1075 401-2003-EF/10 - Designan representante del ministerio ante la Comisión Multisectorial encargada de preparar propuestas técnicas y normativas para el cumplimiento de sentencias por parte de la Administración Estatal
Fecha de disposición | 01 Agosto 2003 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2003 |
Pág. 249043
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 1 de agosto de 2003
Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
14284
ECONOMÍA Y FINANZAS
Designan representante del ministerio
ante la Comisión Multisectorial encarga-
da de preparar propuestas técnicas y
normativas para el cumplimiento de
sentencias por parte de la Administra-
ción Estatal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 401-2003-EF/10
Lima, 31 de julio de 2003
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 238-2003-
PCM, se constituyó la Comisión Multisectorial encargada
de estudiar y preparar propuestas técnicas y normativas
orientadas a coadyuvar al cumplimiento de sentencias por
parte de la Administración Estatal;
Que, la referida norma legal menciona asimismo que la
Comisión Multisectorial estará conformada, entre otros
miembros, por un representante del Ministerio de Econo-
mía y Finanzas;
Que, en consecuencia resulta necesario designar al
representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante
la mencionada Comisión Multisectorial;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al señor
HARRY HAWKINS MEDEROS, como representante del
Ministerio de Economía y Finanzas en la Comisión Multi-
sectorial, a la que se refiere la Resolución Ministerial
Nº 238-2003-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Economía y Finanzas
14330
Modifican la Directiva Nº 001-2003-EF/
76.01, Directiva para la Aprobación,
Ejecución y Control del Proceso Presu-
puestario del Sector Público para el Año
Fiscal 2003
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 031-2003-EF/76.01
Lima, 30 de julio de 2003
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 16º de la Ley de Gestión
Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209 se dispone que
el proceso presupuestario comprende, entre otros, a las
fases de Programación, Formulación y Aprobación del Pre-
supuesto del Sector Público para el año fiscal 2004. Asi-
mismo, la mencionada norma dispone que dichas fases se
encuentran reguladas genéricamente por la Ley Nº 27209
y por las Directivas que emita la Dirección Nacional del
Presupuesto Público, la misma que de acuerdo al artículo
4º de la citada Ley, es la más alta autoridad técnico-norma-
tiva del Sistema de Gestión Presupuestaria del Estado;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 050-2002-EF/
76.01 se aprobó la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01, Di-
rectiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Pro-
ceso Presupuestario del Sector Público para el Año Fis-
cal 2003;
Que, es necesario que el Presupuesto Institucional Modi-
ficado (PIM) de los Pliegos se mantenga permanentemente
actualizado, conforme se vayan efectuando las modificacio-
nes presupuestarias, razón por la que se requiere modificar la
Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso
Presupuestario del Sector Público para el Año Fiscal 2003;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley
Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Re-
solución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y
Finanzas y normas modificatorias;
En uso de las facultades conferidas en los artículos 4º y
5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del
Estado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el numeral (ii) del artículo 27º de
la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01, Directiva para la Apro-
bación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del
Sector Público para el Año Fiscal 2003, aprobada por la
Resolución Directoral Nº 050-2002-EF/76.01:
“Artículo 27º.- Lineamientos Operativos para las Mo-
dificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Pro-
gramático
(...)
(ii) Cuando se trate de Créditos y Anulaciones dentro
de una Unidad Ejecutora
- Las modificaciones presupuestarias que se efectúen
deben permitir asegurar el cumplimiento de las Metas Pre-
supuestarias, de acuerdo a la oportunidad de su ejecución
(establecida en la Programación de Metas Presupuesta-
rias), según la priorización de gastos aprobada por el Titu-
lar del Pliego.
- Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcio-
nal Programático que se efectúen al interior de cada Unidad
Ejecutora, se formalizan dentro de los diez primeros días
del mes siguiente de realizadas por el Titular del Pliego, con-
forme al Anexo Nº 01 de la presente Directiva, detallando la
Sección, Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa,
Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de financiamien-
to, Categoría del Gasto y Grupo Genérico del Gasto. La For-
malización correspondiente al mes de julio, se efectuará den-
tro de los primeros veinte (20) días del mes de agosto.
Las resoluciones que se emitan, se elaboran de acuerdo
al Modelo Nº 05 que se adjunta a la presente Directiva. Co-
pia de las citadas resoluciones deben ser remitidas por la
Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Plie-
go, a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en el
plazo señalado en el Anexo Nº 01 de la presente Directiva.
- Las Modificaciones Presupuestarias que se realicen
con cargo a la Fuente de Financiamiento “Recursos por
Operaciones Oficiales de Crédito Externo”, deberán contar
con Informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la
que haga sus veces en el Pliego, el mismo que tendrá en
cuenta el respectivo Convenio.
Si se hubieran generado “Notas para Modificación Pre-
supuestaria” después de la aprobación de la Resolución
de Formalización de Modificaciones Presupuestarias en el
Nivel Funcional Programático, como consecuencia de ope-
raciones que debían registrarse en el mes, éstas deberán
aprobarse mediante Resolución adicional expedida por el
Titular del Pliego, debidamente fundamentada”.
Artículo 2º .- Sustituir el Anexo Nº 01 de la Directiva
Nº 001-2003-EF/76.01, Directiva para la Aprobación, Eje-
cución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Pú-
blico para el Año Fiscal 2003, aprobada por la Resolución
Directoral Nº 050-2002-EF/76.01, por el Anexo Nº 01 ad-
junto a la presente Resolución.
Artículo 3º.- La Dirección Nacional del Presupuesto
Público informa mensualmente a la Contraloría General de
la República la relación de los Pliegos que no han cumplido
con enviar oportunamente a través del Software Presupues-
tal, la información relativa a las modificaciones presupues-
tarias en el nivel institucional y en el funcional programáti-
co que hayan realizado.
Regístrese y comuníquese.
NELSON SHACK YALTA
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba