RESOLUCION MINISTERIAL Nº 195-2010-MEM/DM - Establecen montos mínimos de pólizas de seguro de responsabilidad civil extracontractual aplicables a personas que desarrollan actividades en el subsector hidrocarburos

Fecha de disposición06 Mayo 2010
Fecha de publicación06 Mayo 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 6 de mayo de 2010 418443
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Incorporar la contratación del servicio
de transporte para la distribución de material concreto
del área de comunicación para estudiantes de primer y
segundo grado –Programa Juntos, en los alcances del
Decreto de Urgencia nro. 078-2009.
Artículo 2º.- La convocatoria del proceso de selección
para la contratación indicada en el artículo anterior
se efectuará previo cumplimiento de todos los actos
preparatorios, según las normas de la materia.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y en el portal
electrónico del Ministerio de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
490213-1
Incorporan contratación de servicios
relacionados a la distribución de
material del área de matemática para
estudiantes de primer y segundo grado
de educación primaria del Programa
JUNTOS, en los alcances del D.U.
Nº 078-2009
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0130-2010-ED
Lima, 4 de mayo de 2010
VISTO; los Of‌i cios Nº 397-2010-ME/SG-OGA-UA y Nº
853-2010-ME/SG-OGA-UA, del Jefe (e) de la Unidad de
Abastecimiento de la Of‌i cina General de Administración,
y;
CONSIDERANDO;
Que, el Decreto de Urgencia Nº 078-2009, publicado
en el Diario Of‌i cial El Peruano el día 18 de julio de 2009,
establece normas transitorias destinadas a otorgar
condiciones especiales para la contratación de bienes,
servicios y ejecución de obras a cargo de las entidades
comprendidas en el numeral 3.1 del artículo 3º del Decreto
Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones
del Estado;
Que, la f‌i nalidad del indicado dispositivo expresada
en sus considerandos, es la adopción de medidas
extraordinarias, urgentes y temporales, en materia
económica y f‌i nanciera, con el objetivo de dinamizar las
inversiones públicas a nivel nacional, como parte del Plan
de Estímulo Económico, que permitan que la contratación
de bienes, servicios y la ejecución de obras se realice de
manera ef‌i ciente, transparente y ágil, contribuyendo al
desarrollo y crecimiento de la economía de nuestro país;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en su Primera
Disposición Complementaria y Final, la relación de bienes,
servicios y obras, incluida la contratación de servicios de
consultoría de obras para la elaboración de expedientes
técnicos, a ser contratados conforme a lo establecido
por el Decreto de Urgencia Nº 078-2009 será aprobada
mediante Resolución del Titular de la Entidad, Acuerdo de
Directorio, Acuerdo del Concejo Regional o Acuerdo del
Concejo Municipal, según corresponda;
Que, a través de los documentos del visto, la Unidad
de Abastecimiento de la Of‌i cina General de Administración
del Ministerio de Educación, propone incorporar la
contratación del servicio de modulado, embalaje,
transporte y distribución de material concreto del área de
matemática para estudiantes de primer y segundo grado
de educación primaria –Programa Juntos, en los alcances
del Decreto de Urgencia Nº 078-2009;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cada por la Ley Nº 26510, el Decreto Legislativo nro.
1017, Ley de Contrataciones del Estado, su reglamento,
modif‌i catorias, el Decreto de Urgencia Nº 078-2009 y el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-
2006-ED y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º .- Incorporar la contratación del servicio
de modulado, embalaje, transporte y distribución
de material concreto del área de matemática para
estudiantes de primer y segundo grado de educación
primaria –Programa JUNTOS, en los alcances del
Decreto de Urgencia Nº 078-2009.
Artículo 2º.- La convocatoria del proceso de selección
para la contratación indicada en el artículo anterior
se efectuará previo cumplimiento de todos los actos
preparatorios, según las normas de la materia.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el portal
electrónico del Ministerio de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
490212-1
ENERGIA Y MINAS
Establecen montos mínimos de pólizas
de seguro de responsabilidad civil
extracontractual aplicables a personas
que desarrollan actividades en el
subsector hidrocarburos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 195-2010-MEM/DM
Lima, 4 de mayo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 042-2005-EM señala que el transporte, la
distribución mayorista y minorista y la comercialización de
los productos derivados de los Hidrocarburos se regirán
por las normas que apruebe el Ministerio de Energía y
Minas;
Que, de acuerdo a los reglamentos aprobados por
los Decretos Supremos Nos. 030-98-EM, 045-2001-EM,
006-2005-EM y 057-2008-EM, los agentes de la cadena
de comercialización de Combustibles Líquidos, Otros
Productos Derivados de los Hidrocarburos, Gas Natural
Vehicular, Comprimido y Licuefactado deben mantener
vigente una póliza de seguro de responsabilidad civil
extracontractual que cubra los daños a terceros, a sus
bienes y daños al ambiente que pudieran ocurrir en las
instalaciones que operen y por la manipulación de dichos
productos. Asimismo, el artículo 50º del Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo Nº 045-2001-EM señala
que los montos mínimos las citadas pólizas, expresados
en Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la
fecha de tomar o renovar la póliza, son los establecidos en
la Resolución que para tales efectos establezca el MEM;
Que, el artículo 88º del Reglamento para la Instalación y
Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas
Natural Vehicular (GNV), aprobado por el Decreto Supremo
Nº 006-2005-EM señala que los montos mínimos de los
seguros de responsabilidad civil, expresados en Unidades
Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de tomar o
renovar las pólizas serán establecidos en la Resolución
Ministerial que para tales efectos establezca el MEM;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 0134-
2001-EM-DGH se establecieron montos mínimos de

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