2546 0061-2001-IN/PNP - Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de delito de apropiación ilícita

Fecha de publicación26 Enero 2001
Fecha de disposición26 Enero 2001
Pág. 197762
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 26 de enero de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 6564-DI-
PER-PNP de 14.SET.2000, se instauró proceso admi-
nistrativo disciplinario al EC PB PNP Saúl Tomás
BADAJOS ATAUQUE por haber dejado de asistir a su
centro de labores desde el 17.MAR.2000, sin reincorpo-
rarse hasta la fecha;
Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu-
ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, el
procesado no ha presentado su descargo ante la Comi-
sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli-
narios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional
del Perú;
Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis-
trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la
Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los
actuados inherentes al proceso seguido contra el referi-
do servidor, observando las garantías y procedimientos
establecidos, habiéndose determinado que la acción
realizada constituye falta grave, acordando por unani-
midad recomendar al Despacho Ministerial se le impon-
ga la sanción de Destitución;
Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Inc.
"k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi-
co, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento,
aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90;
Lo recomendado por la Comisión Permanente de
Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servi-
dores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 144-2000-COPE-
PROAD-PNP de 2.OCT.2000;
Lo propuesto por el General Director de Personal de
la Policía Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el General de Policía Director Gene-
ral de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar al EC PB PNP Saúl Tomás
BADAJOS ATAUQUE con Destitución a partir del
17.MAR.2000, en vía de regularización; por falta disci-
plinaria (Abandono de Cargo).
Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Re-
solución al interesado, a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA
Ministro del Interior
16534
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0059-2001-IN/PNP
Lima, 13 de enero del 2001
Visto, el Acta Nº 159-2000-COPEPROAD-PNP de
23.NOV.2000, de la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios para los Servidores Ci-
viles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la
conclusión del proceso administrativo disciplinario ins-
taurado al EC TB PNP Carlos Eduardo QUEVEDO
VINATEA (39) CIP Nº 31016328.
CONSIDERANDO:
Que, mediante R.D. Nº 8022-DIPER-PNP de
7.NOV.2000, se instauró proceso administrativo disci-
plinario al EC TB PNP Carlos Eduardo QUEVEDO
VINATEA, quien prestaba servicios en el Hospital
Central de la PNP, por la presunta comisión de Abando-
no de Cargo desde el 17.JUL.2000, no habiéndose
reincorporado hasta la fecha;
Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu-
ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, el
procesado no ha presentado su descargo correspondien-
te; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis-
trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la
Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado
todos los actuados inherentes al proceso seguido contra
el referido servidor, al que se contrae la presente
Resolución, y observadas las garantías y procedimien-
tos establecidos, ha comprobado que la acción realizada
constituye falta disciplinaria grave, acordando por una-
nimidad recomendar al Despacho Ministerial se le
imponga la sanción de Destitución;
Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Inc.
"k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi-
co, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aprobado
por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90;
Lo recomendado por la Comisión Permanente de
Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servi-
dores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta
Nº 159-2000-COPEPROAD-PNP de 23.NOV.2000;
Lo propuesto por el General Director de Personal de
la Policía Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el General de Policía Director Gene-
ral de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar al EC TB PNP Carlos Eduar-
do QUEVEDO VINATEA, con Destitución con fecha
17.JUL.2000, en vía de regularización; por Falta Disci-
plinaria (abandono de cargo).
Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Re-
solución al interesado, a partir del día siguiente de su
notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Pe-
ruano.
Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presen-
te Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros,
para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA
Ministro del Interior
16535
Autorizan a procurador iniciar proce-
so judicial contra presuntos responsa-
bles de delito de apropiación ilícita
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0061-2001-IN/PNP
Lima, 13 de enero del 2001
Visto, el Parte Nº 045-2000-DIRLOG-PNP-INS-
PECTORIA.1 del 21.OCT.2000, formulado por la Ins-
pectoría de la Dirección de Logística PNP, concerniente
al internamiento incompleto de utensilios de cocina en
la VIII-RPNP Huancayo por parte de la Empresa "D'
MAR TRANSPORTES SERVICIOS ESPECIALES
E.I.R.L.";
CONSIDERANDO:
Que, de las investigaciones efectuadas se ha llegado
a determinar que Germán FERNÁNDEZ SALES y
Margarita Beatriz SÁNCHEZ MORENO, representante
legal de la empresa "D' MAR TRANSPORTES SERVI-
CIOS ESPECIALES E.I.R.L.", resultan ser presuntos
autores de la comisión del Delito de Apropiación Ilícita
contemplado en el Art. 190º del Código Penal, al no
internar utensilios de cocina en el almacén de la VIII-
RPNP Huancayo, valorizados en S/. 3,784,24 Nuevos
Soles;
Que, se hace necesario autorizar al Sr. Procurador
Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asun-
tos Judiciales relativos a la PNP para que interponga
las acciones legales pertinentes contra Germán FER-
NÁNDEZ SALES y Margarita Beatriz SÁNCHEZ MO-
RENO, representante legal de la empresa "D' MAR
TRANSPORTES SERVICIOS ESPECIALES E.I.R.L.",
de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 47º de la

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