06 085-2005 - Autorizan viaje de funcionario para participar en evento sobre política monetaria en América Latina que se realizará en Argentina

Fecha de publicación04 Octubre 2005
Fecha de disposición04 Octubre 2005
Pág. 301608
NORMAS LEGALES
Lima, martes 4 de octubre de 2005
Que, conforme lo establece el inciso 24 del artículo
82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo se encuentra
facultado para crear Distritos Judiciales, Salas de Cortes
Superiores y Juzgados, cuando así se requiera para
brindar un servicio de administración de justicia rápido y
eficaz;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria
de la fecha, sin la intervención del señor Consejero
Antonio Pajares Paredes por encontrarse de licencia, por
unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear el Segundo Juzgado Mixto
de la provincia de San Miguel, departamento y Distrito
Judicial de Cajamarca, cuya sede será el distrito de La
Florida; con competencia además en los distritos de
Niepos, Nanchoc, Bolívar, el Caserío Casa Blanca del
distrito de San Gregorio, los Caseríos de Taulís, El Palmito,
Alto Palmito, Succhapampa, La Granadilla y El Brete del
distrito de Calquis, de la mencionada provincia; y los
caseríos de Udima, Monteseco, Monteseco Chico, El
Chorro, La Montañita, La Quemazón, El Naranjito, El
Conde, El Espinal y La Coca, del distrito de Catache, de
la provincia de Santa Cruz.
Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Cajamarca y a la Gerencia General
del Poder Judicial, a adoptar las acciones que resulten
necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente resolución.
Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la
Magistratura, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia,
Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca
y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO
JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN
JOSÉ DONAIRES CUBA
WÁLTER COTRINA MIÑANO
LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ
16874
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario para
participar en evento sobre política
monetaria en América Latina que se
realizará en Argentina
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
Nº 085-2005
Lima, 29 de septiembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, se ha recibido invitación del Bank for International
Settlements (BIS) para que este Banco Central participe
en su Ninth Annual Working Party on Monetary Policy in
Latin America, organizado por el BIS y el Banco Central
de Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires,
Argentina, los días 21 y 22 de octubre del presente año;
Que, la citada reunión está dirigida a fortalecer el
diálogo, intercambio de información y opiniones en temas
relevantes sobre política monetaria en América Latina,
por lo que el Directorio ha considerado conveniente la
participación del Banco Central;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619
y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, estando a lo
acordado por el Directorio en su sesión de 25 de agosto
de 2005;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Director señor Daniel
Schydlowsky Rosenberg a la ciudad de Buenos Aires,
Argentina, del 20 al 22 de octubre del 2005 y el pago de
los gastos, a fin de participar en la reunión mencionada
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que irrogará dicho viaje es como
sigue:
Pasaje US$ 1831,64
Viáticos US$ 600,00
Tarifa única de uso de aeropuerto: US$ 28,24
---------------------
TOTAL US$ 2459,88
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación del pago de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
OSCAR DANCOURT MASÍAS
Vicepresidente
en ejercicio de la Presidencia
16775
Índice de reajuste diario a que se refiere
el Art. 240º de la Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros, correspondiente al mes de
octubre de 2005
CIRCULAR Nº 015-05-BCRP
Lima, 3 de octubre de 2005
El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo
240º de la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, correspondiente al mes de octubre
es el siguiente:
DÍA ÍNDICE
1 6,20161
2 6,20142
3 6,20124
4 6,20105
5 6,20087
6 6,20069
7 6,20050
8 6,20032
9 6,20013
10 6,19995
11 6,19976
12 6,19958
13 6,19940
14 6,19921
15 6,19903
16 6,19884
17 6,19866
18 6,19848
19 6,19829
20 6,19811
21 6,19792
22 6,19774
23 6,19756
24 6,19737
25 6,19719
26 6,19700
27 6,19682
28 6,19664
29 6,19645
30 6,19627
31 6,19608

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