RESOLUCION Nº 08-GCAS-ESSALUD-2010 - Establecen precisiones a los requisitos de afiliación al Seguro de Salud Agrario Independiente para personas mayores de 70 años

EmisorSEGURO SOCIAL DE SALUD
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 17 de noviembre de 2010 429269
Gerencia de Plataforma del Seguro, Gerencia Técnica de
Seguros, Redes Asistenciales e Institutos Especializados
para los f‌i nes correspondientes y a los citados empleados,
para los f‌i nes correspondientes.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Registrese y comuniquese
GUSTAVO RUIZ GUEVARA
Gerente Central de Aseguramiento
ESSALUD
567293-1
Establecen precisiones a los requisitos
de afiliación al Seguro de Salud Agrario
Independiente para personas mayores
de 70 años
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA
CENTRAL DE ASEGURAMIENTO
Nº 08-GCAS-ESSALUD-2010
Lima, 10 de setiembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27360, Ley que aprueba las
Normas de Promoción del Sector Agrario, así como su
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº
049-2002-AG, con sus respectivas normas modif‌i catorias,
establecen los benef‌i cios que fomentan la actividad del
Sector Agrario en el país, entre los cuales se encuentra el
Seguro de Salud para los trabajadores agrarios;
Que, mediante Ley Nº 27460, Ley de Promoción y
Desarrollo de la Acuicultura, se incorpora a los trabajadores de
la actividad acuícola al Seguro de Salud de los trabajadores
de la actividad agraria, creado por la Ley Nº 27360;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 366-PE-ESSALUD-2010 se aprobó la Estructura
Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Gerencia Central de Aseguramiento, la cual señala
en artículo 7º incisos c), que compete a esta Gerencia
Central dirigir y controlar los planes, procesos, actividades
y resultados relacionados con el Régimen Contributivo de
la Seguridad Social en Salud, los seguros encargados
por Ley y otros seguros de salud y de riesgos humanos,
dirigiendo a su vez la formulación e implementación de
las normas, procedimientos e indicadores del Sistema de
Aseguramiento en EsSalud;
Que, mediante Resolución de Gerencia Central de
Aseguramiento Nº 12-GCASEG-ESSALUD-2009 se
aprobó el Formulario de Registro del af‌i liado titular, los
requisitos y procedimiento para la af‌i liación al Seguro
de Salud Agrario Independiente. Asimismo, mediante
Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 14-
GCASEG-ESSALUD-2009 se aprobó los procedimientos
de Registro del titular bajo las modalidades individual y
colectiva, así como el procedimiento de reconocimiento
de pagos;
Que, mediante Resolución de Gerencia Central de
Aseguramiento Nº 18-GCASEG-ESSALUD-2009 se
aprobó las modif‌i caciones a la Resolución de Gerencia
Central de Aseguramiento Nº 12-GCASEG-ESSALUD-
2009, que aprobó entre otros aspectos los requisitos y
procedimiento para la af‌i liación al Seguro de Salud Agrario
Independiente;
Que, es necesario precisar los requisitos de af‌i liación
al Seguro de Salud Agrario Independiente para las
personas mayores de 70 años de edad, a lo establecido
en el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1-ESSALUD-
2005;
Que, de conformidad con las facultades conferidas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- PRECISAR que el requisito señalado en el
literal f) del numeral 2.1 del artículo 2º de la Resolución Nº
018-GCASEG-ESSALUD-2009 referido a la Constancia de
Evaluación médica emitida por EsSalud para las personas
mayores de 70 años de edad, es aplicable a los nuevos
af‌i liados al Seguro de Salud Agrario Independiente.
El costo de la evaluación médica para la af‌i liación por
primera vez al Seguro de Salud Agrario Independiente, de
las personas mayores de 70 años de edad, será asumido
por el solicitante.
Artículo 2º.- PRECISAR que para la reinscripción
al Seguro de Salud Agrario Independiente, señalado en
el numeral b) del artículo 3o de la ResoluciónNº 012-
GCASEG-ESSALUD-2009 no será aplicable el requisito de
Constancia de Evaluación Médica emitida por EsSalud.
El plazo para la reinscripción al Seguro de Salud
Agrario Independiente se amplía hasta el 30 de octubre
de 2010.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
CARLOS G. RUIZ GUEVARA
Gerencia Central de Aseguramiento
ESSALUD
567295-1
Disponen la reincorporación de
afiliados mayores de 70 años al Seguro
de Salud Agrario para los Trabajadores
Independientes que no presentaron
constancia de evaluación médica
emitida por ESSALUD
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA
CENTRAL DE ASEGURAMIENTO
Nº 09-GCAS-ESSALUD-2010
Lima, 14 de setiembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1-ESSALUD-
2005 estableció algunos requisitos de af‌i liación al Seguro
de Salud Agrario para los Trabajadores Independientes,
entre otros, los referidos a la Constancia de Evaluación
médica emitida por EsSalud para las personas mayores
de 70 años de edad;
Que, mediante Resolución de Gerencia Central
de Aseguramiento Nº 08-GCAS-ESSALUD-2010 se
precisaron aspectos relacionados con el procedimiento
y los requisitos para la af‌i liación al Seguro de Salud
Agrario Independiente establecidos en la Resolución Nº
012-GCASEG-ESSALUD-2009 y la Resolución Nº 018-
GCASEG-ESSALUD-2009 relacionados con el requisito
de la Evaluación médica emitida por EsSalud para las
personas mayores de 70 años de edad del Seguro de
Salud Agrario para los Trabajadores independientes;
Que, la Resolución de Gerencia Central de
Aseguramiento Nº 08-GCAS-ESSALUD-2010, tiene como
f‌i nalidad aclarar los límites y el signif‌i cado del requisito de
af‌i liación al Seguro de Salud Agrario para los trabajadores
en mención a que se ref‌i eren las normas precisadas,
con relación a lo establecido en el Acuerdo de Consejo
Directivo Nº 2-1-ESSALUD-2005;
Que, en este sentido, la ef‌i cacia de la Resolución
de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 08-GCAS-
ESSALUD-2010, debe extenderse desde la entrada en
vigor de las resoluciones precisadas;
Que, de conformidad con las facultades conferidas
por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 366-PE-
ESSALUD-2010 que aprueba la Estructura Orgánica y el
Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia
Central de Aseguramiento;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la reincorporación de los
af‌i liados mayores de 70 años de edad al Seguro de Salud
Agrario para los Trabajadores Independientes, que no
presentaron la Constancia de Evaluación Médica emitida
por EsSalud en el procedimiento de reinscripción a que

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