57 865 - Modifican Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente al Cercado de Lima

Fecha de publicación11 Noviembre 2005
Fecha de disposición11 Noviembre 2005
Pág. 304002
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 11 de noviembre de 2005
Taxi Metropolitano, quedando redactado del siguiente
modo:
"Artículo 59º.- Las multas canceladas dentro del
plazo de quince (15) días calendario contados a partir
del día siguiente de la notificación de la presunta
infracción, tendrán una reducción del 50% del monto
de las mismas.
Cuando el último día del plazo es inhábil, se entiende
prorrogado el vencimiento al primer día hábil siguiente".
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera
Lo dispuesto en la presente Ordenanza será aplicable
a las multas contenidas en papeletas de infracción o
resoluciones de sanción pendientes de pago a la fecha
de su entrada en vigencia, aun cuando éstas se
encuentren en procedimiento de impugnación.
Segunda
La presente Ordenanza entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación.
POR TANTO
MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA
En Lima a los tres días del mes de noviembre del año
dos mil cinco.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
19033
Modifican Plano de Zonificación
General de los Usos del Suelo de Lima
Metropolitana a Mediano Plazo,
correspondiente al Cercado de Lima
ORDENANZA Nº 865
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 3 de
noviembre de 2005, el Documento Simple Nº 4414-04
seguido por doña Silvia Mitra Guerra Asencios, mediante
el cual solicita el cambio de zonificación de Zona
Residencial de Densidad Media (R3) a Comercio Vecinal
(C2), del terreno de 458.44 m2, ubicado en el Jr. Santa
Francisca Romana Nº 1073 Mz. F1-5 Lote 21, esquina
Jr. Santa Nicerata, Urbanización Pando, Tercera Etapa,
Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; en
donde actualmente viene funcionando un Mercado de la
Asociación de Micro Empresarios del Mercado Pando;
y, De conformidad con lo opinado por la Comisión
Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y
Nomenclatura en su Dictamen Nº 111-2005-MML-
CMDUVN;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
MODIFICATORIA DEL PLANO DE
ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS
DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A
MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE
AL CERCADO DE LIMA
Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación
General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a
Mediano Plazo correspondiente al Cercado de Lima,
provincia y departamento de Lima, de Zona Residencial
de Densidad Media (R3) a Comercio Vecinal (C2), del
terreno de 458.44 m2, ubicado en el Jr. Santa Francisca
Romana Nº 1073 Mz. F1-5 Lote 21, esquina Jr. Santa
Nicerata, Urbanización Pando, Tercera Etapa; haciendo
extensivo dicho cambio a los predios colindantes con
frente al Jr. Santa Francisca Romana, comprendidos
entre los Jirones Santa Nicerata y Santa Cristina.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de
Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de
Lima y el Instituto Metropolitano de Planificación
incorporen en su Plano de Zonificación la modificación
indicada en el artículo anterior o su equivalente de
acuerdo a la Ordenanza Nº 620-MML.
Artículo Tercero.- Establecer que los propietarios
del predio indicado en el Artículo Primero de la presente
Ordenanza, soliciten a la Municipalidad Metropolitana de
Lima, la expedición del correspondiente Certificado de
Zonificación y Vías, para efectos de aplicación de la
zonificación aprobada.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, a los tres días del mes de noviembre del año
2005.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
19028
Fijan precios para los servicios veteri-
narios municipales y el curso de mani-
puladores de alimentos
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 076-2005-MML
Lima, 27 de setiembre de 2005
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 161º, numeral 6.5 de la Ley Nº 27972
Municipalidad Metropolitana de Lima es competente para
organizar y controlar la sanidad animal así como la
regulación y control en la tenencia de animales
domésticos;
Que, de acuerdo con el artículo 5º, inciso a) de la
Ordenanza 550 publicada el 18 de noviembre del 2003,
la Municipalidad Metropolitana de Lima es competente
para normar, evaluar y supervisar los aspectos higiénicos
sanitarios en la jurisdicción metropolitana a través de la
Dirección Municipal de Salud y Bienestar Social;
Que, con Resolución Directoral Municipal Nº 057-2005-
MML/DMSBS, se crea el "Servicio Veterinario Municipal -
SERVEMUN", a cargo de la Dirección Municipal de Salud
y Bienestar Social, el que desarrollará toda actividad
relacionada con las acciones médico veterinarias de
competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
en el ámbito de la jurisdicción del Cercado de Lima.
Que, es necesario fijar los precios que deberán abonar
los usuarios para acceder al SERVEMUN;
Que, el cuarto párrafo del artículo 37º de la Ley
establece que para aquellos servicios que no sean
prestados en exclusividad, las entidades públicas a
través de Resolución del Titular del Pliego establecerán
los requisitos y precios;
Estando a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo
20º, por el 39º y 42º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de
Municipalidades";
DECRETA:
Artículo 1º.- Fijar los precios para los servicios
veterinarios municipales y para el curso de manipuladores
de alimentos, a cargo de la Dirección Municipal de Salud
y Bienestar Social, de acuerdo a lo consignado en el
anexo adjunto al presente.
Artículo 2º.- Encargar a la Oficina General de
Finanzas la asignación de los códigos correspondientes
para los conceptos de precios establecidos en el Artículo
1º del presente Decreto de Alcaldía.

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