52 013-2006-MDPP - Amplían plazo de vigencia de la campaña "Ponte al día en Fiestas Patrias", otorgada mediante Ordenanza N° 086-MDPP

Fecha de disposición27 Septiembre 2006
Fecha de publicación27 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
miércoles 27 de setiembre de 2006 328977
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
Que, de lo actuado en sede administrativa, se advierte
que estaría acreditado el estado de necesidad por lo que
se podría proceder a la exoneración del proceso de
selección subexamine, el cual deberá ser aprobado
mediante Acuerdo de Concejo, sustentado con el
documento a) de la referencia y el presente informe y
publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, una
copia del Acuerdo y el informe, deberán ser remitidos a la
Contraloría General de la República y al CONSUCODE,
bajo responsabilidad del titular del pliego y dentro de los
10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación,
conforme lo señala el artículo 20º de la Ley.
Que, se da cuenta de ello en la medida que mediante
comunicado Nº 002-2003-CONSUCODE ratificó el
carácter excepcional de las exoneraciones. En tal
sentido, resultan contrarios a las disposiciones legales
antes citadas, los reiterados casos de exoneración
mediante los cuales, entre otros, se dispone la adquisición
de insumos requeridos para el Programa de Vaso de
Leche por situación de urgencia, por períodos
consecutivos que exceden el lapso requerido para paliar
la situación generada y la omisión de una oportuna
convocatoria a los procesos de selección respectivos
que obligue, en los casos de actividades esenciales de
la entidad, a la declaración de una situación de
desabastecimiento inminente y posterior exoneración del
proceso de selección respectivo supone necesariamente
la determinación de las responsabilidades que
correspondan.
Que, por otro lado, de conformidad con la parte in fine
del segundo párrafo del artículo 21º de la Ley, en cualquier
caso la autoridad competente para autorizar la
exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio antes
descrito, el inicio de las acciones que correspondan de
conformidad con el artículo 47º de la Ley.
Estando a las facultades conferidas por el artículo
20º literal c) y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado y con el Voto por Mayoría de los señores
Regidores asistentes a la Sesión de Concejo.
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de
Desabastecimiento Inminente el Servicio de Recojo y
Traslado de Residuos Sólidos del distrito de Puente Piedra
por el plazo que dure el proceso de selección de acuerdo
a los condicionamientos técnicos detallados en el Informe
Nº 260-2006-GMASL-MDPP (esto es; por 60 días para
el recojo mensual de 2,022 TM de residuos sólidos), lo
que representa un costo mensual aproximado en dinero
de S/. 90,000.00 (NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES).
Artículo Segundo.- REMITIR COPIAS
CERTIFICADAS de lo actuado al Órgano de Control
Interno; a fin de que se establezca si existieran las
responsabilidades de los servidores o funcionarios.
Artículo Tercero.- Que respecto al procedimiento
para las adquisiciones y contrataciones exoneradas,
deberán realizarse de acuerdo a lo establecido al artículo
148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del estado D.S. Nº 084-2004-PCM.
Artículo Cuarto.- EXONERAR del Proceso de
Selección correspondiente, publicar en el Diario Oficial
El Peruano el presente Acuerdo de Concejo, así como
remitir copias de los informes y del Acuerdo de Concejo
a la Contraloría General de la República y al Concejo
Superior de Contracciones y Adquisiciones del Estado.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración, Subgerencia de Logística y
Servicios Generales y al Comité Especial Permanente.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENNAN S. ESPINOZA ROSALES
Alcalde
02458-1
Amplían plazo de vigencia de la
campaña "Ponte al día en Fiestas
Patrias", otorgada mediante Ordenanza
Nº 086-MDPP
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2006-MDPP
Puente Piedra, 28 de agosto de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE PUENTE PIEDRA
VISTOS: La Ordenanza Municipal Nº 086-MDPP;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, conforme lo establece el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, modificado por el
artículo único de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre
Descentralización, concordante con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de
Municipalidades);
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 55º
que los Bienes, Rentas y Derechos de cada
Municipalidad constituyen su Patrimonio;
Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único
Ordenado del Código Tributario - D.S. Nº 135-99-EF,
establece que los Gobiernos Locales, mediante
Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus
contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos,
dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la
Ley;
Que, mediante Ordenanza Nº 086-2006-MDPP de
fecha 5 de julio del 2006, se aprobó la CAMPAÑA "PONTE
AL DÍA POR FIESTAS PATRIAS", otorgando este
beneficio hasta el 27 de julio del 2006;
Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7º de la
Ordenanza Nº 086-MDPP, el Alcalde mediante Decreto
de Alcaldía puede dictar las medidas necesarias y/o
reglamentarias, incluyendo la ampliación de la vigencia
del beneficio de la presente Ordenanza, de ser necesaria
la misma;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2006-
MDPP de fecha 27/7/2006 se amplió el plazo de vigencia
de la Campaña "Ponte al día en Fiestas Patrias" hasta el
31 de agosto del presente;
Que, es necesario dar mayores facilidades a los
contribuyentes del distrito, dada la difícil situación
económica actual, con el fin de permitir el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias;
Estando a lo dispuesto por el Artículo Séptimo de la
Ordenanza Nº 086-MDPP, y a lo que establece la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de
la CAMPAÑA "PONTE AL DÍA EN FIESTAS PATRIAS",
otorgadas mediante la Ordenanza Nº 086-MDPP, hasta
el 29 de septiembre del 2006.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de
Administración Tributaria, Gerencia de Informática y
Estadística, y Gerencia de Administración.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
RENNAN S. ESPINOZA ROSALES
Alcalde
02426-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR