LEY N° 29679 - Ley que establece plazo excepcional para la publicación de Ordenanzas que aprueban Arbitrios Municipales

Fecha de disposición30 Abril 2011
Fecha de publicación30 Abril 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 30 de abril de 2011
441800
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUTERVO
Ordenanza Nº 011-2011-MPC.- Fijan tasa de interés moratorio
aplicable a deudas tributarias administradas y/o recaudadas
por la Municipalidad Provincial de Cutervo 441877
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Acuerdo Nº 034-2011-MPH-CM.- Ratif‌i can remuneración
mensual de alcalde y monto de dieta de regidores de la
Municipalidad conforme al Acuerdo N° 040-2007-MPH-
CM 441878
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMEGUA
Acuerdo Nº 041-2011-A/MDS.- Fijan remuneración
mensual de alcaldesa y monto de dieta de regidores de la
Municipalidad 441879
SEPARATA ESPECIAL
DEFENSA
R.M. N° 392-2011-DE/SG.- Directiva General
“Procedimientos para el Acceso, Clasif‌i cación,
Reclasif‌i cación, Desclasif‌i cación, Archivo y Conservación
de la Información del Sector Defensa” 441773
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29679
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE PLAZO EXCEPCIONAL
PARA LA PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS QUE
APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES
Artículo 1. Objeto de la Ley
1.1 Fíjase en forma excepcional hasta el 31 de julio
de 2011 el plazo de publicación a que se ref‌i ere el
artículo 69-A del Decreto Legislativo 776, Ley de
Tributación Municipal, aplicable a las ordenanzas
que aprueban los montos de las tasas por concepto
de arbitrios municipales correspondientes al
Ejercicio 2011.
1.2 Precísase que las municipalidades que se acojan a
lo señalado en el párrafo anterior deben publicar el
texto íntegro de las ordenanzas que aprueban las
tasas por arbitrios municipales, incluido el informe
técnico-f‌i nanciero, conforme a la Sentencia del
Expediente 00053-2004-PI/TC.
1.3 Entiéndese que la ampliación del plazo de
publicación resulta extensiva al acuerdo
ratif‌i catorio que emita el concejo provincial de
acuerdo con las competencias establecidas en
el artículo 40 de la Ley 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
Artículo 2. Ordenanzas sujetas a ratif‌i cación
La vigencia de las ordenanzas sujetas a ratif‌i cación
es a partir del día siguiente de la publicación del acuerdo
ratif‌i catorio del concejo provincial, conforme a las
modalidades y mecanismos previstos en el artículo 44 de
Artículo 3. Medidas para el aseguramiento de la
prestación de los arbitrios municipales en el período
siguiente a los comicios electorales municipales
En los años en que se produzcan los comicios
electorales municipales, las municipalidades distritales
del país, bajo responsabilidad, deben presentar sus
solicitudes de ratif‌i cación de ordenanzas de arbitrios
municipales en un plazo que no exceda de los sesenta
días calendario previos a la fecha prevista para la
elección.
En dicho caso, las municipalidades provinciales
deben cumplir, bajo responsabilidad, con evaluar las
solicitudes y, de ser el caso, ratif‌i car las ordenanzas
distritales, propiciando de este modo que dichas normas
y los acuerdos ratif‌i catorios sean publicados por las
municipalidades distritales, con la anticipación debida
y conforme a los plazos y mecanismos previstos en la
ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para
su promulgación.
En Lima, a los veintinueve días del mes de abril de dos
mil once.
CÉSAR ZUMAETA FLORES
Presidente del Congreso de la República
ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG
Segunda Vicepresidenta del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve
días del mes de abril del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA
Presidenta del Consejo de Ministros y
Ministra de Justicia
634773-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Designan Directora de la Oficina
General de Administración de la
Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 136-2011-PCM
Lima, 29 de abril de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y
regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por

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