1093 F009-2002-ORLC/TR - Establecen precedentes de observancia obligatoria referidos a la aplicación de normas administrativas, competencia para declarar nulidad de actos administrativos y la oportunidad para solicitarla

Fecha de publicación03 Agosto 2002
Fecha de disposición03 Agosto 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 3 de agosto de 2002
a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE,
para los efectos de Ley.
Regístrese y comuníquese.
JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ
Presidente
13811
OFICINA DE NORMALIZACIÓN
PREVISIONAL
Aprueban inclusión y exclusión de
diversos procesos de selección en el
Plan Anual de Adquisiciones y Contra-
taciones para el ejercicio presupuestal
2002
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 101-2002-JEFATURA/ONP
Lima, 23 de julio de 2002
VISTO:
El Memorándum Nº 569-2002-GA/ONP de fecha 22
de julio de 2002, emitido por la Gerencia de Administra-
ción; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 010-2002-JE-
FATURA/ONP de fecha 24 de enero de 2002, el Titular del
Pliego aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-
ciones de la Oficina de Normalización Previsional para el
Ejercicio Presupuestal 2002;
Que, conforme al documento del visto el surgimiento
de nuevos requerimientos ha dado origen a la necesidad
de incluir diversos procesos de selección, en el Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones referido, cuya relación
que se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integran-
te de la presente Resolución;
Que, asimismo mediante documento del visto se so-
licita la exclusión de procesos de selección del Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2002,
cuya relación se detalla en el Anexo Nº02 que forma
parte integrante de la presente Resolución, debido a
que la necesidad de contratar estos servicios a la fe-
cha ha desaparecido;
Que, de conformidad con el Artículo 8º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las
licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicacio-
nes directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones deberán ser aprobados por el
Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa
de la Entidad, según corresponda, para su inclusión en
el mismo, lo cual deberá informarse al CONSUCODE
dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su apro-
bación. Asimismo, señala que las inclusiones y exclusio-
nes de los procesos de selección serán comunicadas a
la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empre-
sa - PROMPYME dentro del mismo plazo, dando cuenta
al CONSUCODE;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 7º del Texto Úni-
co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, los Artículos 7º y 8º del Reglamento de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobados
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supre-
mo Nº 013-2001-PCM respectivamente, así como por el
inciso d) del Artículo 7º del Estatuto de la Oficina de Nor-
malización Previsional aprobado por Decreto Supremo Nº
61-95-EF, el inciso g) del Artículo 8º de la Resolución Su-
prema Nº 306-2001-EF, y la Resolución Suprema Nº 129-
2001-EF, mediante la cual se designa al Jefe de la Ofici-
na de Normalización Previsional;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar en el Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones de la Oficina de Normalización
Previsional para el Ejercicio Presupuestal del año 2002,
la inclusión de los Procesos de Selección que se deta-
llan en el Anexo Nº01 que forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Aprobar en el Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones de la Oficina de Normalización
Previsional para el Ejercicio Presupuestal del año 2002,
la exclusión de los Procesos de Selección que se deta-
llan en el Anexo Nº 02 que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administra-
ción proceda a publicar la presente Resolución dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación, infor-
mar al CONSUCODE y remitir copia de la misma a PROM-
PYME dando cuenta a CONSUCODE en igual plazo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GABRIEL AMARO ALZAMORA
Jefe
Oficina de Normalización Previsional
13795
OFICINA REGISTRAL DE
LIMA Y CALLAO
Establecen precedentes de observancia
obligatoria referidos a la aplicación de
normas administrativas, competencia
para declarar nulidad de actos adminis-
trativos y la oportunidad para solicitarla
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Nº F009-2002-ORLC/TR
Lima, 15 de julio de 2002
APELANTE :EMPRESA DE TRANSPORTES Y TU-
RISMO APÓSTOL SANTIAGO S.A.
VENDEDOR :Automotriz del Perú S.A.
COMPRADOR :Empresa De Transportes Y Turismo
Apóstol Santiago S.A.
EXPEDIENTE :79098
MEMORÁNDUM :022-2002 del 23 de abril de 2002.
REGISTRO :Registro de Bienes Muebles
Registro Fiscal de Ventas a Plazos
RECURSO :Recurso de Apelación de Resolución
que Declara Infundada Nulidad formu-
lada por el comprador
SUMILLAS :
Aplicación de las Normas Administrativas
“Ante una situación no regulada en un procedimiento
administrativo especial, como el caso del procedimiento de
pago de cuotas del Registro Fiscal de Ventas a plazos se
debe recurrir en primer lugar a las normas administrati-
vas de carácter general –Ley Nº 27444-, y si en ellas no
se hubiera ubicado una norma aplicable recurriremos a
las normas de derecho público como el Código Procesal
Civil”.
Competencia para declarar la nulidad de actos admi-
nistrativos
“Conforme establece el Artículo 11.2 de la Ley
Nº 27444 corresponde al Tribunal Registral pronunciarse

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