08 401-2006-MP-FN - Amplían competencia de Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito de los Distritos Judiciales de Loreto, Madre de Dios,Ucayali y Lima para conocer delitos contra los recursos naturales y el medio

Fecha de publicación12 Abril 2006
Fecha de disposición12 Abril 2006
Pág. 316621
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 12 de abril de 2006
para el cual, las Jefaturas Regionales remitirán las solicitudes
de autenticación a la Agencia delegada, debiéndose, por lo
tanto, dejar sin efecto la delegación de la referida labor a los
funcionarios y servidores de las Jefaturas Regionales de Piura,
Iquitos, Arequipa, Cusco, Trujillo, Huancayo y Puno; y,
Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley
Nº 26497, Orgánica del RENIEC y el Reglamento de las
Inscripciones en el RENIEC, aprobado por Decreto
Supremo Nº 015-98-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la delegación de
funciones para la autenticación de firmas de Registradores
del Estado Civil, conferida mediante Resolución Jefatural
Nº 917-2005-JEF/RENIEC, y sus modificatorias, al personal
de las Jefaturas Regionales de Piura, Iquitos, Arequipa,
Cusco, Trujillo, Huancayo y Puno.
Artículo Segundo.- Ratificar la delegación de funciones
para la autenticación de firmas de Registradores del Estado
Civil, al personal de la Jefatura Regional de Lima.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición que
se oponga a la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Operaciones
la implementación de lo dispuesto por la presente
Resolución.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
06589
Renuevan facultades registrales
conferidas a la Oficina de Registro del
Estado Civil que funciona en la
Municipalidad Distrital de San Isidro
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 248-2006-JEF/RENIEC
Lima, 10 de abril de 2006
VISTO:
El Oficio Nº 024-2006/CTRC/RENIEC, emitido por la
Comisión de Transferencia de los Registros del Estado Civil,
el Oficio Nº 1487-2006/GO/RENIEC, emitido por la Gerencia
de Operaciones y el Informe Nº 000378-2006-GAJ/RENIEC,
emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado
de manera exclusiva y excluyente de las funciones de
organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de
las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y
actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF,
publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de abril de
1996, se delegó a las Oficinas de Registros del Estado Civil
que funcionan en las Municipalidades Provinciales y
Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor, Agencias
Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas,
guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos
autorizadas a inscribir, las funciones previstas en los literales
a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Artículo 44º de la Ley
Nº 26497, autorizando a las referidas dependencias a
disponer de los derechos que recauden por los servicios
que prestan las Oficinas del Registro del Estado Civil;
Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley
Nº 26497 establece que la Jefatura Nacional queda
autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la
transferencia e integración de las Oficinas del Registro del
Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar
las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho
mandato, conforme la Octava Disposición Final del
Reglamento de las Inscripciones en el RENIEC;
Que, por Resolución Jefatural Nº 632-2003-JEF/RENIEC
de 24 de diciembre de 2003, se conformó la Comisión
Especial encargada de estudiar, analizar y proponer a la
Jefatura Nacional, en un plazo de noventa días útiles, los
mecanismos, pasos y procedimientos requeridos por la
institución, para la incorporación progresiva de las Oficinas
del Registro del Estado Civil que funcionan en las
Municipalidades del país al RENIEC, plazo que fue ampliado
por Resoluciones Jefaturales Nºs. 233 y 352-2004-JEF/
RENIEC, a cuyo término, procedió a emitir el Informe Final
correspondiente con sus respectivas sugerencias;
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,
en base a las recomendaciones del Informe Final de la Comisión
Especial acotada, ha desarrollado el Software correspondiente,
habiendo creado la base de datos de los Registros Civiles e
implementado un local especial, capacitando al personal
necesario así como adquiriendo los equipos informáticos para
la progresiva incorporación de las Oficinas del Registro del
Estado Civil al RENIEC, que se viene llevando a cabo;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 924-2005-JEF/
RENIEC de 13 de setiembre de 2005, se constituyó la
Comisión de Transferencia de los Registros del Estado Civil
del RENIEC, encargada de la coordinación, inventario,
recepción y traslado del acervo documentario obrante en
cada una de las Oficinas del Registro del Estado Civil,
resultando necesario dictar las disposiciones respecto a la
revocatoria de facultades registrales, en forma progresiva y
según el calendario previsto por la Comisión de
Transferencia; y,
Conforme las atribuciones conferidas por la Constitución
Política del Perú, la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil y el Reglamento
de las Inscripciones en el RENIEC aprobado por Decreto
Supremo Nº 015-98-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Revocar las facultades registrales
comprendidas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y
q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la
Oficina del Registro del Estado Civil que funciona en la
Municipalidad Distrital de San Isidro, mediante Resolución
Jefatural Nº 023-96-JEF, la que se hará efectiva a partir del
día 12 de abril de 2006.
Artículo Segundo.- Disponer la incorporación de la
Oficina del Registro del Estado Civil que funciona en la
Municipalidad Distrital de San Isidro al Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil, proceso que comprende el
acervo documentario de tal dependencia.
Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión de
Transferencia de los Registros Civiles, designada por
Resolución Jefatural Nº 924-2005-JEF/RENIEC, a realizar
todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las
autoridades de la Municipalidad Distrital de San Isidro, para
el traslado del acervo documentario al RENIEC, en
cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición
Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo precedente.
Artículo Cuarto.- Disponer que las Gerencias de
Asesoría Jurídica y de Imagen Institucional proporcionen a
la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles el
apoyo que requiera en el marco del proceso de incorporación
de la Oficina del Registro del Estado Civil de la Municipalidad
Distrital de San Isidro al RENIEC, conforme el Artículo
Primero de la presente Resolución, para el cumplimiento
de lo previsto por la Primera Disposición Complementaria
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
06588
MINISTERIO PUBLICO
Amplían competencia de Fiscalías Pro-
vinciales de Prevención del Delito de
los Distritos Judiciales de Loreto,
Madre de Dios, Ucayali y Lima para
conocer delitos contra los recursos na-
turales y el medio ambiente
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA
DE LA NACIÓN Nº 401- 2006-MP-FN
Lima, 11 de abril de 2006

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