DECRETO SUPREMO N° 006-2010-DE - Disponen la asignación de empleo y cargo del personal militar y policial que desempeña funciones en los órganos de control institucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, respectivamente

Fecha de disposición07 Septiembre 2010
Fecha de publicación07 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 7 de setiembre de 2010
425198
CULTURA
Designan Secretario General del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 001-2010-MC
Lima, 6 de setiembre de 2010.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio
de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con
personería jurídica de derecho público;
Que, de acuerdo con el artículo 10º de la Ley Nº
29565, el Ministerio de Cultura cuenta con una Secretaría
General que integra su Alta Dirección;
Que, resulta necesario designar al funcionario que
desempeñe el cargo de Secretario General del Ministerio
de Cultura;
Que, de conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor Fredy Hernán
Hinojosa Angulo como Secretario General del Ministerio
de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN OSSIO ACUÑA
Ministro de Cultura
539916-1
DEFENSA
Disponen la asignación de empleo y
cargo del personal militar y policial que
desempeña funciones en los órganos
de control institucional de las Fuerzas
Armadas y de la Policía Nacional del
Perú, respectivamente
DECRETO SUPREMO
Nº 006-2010-DE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, establece en
su artículo 167º, que el Presidente de la República es el
Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional;
Que, asimismo, el artículo 168º de la Constitución
Política del Perú señala que las Fuerzas Armadas y la
Policía Nacional del Perú se rigen por sus propias Leyes
y Reglamentos, precisándose en el Artículo 169º que las
Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no son deliberantes
y están subordinadas al poder constitucional;
Que, la Ley Nº 29555, Ley que implementa la incorporación
progresiva de las plazas y presupuesto de los órganos de
control institucional a la Contraloría General de la República,
regula el procedimiento de la incorporación progresiva de las
plazas y el presupuesto de los órganos de control institucional
a la Contraloría General de la República, de acuerdo a lo
previsto en la Décima Tercera Disposición Final de la Ley
Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2010, a efectos de consolidar la independencia y
autonomía del órgano de control institucional en el ejercicio
del control gubernamental de las entidades a su cargo;
Que, sin embargo, la Segunda Disposición
Complementaria de la Ley Nº 29555, excluye del proceso
de incorporación de las plazas y presupuesto, los
regímenes laborales especiales públicos, como el de las
Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, entre
otros;
Que, según el artículo 16º de la Ley Nº 29075, Ley que
establece la naturaleza jurídica, función, competencias y
estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, el
órgano de control institucional es el encargado de f‌i scalizar
las actividades administrativas, económicas y f‌i nancieras
del Ministerio de Defensa, ejerciendo sus funciones en
concordancia con las disposiciones contenidas en la
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control. Su titular
depende funcional y administrativamente de la Contraloría
General de la República;
Que, asimismo, el artículo 17º de la indica Ley dispone
que la Inspectoría General es el órgano encargado de
ejercer funciones de supervisión, análisis, investigación
y evaluación de las actividades castrenses, operativas
y disciplinarias que ejecutan los órganos y organismos
del Sector Defensa; mantiene relación funcional con la
Inspectoría General del Ministerio de Defensa y dependen
de la institución armada a la que pertenecen;
Que, por su parte, el artículo 14º de la Ley Nº 27238, Ley
de la Policía Nacional del Perú, ref‌i ere que la Inspectoría
General es el órgano de control de la Policía Nacional
del Perú, de carácter sistémico, encargado de f‌i scalizar y
evaluar la correcta aplicación y observancia de las leyes y
reglamentos; la ef‌i cacia funcional, la moral y disciplina del
personal; el empleo adecuado de sus recursos, así como
el control de calidad y costo-benef‌i cio de los servicios que
presta la institución;
Que, el artículo 14º de la Ley Nº 28359, Ley de
situación militar de los of‌i ciales de las fuerzas armadas,
señala que el empleo constituye el desempeño personal
de una función real y efectiva que se encomienda al Of‌i cial,
en atención a los Cuadros de Organización de cada
Institución Armada y, conforme a su grado, antigüedad y
especialidad;
Que, asimismo, el artículo 17º del citado cuerpo
normativo menciona que el cambio de empleo se suscita
cuando se verif‌i que alguno de los supuestos comprendidos
en dicho artículo; siendo que entre los supuestos se
encuentra el literal a), relativo a la disposición del Jefe
Supremo de las Fuerzas Armadas y d), necesidad del
servicio, entre otros supuestos;
Que, de otro lado, el glosario del artículo 1º de la
Ley Nº 28857, Ley del Régimen Personal de la Policía
Nacional del Perú, def‌i ne el término asignación como la
ubicación del personal de la Policía Nacional del Perú, en
situación de actividad y acorde a su campo ocupacional,
en un cargo específ‌i co establecido en el Cuadro de
Organización y el Cuadro de Asignación de Personal;
Que, por su parte, el artículo 20º de la Ley Nº 28857
establece que las causales de asignación y reasignación
se producen, según el numeral 1), por disposición del
Jefe Supremo de la Policía Nacional del Perú y, según el
numeral 4), por necesidad del servicio;
Que, es necesario disponer la asignación de empleo
y cargo del personal militar y policial, por disposición del
Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional, así como por la necesidad del servicio;
Que, por consiguiente, debe implementarse las
medidas administrativas de empleo y cargo del personal
militar y policial en las instituciones armadas y policiales,
respectivamente, en el marco de la Ley Nº 28359, Ley de
situación militar de los of‌i ciales de las fuerzas armadas,
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-
2005-DE-SG, así como la Ley Nº 28857 del Régimen
Personal de la Policía Nacional del Perú, y su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2006-IN.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del
Ley Nº 28359 y la Ley Nº 28857;
DECRETA:
Artículo 1º.- Asignación de empleo y cargo
Los Ministerios de Defensa e Interior, en el marco del
proceso progresivo regulado en la Ley Nº 29555 por el
que el pliego Contraloría General de la República cubrirá
con su personal las plazas de los órganos de control
institucional, propondrán las Resoluciones Supremas y
emitirán las Resoluciones correspondientes, mediante
las cuales se dispondrá la asignación de empleo y cargo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR