Prescripción adquisitiva. 2243350-1
Fecha de publicación | 19 Diciembre 2023 |
Sección | Otros |
EDICTO.- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA TRIGÉSIMO SEXTO JUZGADO ESPECIALIZA-
DO EN LO CIVIL EXPEDIENTE N° 19869-2018-1801-JR-Cl-36.- En los autos seguidos en el 36° J.E.C.L.,
que despacha la señora Jueza Mayra Lucy Lizardo Romualdo, siendo el Especialista Legal Francisco Huamaní
Herrera; en los seguidos por Margarita Aguirre Morales contra Sindicato de Trabajadores Grácos de Lima
y Banearios sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; se ha dispuesto la publicación de los edictos con el
extracto de la demanda y las siguientes resoluciones: ...SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO
EN LO CIVIL DE LIMA. MARGARITA AGUIRRE MORALES, identicada con D.N.I N° 06125849, con
domicilio real en Jr. Quilca N° 455 - Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima, señalando do-
micilio procesal en la casilla física N° 21141 y casilla electrónica N° 50212...vengo a interponer ante su des-
pacho una DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, con el n de que se mediante
Sentencia Judicial se me declare como Propietaria por Prescripción Larga (10 años) del Bien Inmueble en
donde vivo, sito en Jr. Quilca N° 455 - Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima... RESOLU-
CIÓN NRO. TRES. Lima, nueve de agosto de dos mil veintidós.- SE RESUELVE: 1.- ADMITIR en la vía del
proceso ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por
MARGARITA AGUIRRE MORALES contra el SINDICATO DE TRABAJADORES GRAFICOS DE LIMA Y
BALNEARIOS. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se indican, los cuales serán merituados
oportunamente. Y de conformidad con Io establecido en el artículo 430° del Código Procesal Civil: TRAS-
LADO por el término de DIEZ DIAS a la parte demandada, a n que conteste la demanda en su contra En
ese sentido, no pudiéndose vericar la situación jurídica actual de la entidad demandada, en mérito que no
cuenta con registro de inscripción en los registros públicos, a n de garantizar el debido proceso y cautelar
su derecho de defensa; NOTIFIQUESELE mediante la publicación de edictos judiciales electrónicos, en la
forma prevista en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele
curador procesal...3.- PUBLlQUESE un extracto de la demanda y admisorio en la forma establecida en el
artículo 506° del Código Procesal Civil... RESOLUCIÓN N° 05. Lima, seis de Junio del dos mil veintitrés.-
DADO CUENTA con el presente proceso AVOCÁNDOSE en el conocimiento de la presente causa la señora
Jueza que suscribe en cumplimiento de Io dispuesto por la Resolución Administrativa N° 000036-2023-P-CS-
JLI-PJ; y con el escrito de fecha 13 de Abril del 2023 presentado por la parte accionante... CUMPLA la parte
accionante con programar la entrega de los edictos a publicarse en el Diario Ocial El Peruano conforme Io
establece el artículo 506 del Código Procesal Civil...” sellos, Fdo. Dra. Mayra Lucy Lizardo Romualdo Juez
y del Especialista Legal Francisco Huamaní Herrera.- Lima, 01 de Diciembre del 2023.- PODER JUDICIAL
- FRANCISCO HUAMAN HERRERA - ESPECIALISTA LEGAL - 36° Juzgado Especializado en lo Civil -
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.-
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