1574 128-2003-PCM - Designan Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI)

Fecha de disposición07 Mayo 2003
Fecha de publicación07 Mayo 2003
Pág. 243652
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 7 de mayo de 2003
de Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia
(CNI), dándosele las gracias por los servicios pres-
tados.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema
será refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
LUIS SOLARI DE LA FUENTE
Presidente del Consejo de Ministros
08561
Designan Presidente del Consejo Nacio-
nal de Inteligencia (CNI)
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 128-2003-PCM
Lima, 6 de mayo de 2003
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Ley Nº 27479 - Ley del Siste-
ma de Inteligencia Nacional (SINA), el Consejo Na-
cional de Inteligencia (CNI) es el órgano rector del
más alto nivel del Sistema de Inteligencia Nacional,
que orienta, coordina, controla e integra las activida-
des de Inteligencia estratégica y de contrainteligen-
cia;
Que, es necesario designar al Presidente del Conse-
jo Nacional de Inteligencia (CNI);
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27479 y la Ley Nº 27594; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al Vicealmirante (r) Pedro Al-
fonso Panizo Zariquiey como Presidente del Consejo
Nacional de Inteligencia (CNI).
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
LUIS SOLARI DE LA FUENTE
Presidente del Consejo de Ministros
08562
Designan Secretario Técnico de la
Comisión Nacional de la Juventud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 134-2003-PCM
Lima, 6 de mayo del 2003
Visto, el Memorando Nº 511-2002-PCM/SG.200;
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y
Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos
y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán
tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario
de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes.
2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de
diez (10) páginas.
3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor
a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete.
4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico:
normaslegales@editoraperu.com.pe.
5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán
venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos,
éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.
LA DIRECCIÓN
DIARIO
OFICIAL
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