22 012-2005-GRSM/CR - Aprueban el Presupuesto Participativo Regional del Gobierno Regional de San Martín para el año 2006

Fecha de publicación25 Septiembre 2005
Fecha de disposición25 Septiembre 2005
Pág. 300973
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 25 de setiembre de 2005
institucional o declara su voluntad de practicar un
determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional;
Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el Artículo 37°, inciso a) de la Ley N° 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con
los considerandos expuestos, y en atención a lo
aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en
su Sesión Ordinaria de fecha 13.SET.2005;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR el viaje al Estado de
Holanda en comisión de servicio, de la Vicepresidenta
del Gobierno Regional Lambayeque, Lic. Enf. Nery
Saldarriaga de Kroll, por los días 26 de septiembre al 7
de octubre del presente año.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del
presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El
Peruano, conforme a ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente Regional
16360
GOBIERNO REGIONAL
DE SAN MARTÍN
Aprueban el Presupuesto Participativo
Regional del Gobierno Regional de San
Martín para el año 2006
ORDENANZA REGIONAL
Nº 012-2005-GRSM/CR
Moyobamba, 14 de julio de 2005
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San
Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos
modificado por Ley de Reforma Constitucional del Estado,
Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley
Nº 27867, sus modificatorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013,
Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno
Regional de San Martín, aprobado mediante Ordenanza
Regional Nº 002-2003-GRSM-CR, modificado mediante
Ordenanza Regional Nº 002-2005-GRSM-CR, y demás
normas complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 2º, Título I
de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902 y Ley
Nº 28013, el Gobierno Regional emana de la voluntad
popular, son personas jurídicas de derecho público,
con autonomía política, económica y administrativa en
asuntos de su competencia, constituyendo para su
administración económica y financiera, un pliego
presupuestario;
Que, tal como lo establece en el numeral 1 del artículo
8º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902 y Ley
Nº 28013, la gestión de los Gobiernos Regionales se
rige por el principio de la participación, en la cual se
precisa que la gestión regional desarrollará y hará uso
de instancias y estrategias concretas de participación
ciudadana en las fases de formulación, seguimiento,
fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno y de
la ejecución de los planes, presupuestos y proyectos
regionales;
Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27902, ley que
modifica la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, establece que dentro de la estructura básica
de los Gobiernos Regionales, el Consejo de
Coordinación Regional es un órgano consultivo y de
coordinación del Gobierno Regional con las
Municipalidades, integrada por los Alcaldes Provinciales
y por los representantes de la sociedad civil, con las
funciones y atribuciones que señala la ley;
Que, conforme lo establece en el inciso a) del artículo
11 - B de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Nº
función del Consejo de Coordinación Regional, emitir
opinión consultiva, concertando entre sí, sobre el
presupuesto participativo anual:
Que, en el marco del Proceso de Planificación
Concertada y Presupuesto Participativo, establecido por
la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo
y su Reglamento. En la ciudad de Moyobamba el 13 de
julio de 2005, se llevó a cabo el Cuarto Taller denominado
“Formalización de Acuerdos y Consolidación del
Presupuesto Participativo Año Fiscal 2006”, donde se
aprobó a nivel de pleno la relación de Proyectos a
ejecutarse en el año próximo;
Que, conforme lo dispone el inciso c) del artículo 15º
y sus modificatorias Ley Nº 27092 y Ley Nº 28013, es
atribución del Consejo Regional del Gobierno Regional
de San Martín, aprobar el Presupuesto Regional
Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional
Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión
Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales del
Presupuesto General de la República y la Ley de
Prudencia y Transparencia Fiscal;
Que, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de
carácter general, la organización y administración del
Gobierno Regional y Reglamentarias de su competencia,
tal como lo dispone el artículo 38º de la Ley Nº 27867 -
modificatorias Ley Nº 27092 y Ley Nº 28013;
Que, en Sesión Extraordinaria desarrollada en la
Ciudad de Moyobamba, el día 14 de julio del 2005, el
Consejo Regional aprobó por unanimidad el Presupuesto
Participativo año 2006, en consiguiente ha dado la:
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR, el Presupuesto
Participativo Regional del Gobierno Regional de San
Martín, correspondiente al año 2006, según los cuadros
que se anexan.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Dr. Alfredo del
Águila Linares, Secretario del Consejo Regional, la
publicación de la presente Ordenanza Regional, en el
Diario Oficial el Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
JULIO CÁRDENAS SÁNCHEZ
Presidente Regional
CONSOLIDADO PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2006
Proyecto en Ejecución FONCOR (A) 13.092.511,00
Inversión en Proyectos Nuevos FONCOR (B) 11.350.000,00
Asignación Presupuestal FONCOR 2006 (A + B) 1 24.442.511,00
Cofinanciamiento - Sede Central 6.253.371,00
Presupuesto por Financiar 35.656.226,37
R.D.R. + Otros Aportes - PEAM 13.181.520,00
Subtotal 2 55.091.117,37
TOTAL 1 y 2 79.533.628,37

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