804 125-99-EF - Aprueban política remunerativa del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia

Fecha de disposición21 Julio 1999
Fecha de publicación21 Julio 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 21 de julio de 1999 AÑO XVII - Nº 6967 Pág. 175991
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
AGRICULTURA
Disponen levantar reserva de dominio
a favor del Estado de terrenos eriazos
ubicados en la provincia de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0497-99-AG
Lima, 15 de julio de 1999
VISTO:
El expediente administrativo organizado por doña
María Elvira Elsensohn Pronek sobre levantamiento de
reserva de dominio a favor del Estado respecto del terreno
eriazo denominado "Santa Ana", ubicado en el distrito de
Salas, provincia y departamento de Ica.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Directoral Nº 478-93-RLW-
SAG-ICA, de fecha 29 de octubre de 1993, de fojas 210,
la ex Dirección Subregional Agraria de Ica, aprobó el
procedimiento de otorgamiento de terrenos eriazos,
ubicados en el distrito de Salas, provincia y departamen-
to de Ica;
Que por Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eria-
zos con Fines de Irrigación y/o Drenaje Nº 122-93-ICA, de
fecha 11 de noviembre de 1993, de fojas 217 a 219, el
Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural
otorgó con reserva de dominio a favor de doña María
Elvira Elsensohn Pronek la superficie de 45 ha. de terre-
nos eriazos denominado "Santa Ana", signado con Unidad
Catastral Nº 12002, con la ubicación geográfica antes
indicada;
Que el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505,
aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe
que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con
arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para
desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan
cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contrac-
tual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministe-
rio de Agricultura el levantamiento de la reserva de
dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante
Resolución Ministerial previa constatación de la ejecu-
ción de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad
respectivo;
Que el Informe Nº 053-99-CTAR-DRA-I-PETT.CR/
ICA, de fecha 29 de marzo de 1999, de fojas 253 a 254,
elaborado por la Jefatura del Proyecto Especial Titula-
ción de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional
de Agricultura de Ica, en virtud a la inspección ocular
realizada el 18 de marzo de 1999 sobre el predio materia
del denuncio, ha constatado que en dicho predio existen
40 ha. de cultivo de espárrago, 4 ha. de cultivos de olivos,
una casa huerta, algunas plantas de cítricos y mangos,
contando con un pozo electrificado, equipado y en funciona-
miento con un caudal de 75 litros por segundo, existiendo
riego tecnificado por goteo, por lo que es procedente el
levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado
sobre el predio materia de la presente, esto es, 45 ha. de
terrenos eriazos;
Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría
Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del
Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº
25902;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor
del Estado sobre la superficie de 45 ha. de terrenos eriazos
ubicados en el distrito de Salas, provincia y departamento
de Ica, otorgado a favor de doña María Elvira Elsensohn
Pronek mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos
Eriazos con Fines de Irrigación y/o Drenaje Nº 122-93-
ICA, de 11 de noviembre de 1993, al haber sido habilitado
e incorporado a la actividad agraria.
Artículo 2º.- Disponer que la dependencia del
Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro
Rural de la Dirección Regional de Agricultura de Ica
gestione ante el Registro de la Propiedad Inmueble de
los Registros Públicos correspondientes la inscripción
de la presente resolución.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
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ECONOMIA Y
FINANZAS
Aprueban política remunerativa del Pro-
grama de Apoyo al Repoblamiento y
Desarrollo de Zonas de Emergencia
DECRETO SUPREMO
Nº 125-99-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº
866, el Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo
de Zonas de Emergencia - PAR, es un Organismo Público
Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano;
Que, con arreglo a lo dispuesto por la Quinta Disposi-
ción Transitoria del Decreto Legislativo Nº 866 y el
Artículo 34º del Reglamento de Organización y Funcio-
nes del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarro-
llo de Zonas de Emergencia, aprobado por la Resolución
Ministerial Nº 023-97-PROMUDEH, los funcionarios y
trabajadores del Programa de Apoyo al Repoblamiento y
Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR, están sujetos
al régimen laboral de la actividad privada;
Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27013 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para 1999, establece
que las escalas remunerativas y beneficios de toda
índole, así como los reajustes de remuneraciones y
bonificaciones que fueran necesarios durante el ejerci-
cio fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendi-
dos dentro de los alcances de la citada Ley se aprueban
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del
Sector;
Que, es necesario aprobar la Política Remunerativa
del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de
Zonas de Emergencia;

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