adquisición, disposición, administración y
registro de los bienes estatales que se encuentren bajo
su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme lo establece la Ley 29151 - Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento
Que, el Gobierno Regional de Lambayeque es competente
para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos
eriazos de Propiedad del Estado en su jurisdicción, con
excepción de los terrenos de propiedad municipal conforme lo
establecen el inc.j) del Art. 35º de la Ley 27783 – Ley de Bases
de Descentralización y el Art. 62º de la Ley Nº 27687 – Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 429-2006-EF/10
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 26 de julio del
2006, se comunicó que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio
de Economía y Finanzas y el Presidente de Gobierno
Regional de Lambayeque suscribieron el Acta de Entrega
y Recepción mediante el cual se formalizó la transferencia
de competencias para administrar y adjudicar los terrenos
urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la
jurisdicción este Gobierno Regional, con excepción de los
terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc.j) del
Art. 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralización
Ley Nº 27783, Art. 10º y 62º de la Ley Nº 27687 – Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, el segundo párrafo del Art. 9º de la Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales – Ley Nº 29151,
establece que los Gobiernos Regionales, respecto a los
bienes de propiedad del Estado bajo su administración en
cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutarán
los actos previstos en el Art. 35º inc.j) de la Ley Nº 27783 – Ley
de Bases de Descentralización y el Art. 18º del Reglamento
de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales,
aprobado por D. S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la
competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales, para
administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de
propiedad del Estado dentro de su jurisdicción, incluyendo
aquellos que cuenten con edif‌i caciones;
Que, según el documento del visto la SBN en
cumplimiento del literal b) del Art. 62º de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 comunica al
Gobierno Regional Lambayeque la solicitud de venta
directa formulada por el administrado Guillermo Walter
Suyón Bazán de terreno eriazo no inscrito en el Registro
de Propiedad Inmueble de Chiclayo, por lo que sin
perjuicio de merituar en su oportunidad esta petición, es
necesario iniciar el procedimiento de la inscripción de
primera de dominio del predio antes mencionado ubicado
en zona eriaza del sector Huaca Rajada, distrito de Zaña,
provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, con
un área de 7,000.00 m2 (Siete Mil Metros Cuadrados);
Que, realizada la inspección técnica con fecha 04 de junio
del 2009 por la Sub Gerencia de Administración y Adjudicación
de Terrenos del Estado, verif‌i có que el citado terreno es de
naturaleza eriaza extra urbano, ubicado sobre una loma
de suelo arcillo-pedregoso con topografía accidentada,
apreciándose además la construcción de una vivienda
construida con material rústico ( adobe) y techo de eternit,
además se constató que la casa esta conformada por dos
( 02) piezas, cocina y corral con cerco de caña, verif‌i cándose
también que existe posesión total del predio incluida la casa;
Que, según Certif‌i cado de Búsqueda Catastral de
fecha 05 de febrero del 2009 de la Zona Registral Nº II
Sede Registral certif‌i ca que mediante el Informe Técnico
Catastral Nº 994-2009/Z.R Nº II -AC, el Área de Catastro
de Zona Registral Nº II Sede Chiclayo, señala que el
área en consulta se visualiza en zona donde a la fecha
no se han identif‌i cado sobre la base Gráf‌i ca del Área de
Catastro, antecedentes de inscripción registral;
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyen propiedad privada, ni de
las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado,
cuya inmatriculación compete a la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdicción regional
al Gobierno Regional Lambayeque, por lo que corresponde
tramitar la primera inscripción de la primera de dominio de
predios a favor del Estado del terreno de 7,000.00 metros
cuadrados ubicado en zona eriaza del sector Huaca Rajada,
distrito de Zaña, provincia de Chiclayo, departamento de
Lambayeque, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº
29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-
VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por
Resolución Nº 011-2002-SBN, modif‌i cada por la Directiva
Nº 003-2004-SBN, que regulan el trámite de inscripción de
dominio de predios a favor del Estado;
Con las visaciones correspondientes y en uso de las
atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la
Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización,
el Art. 62º de la Ley Nº 25687 – Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial Nº 429-2006-
EF/10 publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 26 de julio
del 2006, Resolución Gerencial General Regional Nº 094-
2005-GR.LAMB/GGR, modif‌i cada por Resolución Gerencial
General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolución
Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de julio
del 2008;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado representado por el Gobierno
Regional Lambayeque del terreno de 7,000.00 m2 ubicado
en el sector Huaca Rajada, del distrito de Zaña, provincia de
Chiclayo, departamento de Lambayeque, según el plano y
memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La zona Registral Nº II Sede
CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos por el mérito de la presente
Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio
a favor del Estado representado por el Gobierno Regional
Lambayeque, el terreno descrito en el artículo precedente
en el Registro de Predios de CHICLAYO.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE LEON LAZARO
Sub Gerente de Administración y
Adjudicaciones de Terrenos (e)
Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
383164-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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