¿Las plataformas digitales tienen incentivos para auto-regularse?

AutorGabriela López Medrano

Las plataformas son agentes que funcionan como intermediarios que facilitan las interacciones entre dos o más demandas que están interrelacionadas entre sí. A estos negocios se les conoce como “multi-sided platforms1

Estos negocios han venido funcionando desde hace muchos años. Por ejemplo, los centros comerciales2 son un ejemplo de “multi-sided platform” porque conectan a compradores y vendedores. Así, los centros comerciales, toman en cuenta la dependencia entre estos dos grupos para tomar decisiones estratégicas, como la de elegir la zona donde ubicarse o la de decidir qué marcas son las que se requieren para satisfacer a sus clientes. Otro ejemplo son las revistas o periódicos. Por ejemplo, la revista Vogue permite conectar principalmente a mujeres con interés en la moda con empresas que se dedican a la venta de ropa de marca y accesorios de vestir3.

Con la digitalización de la economía, estas plataformas han cobrado mayor importancia porque esa intermediación se puede llevar a cabo mucho más rápido y de forma virtual. Por ejemplo, los portales web que permiten que las personas con interés en comprar una casa o alquilar un inmueble encuentren la oferta que mejor les convenga. Airbnb es un ejemplo de este tipo de plataforma, dado que permite conectar a las personas que tienen habitaciones o casas disponibles para alquilar con personas que buscan donde quedarse. Esta plataforma, como otras similares, están creciendo de manera importante en el Perú.

La importancia de estas plataformas digitales en la economía se puede observar a través de la capitalización bursátil de estas empresas. En efecto, según Tirole (2017), a agosto del 2017, las cinco empresas de mayor capitalización bursátil eran precisamente “multi-sided plafforms”: Apple, Google, Microsoft, Facebook y Amazon4.

El rápido crecimiento que están mostrando estas plataformas ha puesto nervioso a más de un hacedor de políticas públicas en aspectos, tales como: el desarrollo de la competencia, la seguridad y la calidad del servicio. El Perú no es la excepción.

En efecto, la Resolución Ministerial Nº 170-2018-MINCETUR, pre publicada para recepción de comentarios el 10 de mayo del 2018, prohíbe la oferta de alojamiento en lo que denomina “casas particulares”, restringiendo su uso sólo a los siguientes casos: ausencia de oferta alternativa en la localidad geográfica o la ocurrencia de algún desastre natural.

Esta normativa implica que negocios como el de Airbnb, que estaban teniendo...

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