06 593 594 - Modifican Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente a los distritos de Villa El Salvador y de La Molina

Fecha de disposición21 Febrero 2004
Fecha de publicación21 Febrero 2004
Pág. 262904
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de febrero de 2004
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de
el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque
ha emitido la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APRUÉBASE, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la sede del Gobierno
Regional de Lambayeque (TUPA - 2003), el mismo que en
un número de once (11) folios, comprende setenta y uno
(71) procedimientos administrativos correspondientes a
nueve dependencias, el mismo que corre adjunto a la pre-
sente formando parte integrante de la misma.
Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el texto íntegro del
Texto Único de Procedimientos Administrativos de la sede
del Gobierno Regional de Lambayeque aprobado confor-
me al Artículo Primero de la presente Ordenanza Regio-
nal, en el diario encargado de los avisos judiciales en la
capital de la región, sin perjuicio de su difusión a través de
otros medios, conforme a ley.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente Regional
03447
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Modifican Plano de Zonificación Gene-
ral de los Usos del Suelo de Lima
Metropolitana a Mediano Plazo, corres-
pondiente a los distritos de Villa El Sal-
vador y de La Molina
ORDENANZA Nº 593
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de fecha 12 de febrero de
2004, el Codificado Nº 5282-04 seguido por la Municipali-
dad Distrital de Villa El Salvador, quien remite el Acuerdo
de Concejo Nº 003-2004/MVES, opinando favorablemente
por el Cambio de Zonificación de Zona de Reglamentación
Especial - Parque Arqueológico y Ecológico (ZRE-1) a Zona
de Reglamentación Especial para fines de Vivienda (ZRE),
del terreno ubicado en la parte superior del médano Lomo
de Corvina colindante con el Asentamiento Humano La
Encantada, a la altura del Km. 22.50 de la Panamericana
Sur, posterior al muro de ladrillo de propiedad de la Ladri-
llera Luren S.A., cuya área es de 80,470.00 m2, distrito de
Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, es competencia de la Municipalidad Metropolita-
na de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-
cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y el
acondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí-
culo 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú,
modificada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucio-
nal del Capítulo XIV del Título IV;
Que, de acuerdo al Artículo 79º inciso 1, numeral 1.2)
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son fun-
ciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en
materia de organización del espacio físico y uso del suelo:
Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarro-
llo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el
Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás
planes específicos de acuerdo con el Plan de
Acondicionamiento Territorial;
Que, la Municipalidad de Villa El Salvador, mediante
Acuerdo de Concejo Nº 003-2004/MVES del 20 de enero
de 2004, opina favorablemente por el Cambio de Zonifi-
cación de Zona de Reglamentación Especial - Parque Ar-
queológico y Ecológico (ZRE-1) a Zona de Reglamenta-
ción Especial para fines de Vivienda (ZRE), del terreno
ubicado en la parte superior del médano Lomo de Corvina
colindante con el Asentamiento Humano La Encantada, a
la altura del Km. 22.50 de la Panamericana Sur, posterior
al muro de ladrillo de propiedad de la Ladrillera Luren S.A.,
cuya área es de 80,470.00 m2, distrito de Villa El Salvador.
Asimismo, aprueba la Asignación de Parámetros Normati-
vos y Propuesta de Lotización del terreno materia del refe-
rido Acuerdo;
Que, asimismo, la Municipalidad Distrital, considera que
es necesario un reordenamiento urbano, con una lotiza-
ción adecuada en el Sector antes mencionado, por cuanto
en dicho terreno se han edificado viviendas de material
noble precario, las cuales han sufrido un incendio produci-
do el 11 de diciembre del 2003, constituyendo el área si-
niestrada de 17,046.56 m2;
Que, de acuerdo con el Plano de Zonificación General
de Lima Metropolitana para Villa El Salvador aprobado por
Ordenanza Nº 195-MML del 21 de diciembre de 1998, el
área ocupada por el Asentamiento Humano La Encantada,
titulado por COFOPRI, está calificado como ZRE-1 Parque
Arqueológico y Ecológico, sin embargo mediante Oficio Nº
317-2004-COFOPRI/GT, del 9 de febrero de 2004, COFO-
PRI remite el Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica
"Lomo de Corvina" según Plano Nº 001-INC-COFOPRI-
2004, Plano de Delimitación de la Zona Arqueológica apro-
bado por Resolución Jefatural Nº 478-92/INC, del 24 de ju-
nio de 1992, Plano Perimétrico del remanente de la Zona
Arqueológica aprobado según Resolución Directoral Nacio-
nal Nº 058/INC del 4 de marzo de 1998 y el Plano Perimétri-
co de la Zona Desafectada de la zona Arqueológica, según
Resolución Nacional Nº 058/INC del 4 de marzo de 1998;
mediante los cuales se aprecia que a la zona materia de
evaluación le ha sido levantada la calificación de Zona
Arqueológica, la cual se circunscribe a partir de esa fecha a
otro sector hacia el Sur Oeste del cerro "Lomo de Corvina";
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI,
mediante Informe Nº 034-2003-INDECI/DNP/SEP (10.1) del
15 de diciembre de 2003, concluye que el Sector Lomo de
Corvina del distrito de Villa El Salvador, en las condiciones
actuales de las viviendas y sin un adecuado control ni pla-
neamiento urbanístico, se encuentra en alto riesgo ante los
peligros de deslizamiento, contaminación e incendio y en
riesgo inminente ante la falta de planeamiento y control ur-
banístico; recomendando que la autoridad local deberá
exigir a la población que debe ceñirse estrictamente a las
disposiciones del Reglamento Nacional de Construcciones
(RNC) en cuanto a las especificaciones técnicas, condi-
ciones urbanísticas, adecuado planeamiento y diseño de
estructuras de acuerdo al tipo de suelo en donde se en-
cuentra asentado y a un criterio antisísmico;
Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de
la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante In-
forme Nº 076-2004-MML/DMDU-OPDM-DPTN del 26 de
enero de 2004, concluye que por tratarse de una situación
excepcional, la propuesta de Cambio de Zonificación a ZRE
solicitada por la Municipalidad de Villa El Salvador, requiere
de la opinión especializada del Instituto Metropolitano de
Planificación, dentro del marco de la Ordenanza Nº 134-MML;
Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante
Informe de opinión Nº 01-2004-MML/IMP-DPT del 27 de
enero de 2004, opina que es posible considerar favorable
el cambio de zonificación a uso residencial del terreno del
recurso, calificándose como Zona de Reglamentación Es-
pecial - ZRE Vivienda; indicando que deberá cumplirse con
las Recomendaciones de Orden Estructural y de Orden
No Estructural señaladas por INDECI en el Informe Nº 034-
2003-INDECI/DNP/SEP (10.1);
Que, en esta zona, de conformidad con el artículo 12º
de la Ordenanza Nº 134-MML, existe probado interés pú-
blico, debidamente fundamentado por cuanto la Municipali-
dad de Villa El Salvador mediante Acuerdo de Concejo

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