06 034-2001-JUS - Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presunto responsable del delito de peculado

Fecha de publicación31 Enero 2001
Fecha de disposición31 Enero 2001
Pág. 197968
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 31 de enero de 2001
delito de prevaricato, conforme a los fundamentos ex-
puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-
ción.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso, a la mencionada
Procuraduría Pública, para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE
Ministro de Justicia
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Autorizan a procurador iniciar proce-
so judicial contra presunto responsa-
ble del delito de peculado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 034-2001-JUS
Lima, 30 de enero de 2001
Visto el Oficio Nº 121-2001-JUS/PPMJ, de fecha 25 de
enero del 2001, de la Procuraduría Pública a cargo de los
asuntos judiciales del Ministerio de Justicia.
CONSIDERANDO:
Que, por ante el Primer Juzgado Corporativo Transi-
torio Especializado en Derecho Público, que despachaba
don Percy Escobar Lino, la Empresa de Transportes
Multiservicios e Inversiones Chimpum Callao S.A., in-
terpuso demanda de acción de amparo contra la Munici-
palidad de Lima Metropolitana y la Dirección Municipal
de Transporte Urbano de Lima, con el objeto que cesen los
supuestos actos violatorios a la libertad de trabajo de los
integrantes de la citada empresa, entendiéndose como
causales de agravio los operativos policiales realizados
por disposición de las autoridades municipales de Lima
Metropolitana;
Que, mediante sentencia de fecha 25 de octubre del
año 2000, se declaró fundada la demanda, sustentán-
dose el fallo en que la Municipalidad Provincial de
Huarochirí, mediante Resolución de Alcaldía Nº 367-
2000/TAE-MPH-M, expidió al accionante permiso pro-
visional para operar el servicio regular de transporte
público urbano e interurbano en la ruta Nº 014-P, que
comprendía desde Jicamarca (provincia de Huarochi-
rí) hasta Jesús María (provincia de Lima); y que el
hecho de no existir acuerdo entre las respectivas
municipalidades para formalizar un convenio sobre la
zona de gestión común, no podía perjudicar en sus
derechos a la libre empresa y al trabajo de la deman-
dante;
Que, este fundamento vulnera lo dispuesto por el
Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 046-2000-TC, que
señala que carecen de sustento legal y en consecuen-
cia son calificados como servicios no autorizados las
autorizaciones, concesiones, permisos provisionales o
de cualquier otra denominación otorgados por una
municipalidad provincial que excedan su jurisdicción,
sin la existencia previa de un régimen de gestión
común, así como el Artículo 17º numeral 17.3 de la Ley
Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Te-
rrestre, que establece que la inexistencia de un régi-
men de gestión común no faculta a la municipalidad a
otorgar permisos, autorizaciones o concesiones en
ámbitos territoriales fuera de su jurisdicción, conclu-
yéndose por tanto que el doctor Percy Escobar Lino
habría incurrido en delito de prevaricato;
Que, asimismo, la referida Sentencia se ha fundamen-
tado en una norma legal no vigente, como es el Regla-
mento Nacional del Servicio Público de Transporte Urba-
no e Interurbano de Pasajeros, aprobado por Decreto
Supremo Nº 012-95-MTC, la cual fue derogada por la Ley
Nº 27181, hecho que debió ser de pleno conocimiento del
doctor Percy Escobar Lino, dada su condición de magis-
trado, por lo que también se concluye que habría incurri-
do en delito de prevaricato;
Que, en consecuencia existen indicios razonables de la
comisión de delito, por lo que es procedente la autoriza-
ción a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos
judiciales del Ministerio de Justicia, para que en repre-
sentación y defensa de los intereses del Estado, interpon-
ga la denuncia penal correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º
de la Constitución Política del Perú, los Artículos 2º, 5º
y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector
Justicia, y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,
Ley de Representación y Defensa del Estado en Asun-
tos Judiciales;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuraduría Pública a
cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia,
para que en representación y defensa de los intereses del
Estado, interponga la denuncia penal correspondiente
contra don Percy Escobar Lino, por delito de peculado,
conforme a los fundamentos expuestos en la parte consi-
derativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso, a la mencionada
Procuraduría Pública, para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE
Ministro de Justicia
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RELACIONES
EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplo-
mático a Finlandia para participar en
evento y en consultas bilaterales a
nivel de Viceministros de Relaciones
Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 048-2001-RE
Lima, 30 de enero del 2001
Debiendo realizarse la inauguración de la Exposición
"Los Incas y sus Antecesores- Los Tres Milenios del
Perú", en la ciudad de Tampere, República de Finlandia,
el día 3 de febrero del año 2001;
Debiendo efectuarse, asimismo, Consultas Bilatera-
les a Nivel de Viceministros de Relaciones Exteriores, en
la ciudad de Helsinki, República de Finlandia, del 5 al 6
de febrero del año 2001;
De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del
Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático
de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del
Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del
Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de
1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de
24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo
Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supre-
mo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto
Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991;
SE RESUELVE:
1º.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio
Diplomático de la República, don José Antonio Arróspide
del Busto, Viceministro Secretario General de Relaciones
Exteriores, para que participe en la inauguración de la
Exposición "Los Incas y sus Antecesores - Los Tres Mile-
nios del Perú", en la ciudad de Tampere, el día 3 de febrero
y en las Consultas Bilaterales a Nivel de Viceministros de
Relaciones Exteriores, en la ciudad de Helsinki, Repúbli-
ca de Finlandia, del 5 al 6 de febrero del año 2001.
2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente
Resolución, por concepto de pasajes US$ 4 325,76, viáticos
US$ 1 300,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, serán
cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relacio-
nes Exteriores.

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