DECRETO SUPREMO N° 113-2009-EF - Autorizan Primer Tramo de la Emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto de Urgencia N° 040-2009

Fecha de disposición21 Mayo 2009
Fecha de publicación21 Mayo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 21 de mayo de 2009
396228
Autorizan Primer Tramo de la Emisión
de Bonos Soberanos en el marco del
Decreto de Urgencia Nº 040-2009
DECRETO SUPREMO
Nº 113-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y
su modif‌i catoria, se aprobó la emisión de bonos soberanos
hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios
tramos, durante el bienio 2009-2010, que se destinarán
a f‌i nanciar proyectos de inversión pública a cargo de los
Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado
Decreto de Urgencia, establece que por decreto supremo
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y el
refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, se autoriza
cada tramo de la emisión de bonos soberanos, que pueden
ser colocados en una o varias fechas;
Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que,
en el citado decreto supremo se f‌i jan las características
generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen
los proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos
Regionales a ser f‌i nanciados con los recursos que se
obtengan con la colocación del respectivo tramo;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 179-2009-
EF/75 se aprobaron los “Lineamientos para la Aplicación
del Decreto de Urgencia Nº 040-2009” y los índices de
distribución de los recursos provenientes de la emisión y
colocación de bonos soberanos;
Que, de la aplicación de los citados índices de
distribución, corresponde al Gobierno Regional del
Departamento de Cajamarca un f‌i nanciamiento de hasta
S/. 97 131 490,00 (NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO
TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
00/100 NUEVOS SOLES);
Que, el Gobierno Regional del Departamento de
Cajamarca ha presentado a la Dirección Nacional del
Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y
Finanzas, los documentos requeridos para acceder al
f‌i nanciamiento a que se ref‌i ere el Decreto de Urgencia N°
040-2009, y su modif‌i catoria, hasta por un monto de S/.
97 131 490,00 (NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO
TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES) para ejecutar los proyectos de inversión
pública a su cargo, denominados “Redimensionamiento del
Hospital de Cajamarca” y “Mejoramiento de la Carretera
EMP. PE-1NG (San Pablo) EMP. CA-102 (San Miguel de
Pallaques)”;
Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el
primer tramo de la emisión interna de bonos soberanos
aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y su
modif‌i catoria, a ser destinado a f‌i nanciar parcialmente
los proyectos de inversión pública mencionados en el
considerando precedente a cargo del Gobierno Regional
del Departamento de Cajamarca;
Que, han opinado favorablemente la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público y la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modif‌i catoria, y
el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modif‌i cado por el
Decreto de Urgencia Nº 058-2009; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorización del primer tramo de la
emisión interna de bonos soberanos
Autorícese el primer tramo de hasta S/. 97 131 490,00
(NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y UN
MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos
aprobada en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-
2009, y su modif‌i catoria, que puede ser colocado en una
o varias fechas, y que se destina a f‌i nanciar parcialmente
los proyectos de inversión pública a cargo del Gobierno
Regional del Departamento de Cajamarca, denominados
“Redimensionamiento del Hospital de Cajamarca” y
“Mejoramiento de la Carretera EMP. PE-1NG (San Pablo)
EMP. CA-102 (San Miguel de Pallaques)”.
Artículo 2º.- Características generales de la emisión
interna de bonos
Para los f‌i nes de la emisión del primer tramo que se
autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, los bonos
soberanos contarán con las siguientes características:
- Monto máximo a emitir : Hasta S/. 97 131 490,00.
- Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas
a través de la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público.
- Estructurador : Dirección Nacional del
Endeudamiento Público.
- Moneda : Nuevos Soles.
- Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables.
- Modalidad de Colocación : A través de subastas.
- Plazo de Colocación : En varias fechas, hasta el 31 de
diciembre de 2010.
- Registro : Los bonos serán registrados
mediante anotación en cuenta en
CAVALI ICLV S.A. y listados en la
Bolsa de Valores de Lima.
Artículo 3º.- De la emisión y colocación del primer
tramo autorizado
Para los f‌i nes de la emisión del primer tramo que
se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, se
aplicará lo dispuesto en el “Reglamento de la Emisión
y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado
Interno” aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-
2004-EF, excepto por lo establecido en los ítems i), ii)
y iii) del literal b) y el literal e) del numeral 3 de dicho
Reglamento, los mismos que para efectos de la emisión
y colocación del referido tramo, se reemplazarán de
acuerdo al siguiente texto:
“Subasta Única
La adjudicación por tasa o precio utilizando la
modalidad de subasta Holandesa, se realizará mediante el
procedimiento que se describe a continuación:
- Una vez recibidas las propuestas, éstas serán
ordenadas por el sistema de manera ascendente, cuando la
variable a subastar sea la tasa de interés (correspondiente
al cupón del bono), o descendente, en el caso que la
variable a subastar sea el precio del bono.
- La adjudicación se realizará en forma ascendente,
iniciándose con la tasa más baja (o el precio más alto) a
la cual se le asignará la cantidad de los bonos soberanos
demandados, siguiendo con la segunda menor tasa (o
mayor precio) y así sucesivamente hasta agotar la cantidad
de Bonos Soberanos que corresponda, pudiendo quedar
un saldo sin colocar.
- La tasa (o precio) de liquidación será determinada por
la última cantidad de bonos soberanos adjudicados y se
aplicará a todas las operaciones resultantes.
- En caso dos o más propuestas coincidan con la tasa
(o precio) de liquidación y éstas excedan el último monto
por adjudicarse, la asignación se realizará a prorrata entre
éstas y se ajustará al múltiplo del valor nominal del bono.
Procedimiento de Subasta
La subasta de Bonos Soberanos se efectuará utilizando
el Módulo de Subastas del Sistema de Datos Técnicos S.A.
(DATATEC) u otro sistema que la Unidad Responsable
autorice como tal.
El horario estará compuesto:
Ingreso de propuestas: desde las 11:00 hasta las
13:00 horas
Permitirá a los diferentes participantes ingresar sus
propuestas de compra.
Adjudicación: desde las 13:00 hasta las 13:30
horas
El Emisor ingresará la tasa o precio de adjudicación.
Por causa de fuerza mayor, ante eventos que afecten
la operatividad del sistema u otras causas debidamente
sustentadas, la Unidad Responsable podrá ampliar el
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR