133 004-2005-CR/GRM - Aprueban Plan Regional de Prevención y Atención de Desastres de la Región Moquegua

Fecha de publicación04 Junio 2005
Fecha de disposición04 Junio 2005
Pág. 293951
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 4 de junio de 2005
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad
del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo
previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución
Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Refor-
ma Constitucional del capítulo XIV del título IV, sobre
Descentralización - Ley Nº 27680; Ley de Bases de Des-
centralización - Ley Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobier-
nos Regionales - Ley Nº 27867, modificada por Ley
Nº 27902, y demás normas complementarias;
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Regional para la Creación
del CONSEJO REGIONAL DEL ADULTO MAYOR, presen-
tado por la señora Consejera Regional María Elizabeth
Rondo Layza, Presidenta de la Subcomisión de la Mujer y
Promoción de la Familia del Consejo Regional La Libertad;
CONSIDERANDO:
establece que la Comunidad y el Estado protegen espe-
cialmente al niño, adolescente, a la madre y al anciano en
situación de abandono;
Que, además, el Perú ha ratificado los siguientes Trata-
dos en materia de Derechos Humanos, que en aplicación
del Artículo 55º de la Constitución Política vigente forman
parte del Derecho Nacional y constituyen marco jurídico de
la presente Ordenanza:
bada por Resolución Legislativa Nº 13282 del 9 de diciem-
bre de 1959, Artículo 25º que prescribe el "derecho a una
vida digna desde el nacimiento hasta la muerte".
- Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políti-
cos, aprobado por el Decreto Ley Nº 22128 del 28 de
marzo de 1978, que entró en vigencia el 28 de julio de
1978.
- Pacto Internacional de los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, aprobado por Decreto Ley Nº 22129
del 28 de marzo de 1978, que entró en vigencia el 28 de
julio de 1978.
- Convención sobre la eliminación de todas las formas
de discriminación contra la Mujer, aprobada por la Resolu-
ción Legislativa Nº 25278 el 4 de junio de 1982, ratificada
el 20 de agosto del mismo año, de la cual se deriva la
obligación de asociar los enfoques de Equidad de Género
y Generacional respecto de la problemática del Adulto
Mayor.
- Convención Interamericana para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra la Mujer, aprobada por Resolu-
ción Legislativa Nº 26583 del 25 de marzo de 1993 y ratifi-
cada el 2 de abril del mismo año, la cual considera como
uno de los factores que colocan a la mujer en situación de
vulnerabilidad a la violencia cuando alcanza la condición
de anciana.
- Convención Americana sobre DD.HH. en materia de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Protocolo
Adicional de San Salvador, que en su artículo 17º precep-
túa el "derecho de toda persona a una protección especial
durante su ancianidad”.
Que, a través de los Tratados de Derechos Humanos
los Estados se comprometen a respetar y hacer respetar
los derechos y libertades fundamentales de las personas,
absteniéndose de todo tipo de acciones violatorias de los
mismos y realizando acciones idóneas de carácter jurídico,
político, administrativo y cultural, para que todos los seres
humanos dentro de su jurisdicción disfruten efectivamente
de los derechos que les son reconocidos;
Que, según el artículo 4º de la Ley Nº 27867 los Gobier-
nos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el
desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la in-
versión pública y privada y el empleo y garantizando el
ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportu-
nidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y
programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, asimismo los incisos 1) y 4) del Artículo 8º de la
misma Ley, consagran como principios rectores de las polí-
ticas y la Gestión Regional, la Participación Ciudadana en
las fases de formulación, seguimiento, fiscalización y eva-
luación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los
planes, presupuestos y proyectos regionales; así como la
promoción de la Inclusión económica, social, política y cul-
tural de grupos sociales tradicionalmente excluidos y mar-
ginados del Estado;
Que, dentro de las funciones específicas en materia de
desarrollo social e igualdad de oportunidades, estableci-
das por el Artículo 60º de la misma Ley, se encuentran:
d) Promover la participación ciudadana en la planifica-
ción, administración y vigilancia de los programas de desa-
rrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brin-
dando la asesoría y apoyo que requieran las organizacio-
nes de base involucradas.
e) Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación inter-
nacional y las empresas privadas en los programas de
lucha contra la pobreza y desarrollo social.
f) Promover una cultura de paz e igualdad de oportuni-
dades.
h) y "Formular y ejecutar políticas y acciones concretas
orientando para que la asistencia social se torne produc-
tiva para la región, con protección y apoyo a los niños,
jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapaci-
dad, adultos mayores y sectores sociales en situación de
riesgo y vulnerabilidad;
Que, el primer párrafo del Art. 38º de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la organi-
zación y la administración del Gobierno Regional; en tal
sentido y en uso de sus facultades conferidas en dicha ley,
el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad,
en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto,
con el voto UNÁNIME de los señores integrantes de dicho
Consejo;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR la creación del CONSE-
JO REGIONAL DEL ADULTO MAYOR DE LA LIBERTAD -
CRAM, cuya sede central funcionará en la ciudad de Truji-
llo. Artículo Segundo.- APROBAR el contenido del Manual
de Organización y Funciones del CONSEJO REGIONAL
DEL ADULTO MAYOR-CRAM, cuyo texto completo se en-
cuentra en Anexo Adjunto como parte integrante de la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
HOMERO BURGOS OLIVEROS
Presidente Regional
10378
GOBIERNO REGIONAL
DE MOQUEGUA
Aprueban Plan Regional de Prevención
y Atención de Desastres de la Región
Moquegua
ORDENANZA REGIONAL
Nº 004-2005-CR/GRM
24 de mayo de 2005
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL
DE MOQUEGUA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque-
gua, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y
da por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - Ley
de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, de la Ley
Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 - su
modificatoria - Ley Nº 27902, y demás Normas Comple-
mentarias;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Ley Nº 19338, se creó el Sistema de
Defensa Nacional; como parte integrante de la Defensa
Nacional, cuya finalidad es: “Proteger a la población, previ-

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