Precisan que mediante la Ordenanza N° 147 que aprobó el TUPA de la Municipalidad, se aprobaron también las Tasas por Servicios Administrativos (derechos)

Fecha de publicación16 Septiembre 2004
Fecha de disposición16 Septiembre 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 16 de setiembre de 2004
así como para delegar mediante Decreto de Alcaldía a las munici-
palidades distritales que lo soliciten y acrediten contar con la infra-
estructura y recursos necesarios, la administración de vías a car-
go de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo esta-
blecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 127;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
Ordenanza Nº 642, publicada en el Diario Oficial El Perua-
no el 24 de junio del 2004, dispuso suspender por un plazo
de 60 días la Primera Disposición Final de la Ordenanza
Nº 210-MML, respecto de la delegación de facultades para
la administración de vías a cargo de la Municipalidad Me-
tropolitana de Lima;
Que, mediante el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº
642, se faculta al Alcalde Metropolitano de Lima, para que
mediante Decreto de Alcaldía suspenda las delegaciones
otorgadas a la fecha de publicación de esta ordenanza y
que fueran dictadas al amparo de la Primera Disposición
Final de la Ordenanza Nº 210-MML;
Que, el Título XIII de la Ley Orgánica de Municipalida-
des, Ley Nº 27972 referido al Régimen Especial para la
Municipalidad Metropolitana de Lima, no contiene disposi-
ción alguna en la que se le otorgue competencia para nor-
mar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias,
y realizar la fiscalización de ubicación de avisos publicita-
rios y propaganda política;
Que, conforme a lo dispuesto por el acápite 1.4.4 del
numeral 1.4 del inciso 1) del artículo 79º de la Ley Orgáni-
ca de Municipalidades, Ley Nº 27972, es función específi-
ca exclusiva de las municipalidades provinciales, aprobar
la regulación provincial respecto del otorgamiento de licen-
cias y las labores de control y fiscalización de las munici-
palidades distritales sobre autorizaciones para ubicación
de anuncios y avisos publicitarios y propaganda política;
Que, de acuerdo a lo establecido por el acápite 3.6.3
del numeral 3.6 del inciso 3) del artículo 79º de la Ley Or-
gánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es función es-
pecífica exclusiva de las municipalidades distritales, nor-
mar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias,
y realizar la fiscalización de ubicación de avisos publicita-
rios y propaganda política;
Que, de lo antes expuesto se desprende que la Munici-
palidad Metropolitana de Lima no es competente para nor-
mar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias,
y realizar la fiscalización de ubicación de avisos publicita-
rios y propaganda política, siendo esta competencia ex-
clusiva de los municipios distritales;
Que, en consecuencia, la Municipalidad de Miraflores,
tiene la facultad de autorizar la colocación de avisos publici-
tarios o elementos de publicidad exterior y propaganda polí-
tica, en todas las vías dentro de su jurisdicción, resultando
contraria a ley la aplicación de los dispositivos legales pro-
mulgados por la Municipalidad Metropolitana de Lima sobre
la materia, toda vez que desconoce las facultades otorga-
das exclusivamente a las municipalidades distritales, según
De conformidad con el inciso 8) del artículo 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo
Municipal con dispensa del trámite de aprobación de Acta
aprobó la siguiente;
ORDENANZA
Artículo 1º.- La Municipalidad de Miraflores se rige por
lo dispuesto en el acápite 3.6.3 del numeral 3.6 del inciso 3)
Nº 27972, que le otorga la función específica exclusiva de
normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licen-
cias, y realizar la fiscalización de ubicación de avisos publi-
citarios y propaganda política, dentro de su jurisdicción.
Artículo 2º.- Encargar a la Procuraduría Pública Muni-
cipal iniciar las acciones legales que correspondan, siem-
pre que se presenten actos que atenten y/o perturben el
ejercicio regular de la función señalada en el artículo ante-
rior, en resguardo de la autonomía política, económica y
administrativa de la Municipalidad de Miraflores.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen-
cia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONA
Alcalde
16734
Precisan que mediante la Ordenanza
Nº 147 que aprobó el TUPA de la
Municipalidad, se aprobaron también
las Tasas por Servicios Administrativos
(derechos) ORDENANZA Nº 167
Miraflores, 14 de setiembre de 2004
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fe-
cha;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 7 de marzo de 2004, se publicó en el
Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 147, mediante
la cual se aprobó el Texto Único de Procedimientos Admi-
nistrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores - 2004;
Que, de acuerdo con el inciso 5) del Artículo 37º de la
Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Ge-
neral, todas las entidades elaboran y gestionan la aproba-
ción de su TUPA, el cual comprende los supuestos que
procede el pago de derechos de tramitación, con indica-
ción de su monto y forma de pago;
Que, en la Ordenanza Nº 147 también se han aproba-
do implícitamente las Tasas por Servicios Administrativos
(derechos), contenidas en el Texto Único de Procedimien-
tos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflo-
res - 2004, por lo que es necesario que expresamente se
aprueben las precitadas Tasas;
En uso de las facultades establecidas en los numerales 8
Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa
del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado lo siguiente;
ORDENANZA
Artículo Único.- Precisar que mediante la Ordenanza
Nº 147, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Ad-
ministrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores - 2004,
publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 7 de marzo
de 2004, también se han aprobado las Tasas por Servicios
Administrativos (derechos) contenidos en dicho TUPA.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONA
Alcalde
16735
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES
Autorizan viaje del alcalde a EE.UU.
para participar en reuniones de traba-
jo y otros eventos
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 000103-2004/MDSJM
San Juan de Miraflores, 11 de setiembre del 2004
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, Vis-
tos y Oídos, el Informe Nº 183-2004-MDSJM/OPRP-UCT-
NI de fecha 09.09.2004 emitido por la Subgerencia de Co-
operación Técnica Nacional e Internacional; Carta de Invi-
tación de la Fundación CHILDREN'S NETWORK
INTERNATIONAL; Memorándum Nº 293-2004-MDSJM/
OPRP de fecha 10.09.2004 de la Gerencia de Planifica-
ción, Racionalización y Presupuesto.
CONSIDERANDO:
Que, visto el Informe Nº 183-2004-MDSJM/OPRP-UCTNI
de fecha 09.09.2004, y anexo constituido por las cartas de invi-

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