Prescripción adquisitiva. 2239735-1

Fecha de publicación06 Diciembre 2023
SecciónOtros
El Dr. VICTOR CANDELARIO LEON Juez del 3° Juzgado Civil, Sec. Dra. Milagros Josefa Martínez Mar-
manillo, en el Exp. 3076-2021 resuelve ADMITIR a trámite la demanda en vía de PROCESO ABREVIADO
interpuesta por doña JUANA VICTORIA ESPINOLA DE BURGOS a través de su Representante Hilda Dolo-
res Saldarriaga Coloma, por OFRECIDOS los medios probatorios, CONFERIR TRASLADO de la demanda
y anexos y la presente resolución a PEDRO GONZALO ORTEGA ALVARADO, CARLOTA FRANCISCA
ORTEGA ALVRADO y LUZ CONSUELO ORTEGA ALVARADO para que en calidad de demandado el
primero dentro plazo de DIEZ DIAZ de noticado contesten la demanda bajo apercibimiento de declararse
rebelde. Poner en conocimiento de los colindantes del bien inmueble y ORDENAR la publicación mediante
edictos. La accionante solicita DECLARAR LA PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE
DOMINIO a favor de JUANA VICTORIA ESPINOLA DE BURGOS ubicado en la Calle Iquitos 337 de la
Urb. Aranjuez de la ciudad de Trujillo que es parte de un área mayor inscrito en la Partida 11008875 de la
Ocina Registral de Trujillo, área de 61.96 m2., Los colindantes son Maruja Genoveva Burgos Espinola y
Agustina Rodríguez de Flores. MILAGROS MARTINEZ MARMANILLO. SECRETARIA JUDICIAL. MO-
DULO CIVIL CORPORATIVO. DE LITIGACION ORAL-CSJLL. SUB ESPECIALIDAD CIVIL. AREA DE
TRAMITE.-

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