1007 508-2006-MIMDES - Dan por concluida designación de Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén

Fecha de publicación28 Julio 2006
Fecha de disposición28 Julio 2006
NORMAS LEGALES
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325374 El Peruano
viernes 28 de julio de 2006
Dan por concluida designación de
Presidenta del Directorio de la
Sociedad de Beneficencia Pública de
Jaén
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 508-2006-MIMDES
Lima, 26 de julio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-
PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-
2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los
Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas
de Participación Social, los cuales están integrados, entre
otros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer
y Desarrollo Social - MIMDES, uno de los cuales debe
presidirlo;
Que, con Resolución Ministerial Nº 659-2003-MIMDES
de fecha 28 de octubre de 2003, entre otros, se designó
a la señora MARIA DILVA SUAREZ SANTA CRUZ, como
Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia
Pública de Jaén;
Que, es necesario dar por concluida la citada
designación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793,
en la Ley Nº 26918, en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES,
y en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH
modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-
MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación
de la señora MARIA DILVA SUAREZ SANTA CRUZ, como
Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia
Pública de Jaén, dándosele las gracias por lo servicios
prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L.
Ministra de la Mujer y
Desarrollo Social
00545-8
Autorizan a procurador iniciar acciones
contra presuntos responsables de
falsificación de documentos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 509-2006-MIMDES
Lima, 26 de julio de 2006
Vistos, el Oficio Nº 723-2006-FONCODES/DE del
Director Ejecutivo del Programa Nacional Fondo de
Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES y
el Informe Legal Nº 139-2006-FONCODES/DE/ETAL de
la Jefa de Asesoría Legal de FONCODES;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Informe Especial Nº 002-2006-2-
4382 “Examen Especial al Equipo de Trabajo de Logística,
Elaboración Fraudulenta de Resolución Gerencial,
Utilizándola para el Inicio de Proceso de Adquisición”, de
fecha 22 de mayo del 2006, emitido por la Oficina de
Control Institucional de FONCODES, se evidenció de la
revisión a la documentación que sustenta la ejecución
de los Procesos de Adjudicación de Menor Cuantía
realizados en FONCODES durante el mes de diciembre
del 2002, que el Comité Especial Permanente, designado
por Resolución Gerencial Nº 010-FONCODES/ SG, llevó
a cabo los Procesos de Adjudicación de Menor Cuantía
Nºs. 636 y 639 para la contratación de los Servicios No
Personales de Editor Corrector de Estilo por la suma de
S/. 10,000.00 Nuevos Soles, y de un Consultor Experto
en Registro, Monitoreo y Evaluación por el monto de S/.
14,950.00 Nuevos Soles, contando con una supuesta
autorización de la Gerencia General de la Institución,
contenida en una copia fotostática de la Resolución
Gerencial signada con el Nº 334-FONCODES/GG de
fecha 26 de noviembre del 2002, la misma que de acuerdo
con las Fichas de Cumplimiento de Requisitos Nºs. 474
y 520, fue derivada por el ex Subgerente de Logística,
quien habría elaborado fraudulentamente la citada copia
fotostática de la Resolución Gerencial signada con el
Nº 334-FONCODES/GG;
Que, la Comisión de Auditoría constató que la citada
copia fotostática de la Resolución Gerencial signada
con el Nº 334-FONCODES/GG, fue elaborada
fraudulentamente al verificar que se utilizó copia del
encabezado impreso y el número de la autógrafa de la
Resolución Gerencial Nº 334-FONCODES/GG de
fecha 18 de octubre de 2002, que contiene un acto de
administración distinto a los referidos procesos de
adjudicación, y además, una fotocopia del texto de la
autógrafa de la Resolución Gerencial Nº 329-
FONCODES/GG de fecha 11 de octubre del 2002,
para interpolar en el texto de la referida resolución
fraudulenta;
Que, por lo expuesto se determinó la participación
del ex Subgerente de Logística de FONCODES, en la
elaboración fraudulenta de la Resolución Gerencial
signada con el Nº 334-FONCODES/GG de fecha 26 de
noviembre de 2002, lo cual dio origen a un Proceso de
Adquisición que no contaba con la autorización
correspondiente, por lo cual se evidencia la existencia
de indicios razonables de la presunta comisión del delito
de Falsificación de Documentos, tipificado en el artículo
427º del Código Penal;
Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al
Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos
judiciales de FONCODES, para que inicie las acciones
judiciales correspondientes;
Con la opinión favorable de la Oficina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES, contenida en el Informe Nº 966-2006-
MIMDES/OGAJ;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de
la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de
Representación y Defensa del Estado en asuntos
judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el
Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES,
aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc
a cargo de los asuntos judiciales del Fondo de
Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES,
para que en representación y defensa de los intereses
del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que
correspondan contra la persona comprendida en el
Informe Especial Nº 002-2006-2-4382 “Examen Especial
al Equipo de Trabajo de Logística, Elaboración
Fraudulenta de Resolución Gerencial, Utilizándola para
el Inicio de Proceso de Adquisición”, de fecha 22 de
mayo del 2006, emitido por la Oficina de Control
Institucional de FONCODES, y contra aquellos que
resulten responsables, por los fundamentos expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso, al Procurador
Público Ad Hoc de FONCODES para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L.
Ministra de la Mujer y
Desarrollo Social
00545-9

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