Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales por presunta responsabilidad civil y penal de ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Pisco

Fecha de publicación13 Abril 2000
Fecha de disposición13 Abril 2000
Pág. 185609
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 13 de abril de 2000
Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo
Nº 017-99-PE; y,
En uso de las facultades conferidas por el Decreto
Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales
Nºs. 500-98-PE, 501-98-PE y 505-98-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permi-
so de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 575-
97-PE del 16 de octubre de 1997, para operar la embarca-
ción pesquera "INCA 2" (ex "LA ESPAÑOLA") con Matrí-
cula Nº PT-1725-CM, de 102.00 m3 de volumen de
bodega, en los mismos términos y condiciones, a favor de
CORPORACION PESQUERA INCA S.A.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del
permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial
Nº 575-97-PE al armador FELIX QUEREVALU FIES-
TAS.
Artículo 3º.- Incorporar a CORPORACION
PESQUERA INCA S.A. como titular del permiso de
pesca para operar la embarcación pesquera "INCA 2",
así como la presente Resolución, al literal F) del
Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y
al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-
PE, excluyendo al armador FELIX QUEREVALU
FIESTAS y a la Resolución Ministerial Nº 575-97-PE
de los indicados anexos.
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di-
rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda-
costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones
Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lamba-
yeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y
Tacna.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RONALDO GALLO GALLO
Director Nacional de Extracción (e)
4159
PROMUDEH
Autorizan a procurador iniciar proce-
sos judiciales por presunta responsa-
bilidad civil y penal de ex funcionarios
de la Sociedad de Beneficencia Públi-
ca de Pisco
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 106-2000-PROMUDEH
Lima, 12 de abril de 2000
Vistos el Oficio Nº 042-99-PROMUDEH/PP de fecha
15 de enero del 2000, de la Procuraduría Pública a cargo
de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de
la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones
contenidas en el Informe Nº 018-98-INABIF-OAI "Exa-
men Especial para investigar denuncias de diversa índo-
le presentadas contra el Gerente de la Sociedad de
Beneficencia Pública de Pisco", del Organo de Auditoría
Interna del Instituto Nacional de Bienestar Familiar -
INABIF, Organismo Público Descentralizado del Minis-
terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano,
se ha determinado la presunta existencia de respon-
sabilidad civil y penal por parte de los ex funcionarios
responsables en el manejo de los recursos financieros de
la Sociedad de Beneficencia Pública de Pisco;
Que de los hechos descritos en la acción de control
referida, se evidencian indicios razonables de la comi-
sión de ilícitos penales por parte del ex Gerente General
de la Sociedad de Beneficencia Pública de Pisco al haber
sustentado sus rendiciones de cuentas únicamente con
Declaraciones Juradas contraviniendo lo dispuesto en la
Resolución Directoral Nº 44-96-EF/77.15, haber autori-
zado el pago de servicios sin contar con el sustento de los
comprobantes de pago reconocidos por la SUNAT así
como no haber ejecutado los Acuerdos del Directorio de
la Beneficencia, acciones que acreditan el incumplimien-
to de las funciones a su cargo siendo responsable civil-
mente por haber percibido en forma irregular un benefi-
cio mensual no reconocido por ley, así como por habitar
irregularmente un inmueble de propiedad de la Sociedad
de Beneficencia Pública de Pisco sin efectuar pago algu-
no, evidenciándose así mismo presunta responsabilidad
penal por parte del ex Presidente de la Sociedad de
Beneficencia Pública de Pisco al haber autorizado en
contravención a las Normas de Austeridad establecidas
por las Leyes del Presupuesto de los años 1995 y 1996,
nombramientos del personal sin los requisitos exigidos
por ley;
Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo
16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional
de Control, los resultados de una acción de control
emitidos por cualquier órgano del Sistema están conside-
rados como prueba preconstituida para el inicio de las
acciones legales, resultando necesario autorizar a la
Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano - PROMUDEH, a iniciar las acciones judiciales
correspondientes;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de
de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modi-
ficado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo
Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Ley
Nº 27050;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo-
ción de la Mujer y del Desarrollo Humano para que en
representación y defensa de los intereses del Estado
inicie las acciones judiciales que correspondan contra los
presuntos responsables establecidos en el Informe Nº
018-98-INABIF-OAI, por los fundamentos expuestos en
la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
así como los antecedentes del caso a la mencionada
Procuradora Pública para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUISA MARIA CUCULIZA TORRE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
4196
Designan representante del Ministerio
ante el CONADIS
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 108-2000-PROMUDEH
Lima, 12 de abril de 2000
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 27050 - Ley General de la
Persona con Discapacidad, se creó el Consejo Nacional
de Integración de la Persona con Discapacidad - CONA-
DIS como Organismo Público Descentralizado del Minis-
terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano,
con el fin de que la persona con discapacidad alcance su
desarrollo e integración social, económica y cultural;
Que el referido Consejo está constituido, entre otros,
por un representante del Ministerio de Promoción de la
Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, por lo
que resulta necesario designar al funcionario que asumi-
rá dicha representación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27050,
Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto
Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050, su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado
por Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH;

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