1007 617 - Modifican Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Surquillo

Fecha de disposición28 Marzo 2004
Fecha de publicación28 Marzo 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 28 de marzo de 2004
4. Gestionar acciones conducentes al financiamiento
internacional, donaciones e inversión privada.
5. Realizar campañas de educación vial con relación
al transporte no motorizado.
6. Desarrollar dentro de sus áreas técnica y de educa-
ción, programas de promoción del uso de la bicicleta como
medio alternativo de transporte.
7. Promover la participación de la ciudadanía y em-
presas privadas para alcanzar los objetivos propuestos.
8. Establecer los mecanismos necesarios para lograr
la participación privada, de modo que permita el acceso
del mayor número de personas al transporte no motoriza-
do. 9. Las demás que se establezcan en las normas mu-
nicipales.
Artículo 3º.- Mediante el mejor uso de la red vial de transpor-
te y de acuerdo a sus fines, el Proyecto Especial Metropolitano
de Transporte No Motorizado promoverá el diseño y puesta en
práctica de una Red de Ciclovías que brinden comodidad y segu-
ridad vial al ciclista, así como también que facilite su acceso hacia
todas las áreas de la provincia y desde ésta a la ciudad, en coor-
dinación con los organismos y áreas que corresponda.
Artículo 4º.- Los locales destinados al estacionamien-
to de vehículos, centros laborales y educativos tanto públi-
cos como privados y centros comerciales, que cuenten con
áreas de estacionamiento deberán disponer de una zona
especial para el parqueo exclusivo de bicicletas de por lo
menos el 5% de su área total.
La supervisión del cumplimiento del presente artículo
es de competencia de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, a través de la Dirección Municipal de Fiscalización y
Control, en el Cercado de Lima y de las Municipalidades
Distritales, en sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 5º.- El Proyecto Especial Metropolitano de
Transporte No Motorizado, en coordinación con PRO-
TRANSPORTE, aprobará el diseño general de los estacio-
namientos para parqueo de bicicletas a instalarse, el cual
tendrá carácter de opcional.
Artículo 6º.- La operación de los medios de transporte
no motorizado y su infraestructura serán regulados por el
Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motori-
zado, en coordinación con la Dirección Municipal de Trans-
porte Urbano. Para este efecto, el Proyecto Especial Me-
tropolitano de Transporte No Motorizado elaborará y dicta-
rá las disposiciones y procedimientos necesarios.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS,
TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Otórguese el plazo de 180 días naturales para
que los establecimientos a que hace referencia el artículo
4º de la presente Ordenanza y que vienen funcionando
antes de la puesta en vigencia de la misma, se adecuen a
lo establecido en la presente norma.
Segunda.- Modificar el Inc. 8.6 num. a) del artículo 1º
de la Ordenanza Nº 336, el cual quedará redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 1º.-
(...)
8.6 Playas de Estacionamiento.
No disponer, alterar, eliminar o usar indebidamente la
zona especial para el parqueo exclusivo de bicicletas (lo-
cales destinados al estacionamiento de vehículos, centros
laborales públicos y privados y centros comerciales).”
(...)
Tercera.- Modificar la Infracción con código 08-0601 del
Cuadro de Sanciones y Escala de Multas en el Ambito
Metropolitano de Lima, aprobado por la Ordenanza Nº 337,
el cual quedará redactado de la siguiente manera:
CÓDIGO INFRACCIÓN TIPO DE MEDIDA
INFRAC- COMPLEMEN-
CIÓN TARIA
(...)
URBANISMO
PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO (600)
08-0601 No disponer, alterar, eliminar o usar indebida-
mente la zona especial para el parqueo exclu-
sivo de bicicletas (locales destinados al estacio- L
namiento de vehículos, centros laborales y
educativos tanto públicos como privados y cen-
tros comerciales).
Cuarta.- Las Municipalidades distritales y demás órga-
nos de la Municipalidad Metropolitana de Lima deberán brin-
dar el apoyo necesario al Proyecto Especial Metropolitano
de Transporte No Motorizado, para el cumplimiento de sus
objetivos.
Quinta.- Deróguese la Ordenanza Nº 034.
Sexta.- El Alcalde Metropolitano de Lima dictará las nor-
mas reglamentarias correspondientes.
Séptima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima a los diez y ocho días del mes de marzo de
dos mil cuatro.
MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ
Teniente Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldía
06137
Modifican Plano de Zonificación Gene-
ral de los Usos del Suelo de Lima
Metropolitana a Mediano Plazo corres-
pondiente al distrito de Surquillo
ORDENANZA Nº 617
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Visto en Sesión Ordinaria de fecha 25 de marzo de
2004, el Documento Simple Nº52949-03 presentado por
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien-
to, a través del Director Nacional de Vivienda Ing. Gui-
do Valdivia Rodríguez, quien solicita el cambio de
zonificación de Zona de Industria Liviana - I2 a Zona de
Reglamentación Especial - ZRE, para el uso de vivien-
da del "Plan Nacional Vivienda para Todos", del terreno
de 9,100.00 m2, ubicado en Domingo Orué Nº 565, Urb.
Danmert Muelle, distrito de Surquillo, provincia y de-
partamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana
de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-
cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y el
acondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí-
culo 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú,
modificada por la Ley Nº27680, de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV;
Que, de acuerdo al Artículo 79º inciso 1, numeral 1.2)
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, son fun-
ciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en
materia de organización del espacio físico y uso del suelo:
Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarro-
llo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el
Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás
planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondiciona-
miento Territorial;
Que, por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC de fecha
19 de marzo de 2002, publicada el 20 de marzo del mismo
año, se constituyó la Comisión de Coordinación para facili-
tar la construcción de viviendas, con la finalidad de promo-
ver el acceso de la población a la propiedad privada desti-
nada a la vivienda;
Que, la Comisión de Coordinación Interinstitucional
MML-MVCS indicada en el considerando anterior, en su
sesión de fecha 5 de febrero de 2003 ha sido seleccionado
para el desarrollo del programa de vivienda del "Plan Na-
cional de Vivienda Para Todos" al terreno denominado "Con-
dominio La Floresta", ubicado en el distrito de Surquillo, el
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Lima, domingo 28 de marzo de 2004
mismo que se regirá por el Reglamento de Habilitación y
Construcción Urbana Especial aprobado por Decreto Su-
premo Nº 053-98-PCM y demás disposiciones complemen-
tarias y teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Urba-
no;Que, el terreno materia de cambio de zonificación
es un terreno de propiedad privada, inscrito en la Parti-
da Nº 49056189 del Registro de la propiedad Inmueble
de Lima, a favor de Inversiones Huancavelica S.A.;
asimismo en el rubro C00003 de dicho documento se
encuentra registrada la Asociación en Participación
entre Urbi Propiedades S.A. e Inversiones Huancaveli-
ca S.A.;
Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo median-
te Informe Nº 005-04-GODU/MDS del 12 de enero de
2004, opina por la procedencia del cambio de zonifica-
ción, debido a la vocación de la zona de residencial de
alta densidad y por su colindancia a una vía de impor-
tancia, es importante considerar el aprovechamiento
masivo del mismo; indicando a su vez que no requiere
de opinión vecinal por cuanto el área de influencia se
encuentra dentro de este mismo proceso de modifica-
ción y a un uso similar, por lo tanto opinión válida la
demanda natural demostrada por los propios usuarios,
prescindiéndose del acto formal, por constituirse de
manera implícita la aceptación;
Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, me-
diante Informe Nº 005-2004-MML/IMP-DPT, del 8 de julio
de 2003, opina por la procedencia del cambio de zonifi-
cación de Zona de Industria Liviana - I2 a Zona de Re-
glamentación Especial - ZRE, por encontrarse en una
zona consolidada;
De conformidad con lo opinado por la Comisión
Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomen-
clatura mediante Dictamen Nº023-2004-MML-CDUVN
del 24 de febrero de 2004;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
MODIFICATORIA DEL PLANO DE
ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS
DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA
A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE
AL DISTRITO DE SURQUILLO
Artículo Único.- Modificar el Plano de Zonificación
General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a
Mediano Plazo correspondiente al distrito de Surquillo, pro-
vincia y departamento de Lima, de Zona de Industria Livia-
na - I2 a Zona de Reglamentación Especial - ZRE, para el
uso de vivienda del Plan Nacional Vivienda para Todos, del
terreno de 9,100.00 m2, denominado condominio "La Flo-
resta" ubicado en Domingo Orué Nº 565, urbanización
Danmert Muelle.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, a los veinticinco días del mes de marzo de
dos mil cuatro.
MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ
Teniente Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldía
06237
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 128-DA/MDB
Mediante Oficio Nº 34-2004-SG/MDB, la Municipalidad
de Breña solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu-
ción de Alcaldía Nº 128-DA/MDB, publicado en la edición
del día 21 de marzo de 2004.
En el Artículo Primero
DICE:
"Dr. CELSO DIEZ MAIRENA"
DEBE DECIR:
"Dr. CELSO ENRIQUE DIEZ MAIRENA"
06175
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
Aprueban Texto Único de Procedimien-
tos Administrativos de la Municipalidad
Distrital de Carabayllo
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 047-2004-A/MDC
Carabayllo, 16 de febrero de 2004
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordina-
ria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipali-
dades Nº 27972, referidas a las atribuciones del Con-
cejo Municipal, establece que corresponde a esta ins-
tancia de gobierno, la aprobación del régimen de orga-
nización interior y funcionamiento del gobierno local;
Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Admi-
nistrativo General, ha establecido un nuevo régimen ju-
rídico aplicable por la Administración Pública para que
sirva a la protección del interés general, garantizando
los derechos e intereses de los administrados y con
sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en ge-
neral;
Que, el artículo 36º de la citada Ley se constituye com-
pendiando y sistematizando los procedimientos, requisitos
y costos administrativos establecidos exclusivamente me-
diante Decreto Supremo, norma de mayor jerarquía u Or-
denanzas;
Que, además el artículo 37º de la Ley Nº 27444 esta-
blece la obligatoriedad para todas las entidades de la Ad-
ministración Pública, de elaborar y aprobar su Texto Único
de Procedimientos Administrativos - TUPA, el mismo que
debe ser aprobado por una Ordenanza Municipal;
De acuerdo a lo expuesto y con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta el Pleno del Concejo por Una-
nimidad, ha dado la siguiente:
ORDENANZA
APROBAR EL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos - TUPA 2004 de la Munici-
palidad Distrital de Carabayllo, así como los derechos
contenidos en el presente documento, los mismos que
se anexan y forman parte integrante de la presente Or-
denanza.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA
Alcalde
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 28 de marzo de 2004
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
DIRECCION DE DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA URBANO RURAL
DIVISION DE CATASTRO Y HABILITACIONES URBANAS
DENOMINACIÓN DERECHO EVALUACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD
DEL REQUISITOS DE Autom. Sil. Sil. DONDE SE QUE APRUEBA QUE RESUELVE
ORD. PROCEDIMIENTO PAGO Adm. Adm. INICIA EL EL TRÁMITE EL RECURSO DE
EN UIT (+) (-) TRÁMITE IMPUGNACIÓN
1 HABILITACION 1.- Solicitud dirigida al Alcalde (en caso de condominio será firmada por todos)
URBANA NUEVA 2.- Boleta de Habilitación del profesional responsable.
1,1 APROBACION DEL PROYECTO 3.- Título de Propiedad del terreno registrado que se acreditará con la Copia Literal
Y AUTORIZACION DE EJECUCION DE de dominio expedida por el Registro de la Propiedad de inmueble de Lima y Callao
OBRAS Y CONTROL DE o el Registro Predial Urbano.
PAVIMENTOS 4.- Copia Literal de las Partidas Registrales que acrediten la representación y
facultades de los representantes, tratándose de personas jurídicas propietarias del
terreno.
5.- Certificado de Zonificación y Vías vigente.
6.- Planos (03 copias de c/u), y diskette que incluyan:
BASE LEGAL: Ubicación a escala 1/10 000 con indicación de las coordenadas UTM con referencias.
LEY Nº 26878 Perimétrico a escala 1/1000 con coordenadas UTM de cada vértice y cuadro técnico
D.S. Nº 022-97-MTC amarrado al BM (Beins Mark) Oficial.
D.S. Nº 039-70-MTC -Lotización a escala 1/1000 con inclusión del perímetro y topografía del
terreno, diseño de lotización con nomenclatura de manzanas y calles, perímetros,
áreas y numeral en lotes, aportes, áreas de compensación, vías, aceras, bermas,
sección de vías, curvas y planeamiento integral del contexto urbano consolidado XReconsideracion:
y por consolidar. 60 U.T.D.A. DDIUR DDIUR
7.- Memoria Descriptiva indicando las Mz , Lotes , Areas , Aportes y demás días Apelacion:
características técnicas. ALCALDIA
8.- Declaración Jurada de la reserva de áreas para los aportes reglamentarios.
9.- Pago por déficit de aporte (si fuera el caso).
10.- Factibilidad de los servicios de Agua , Alcantarillado y Energía Eléctrica
otorgado por las empresas o entidades que prestan dichos servicios.
Todos los planos presentados deberán contener rampas para discapacitados
( de acuerdo a la Ley Nº 27050).
POR REGLAMENTO NACIONAL DE CONSTRUCCION
11.- Proyecto de parques, ornamentación y mobiliario urbano a escala coveniente
( detalles de bancas, ubicación de grifos y postes, tipo de árboles, etc ).
12.- Planos de proyectos de canalización de agua de regadío con la constancia de su
presentación al Ministerio de Agricultura, en el caso de no haber cauce de regadío
por canalizar se presentará una Declaración Jurada de inexistencia de canales de
regadío en el área.
13.- Proyecto de Pavimentos.
- Plano de Perfiles.
- Especificaciones técnicas.
- Trazado de Ejes.
- Estudio de suelos
14.- Estudio de impacto ambiental y/o informe del Instituto Nacional de Protección

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