RESOLUCION N° 017-2014-RD LIMA-NORTE-ROP/JNE - Inscriben a la organización política local distrital “Rímac, Camino a la Modernidad”, en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones

Fecha de disposición09 Julio 2014
Fecha de publicación09 Julio 2014
El Peruano
Miércoles 9 de julio de 2014
527278
su total desarraigo de la circunscripción provincial de
Ambo, al que busca representar. Por el contrario, dichos
documentos generan certeza y convicción de que la
ciudadana Daisy Yeny Soto Mory contó en dicho periodo
con, al menos, dos domicilios, siendo que uno de ellos
estaba ubicado en la provincia de Ambo, tal como f‌i gura
en su DNI y los padrones electorales desde el 21 de
noviembre de 2009.
15. En vista de lo expuesto, este Supremo Tribunal
Electoral concluye que los medios probatorios presentados
por el tachante no han logrado desvirtuar la presunción
generada a favor de la candidata Daisy Yeny Soto Mory, en
el periodo de inscripción de listas, referida a que domicilia
en la provincia de Ambo por el periodo que exige la LEM y
el Reglamento, por lo que corresponde declarar infundado
el recurso de apelación y conf‌i rmar la resolución venida
en grado.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de
apelación interpuesto por Carlos Arturo Camayo Rosas, y
en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N.º 0004-
2014-JEE-HUÁNUCO, de fecha 26 de junio de 2014,
emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco,
que declaró infundada la tacha formulada contra Daisy
Yeny Soto Mory, candidata al cargo de alcaldesa por el
Movimiento Integración Descentralista, para la provincia
de Ambo, departamento de Huánuco, en el marco de las
Elecciones Regionales y Municipales 2014.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1107531-6
Inscriben a la organización política
local distrital “Decisión Barranco”, en
el Registro de Organizaciones Políticas
del Jurado Nacional de Elecciones
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
RESOLUCIÓN Nº 0013-2014-RD LIMA-ESTE-ROP/JNE
Lima, 7 de julio de 2014
VISTA, la solicitud de inscripción presentada por el
ciudadano Jorge Cayo Feliciano Moscoso Villacorta,
personero legal titular de la organización política local
distrital: “DECISION BARRANCO”, del distrito de
Barranco, provincia y departamento de Lima.
CONSIDERANDO:
El 06 de junio de 2014, el ciudadano Jorge Cayo
Feliciano Moscoso Villacorta solicitó la inscripción en
el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado
Nacional de Elecciones de la organización política local
distrital DECISION BARRANCO, del distrito de Barranco,
provincia y departamento de Lima.
Revisada la solicitud y sus anexos, se advierte
que estos cumplen con los requisitos establecidos en
el artículo 17º de la Ley Nº 28094, esto es: I) Relación
de adherentes en número no menor del 3% de los
ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de
carácter nacional dentro de la circunscripción en la que
la organización política desarrollará sus actividades,
conforme establece la Resolución Nº 0662-2011-JNE; en
tal sentido, la Gerencia de Registro Electoral del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil – RENIEC,
informó a este Registro que se declararon válidas 1,171
f‌i rmas, cantidad que superó las 1,156 f‌i rmas necesarias
para tal efecto; y, II) Actas de constitución de comité en el
distrito de Barranco, suscrita por un mínimo de 50 af‌i liados
debidamente identif‌i cados.
Adicionalmente, la organización política presentó
un acta de fundación, que contiene la denominación,
el domicilio legal, nombramiento de apoderado,
representante legal y personeros legales y técnicos, así
como el órgano directivo con las personas que lo integran
así como la aprobación de un ideario con los principios,
objetivos y la visión del distrito de Barranco.
Con fecha 02 de julio de 2014, se publicó en el Diario
Of‌i cial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción
a efectos que cualquier persona natural o jurídica ejerza
su derecho de formular tacha contra la referida solicitud,
conforme señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; en ese
sentido, mediante comunicación recibida el 07 de julio de
2014, la Of‌i cina de Servicios al Ciudadano informó que
no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de
inscripción dentro del plazo de ley.
Es importante señalar que, las organizaciones políticas
se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores,
y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley
se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas.
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con las funciones conferidas por Ley al
Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional
de Elecciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de
Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de
Elecciones a la organización política local distrital
DECISION BARRANCO, del distrito de Barranco, provincia
y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Abrir la partida registral en el
Libro de Organizaciones Políticas Locales, Tomo 22,
Partida Electrónica número 28 y regístrese la inscripción
en el asiento número 1.
Artículo Tercero.- Téngase acreditados como
personeros legales, titular y alterno, a los ciudadanos
Jorge Cayo Feliciano Moscoso Villacorta y Clara Elizabeth
Vento Martel, respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
DAVID ROBERTO ALEJANDRO
ORDOÑEZ ABANTO
Registrador Delegado del Registro de
Organizaciones Políticas - Lima Este
1107522-1
Inscriben a la organzación política
local distrital “Rímac, Camino a
la Modernidad”, en el Registro de
Organizaciones Políticas del Jurado
Nacional de Elecciones
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
RESOLUCIÓN
Nº 017-2014-RD LIMA-NORTE-ROP/JNE
Lima, 7 de julio de 2014
VISTA, la solicitud de inscripción presentada por el
ciudadano Nicéforo Justo Flores Fierro, personero legal
titular de la organización política local distrital RÍMAC,
CAMINO A LA MODERNIDAD del distrito del Rímac,
provincia y departamento de Lima.
CONSIDERANDO:
El 4 de junio de 2014, el ciudadano Nicéforo Justo
Flores Fierro solicitó la inscripción en el Registro de
Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de
Elecciones de la organización política local distrital

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