ORDENANZA Nº 166 - Aprueban Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de La Molina para el Ejercicio 2009

Fecha de disposición17 Agosto 2008
Fecha de publicación17 Agosto 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 17 de agosto de 2008 378279
“Solicitud de Separación Convencional y Divorcio
Ulterior”.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS
Alcalde
239511-1
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Aprueban Proceso del Presupuesto
Participativo del Distrito de La Molina
para el Ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 166
La Molina, 14 de agosto del 2008
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA
Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la
propuesta del Consejo de Coordinación Local Distrital de
La Molina, para aprobar la ordenanza que reglamenta el
Proceso del Presupuesto Participativo para el ejercicio
2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo
194º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos
locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Corresponden al Concejo Municipal las funciones
normativas y f‌i scalizadoras;
Que, los Artículos 197º y 198º del citado texto
constitucional establecen adicionalmente que las
municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden
cuentas de la misma en forma anual, bajo responsabilidad
conforme a ley;
Que, la norma IX de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Nº 27972, establece como principio rector de los gobiernos
locales la planeación local, conceptualizada como un
proceso integral, permanente y participativo, articulando
a las municipalidades con sus vecinos, en el cual se
establecen las políticas públicas a nivel local teniendo en
cuenta la participación ciudadana a través de los vecinos
y organizaciones vecinales;
Que, en ese mismo sentido el Artículo 53º de la
citada ley establece que las municipalidades se rigen por
presupuestos participativos anuales como instrumentos
de administración y gestión, los cuales se formulan,
aprueban y ejecutan conforme a la ley en la materia y en
concordancia con los planes de desarrollo concertados de
su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte
del sistema de planif‌i cación;
Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de
la norma en mención establece que las municipalidades
determinarán los espacios de concertación y regularan
mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de
sus presupuestos participativos;
Que, la Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, Nº 28411 establece los principios, así como
los procesos y procedimientos que regulan el Sistema
Nacional de Presupuesto a que se ref‌i ere la Ley Marco
de la Administración Financiera del Sector Público, Nº
28112, en concordancia con los Artículos 77º y 78º de la
Nº 28056 y su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 171-2003-EF, establecen las disposiciones
orientadas a lograr la efectiva participación de la sociedad
civil en el proceso de programación de los presupuestos
participativos, desarrollados en armonía con los planes de
desarrollo concertados;
Que, mediante Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01
aprobado mediante Resolución Directoral Nº 021-2008-
EF/76.01, publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 11
de abril del 2008, se establece mecanismos y pautas para
el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en
los Gobiernos Locales, entre otros;
Que, es necesario establecer las normas que
reglamenten el proceso dentro del cual los representantes
de la sociedad civil del distrito de La Molina, van a
participar en la elaboración y formulación del presupuesto
participativo para el año 2009;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite
de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE LA MOLINA
PARA EL EJERCICIO 2009
TÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
CAPÍTULO I
BASE LEGAL, OBJETO Y FINALIDAD
Artículo 1º.- Base Legal
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos
y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar
sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales
respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo
electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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