ORDENANZA Nº 1265 - Modifican el Plano de Zonificación del distrito de Santa Anita aprobado por Ordenanza N° 1025

Fecha de disposición05 Agosto 2009
Fecha de publicación05 Agosto 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 5 de agosto de 2009 400341
amarilla todos los establecimientos de salud a nivel
nacional, con la finalidad de implementar medidas de
prevención a fin de evitar los efectos de una potencial
pandemia de influenza que afectara a nuestro país.
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 327-2009/
MINSA de fecha 15 de mayo del 2009, se aprobó la
Directiva Sanitaria Nº 024-MINSA/DGE, con la f‌i nalidad
de contribuir con la mitigación del impacto de la pandemia
de inf‌l uenza por AH1N1 en el Perú, en el marco del
“Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a una
potencial Pandemia de Inf‌l uenza”.
Que, ante la evidencia de circulación del virus
de la Nueva Inf‌l uenza AH1N1 en diferentes ámbitos
del departamento de Lambayeque, es necesario de
manera urgente, implementar acciones de promoción y
prevención en salud orientada al desarrollo de prácticas
de auto cuidado de la salud, a f‌i n de mitigar a pandemia;
y, asimismo generar mecanismos de coordinación,
intersectorial y multisectorial con el objetivo de contribuir
al fortalecimiento institucional con la participación activa
de los gobiernos locales y la población en procesos
de toma de decisiones y en el autocontrol de la salud,
quedando sujetos a las disposiciones que dicta la
autoridad sanitaria regional competente, la que vigilará
su cumplimiento.
Por lo que, estando a lo dispuesto por el Artículo
38 º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional
Lambayeque, ha emitido la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo 1º.- DECLÁRASE prioridad en el ámbito
regional el desarrollo de acciones de promoción,
prevención y control sobre la actual pandemia de Inf‌l uenza
AH1N1, considerada como evento de salud pública de
impacto internacional, nacional y regional de acuerdo a
lo establecido por el Reglamento Sanitario Internacional
(Anexo 01).
Artículo 2º.- SUSPÉNDASE los espectáculos y
eventos públicos de todo tipo con asistencia masiva hasta
el 10 de agosto del presente año, con la f‌i nalidad de
disminuir la transmisión sostenida del virus en la población
del departamento de Lambayeque.
Artículo 3º.- ESTABLÉCESE que las instituciones
públicas y privadas de la región promuevan y desarrollen
prácticas saludables sostenidas mediante medidas
preventivas y de control para la disminución del virus de
la Inf‌l uenza AH1N1.
Artículo 4º.- DECLÁRASE en reunión permanente el
Gobierno Regional de Lambayeque y demás autoridades
y funcionarios locales a f‌i n que se articulen esfuerzos
para el desarrollo de actividades en el marco del Plan de
Respuesta y Mitigación frente a la Pandemia Inf‌l uenza
AH1N1.
Artículo 5º.- EXHORTAR a los gobiernos locales
a tomar en cuenta las disposiciones dictadas a f‌i n de
mitigar los efectos de la Inf‌l uenza AH1N1, priorizando a la
población más vulnerable.
Artículo 6º.- EXHORTAR a la sociedad civil organizada
y población en general a que participen en las acciones
de movilización social y difusión de medidas preventivas
entre sus integrantes.
Artículo 7º.- DISPÓNGASE que en caso de
incumplimiento de las disposiciones de prevención
vigentes deberán adoptarse por parte de las autoridades
competentes las medidas correctivas y sancionadoras
correspondientes conforme a las leyes de la materia.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
NERY SALDARRIAGA DE KROLL
Presidente Regional
378897-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el Plano de Zonificación del
distrito de Santa Anita aprobado por
Ordenanza Nº 1025
ORDENANZA N° 1265
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 2 de
julio del 2009, el Dictamen Nº 130-2009-MML-CMDUVN
de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN
DEL DISTRITO DE SANTA ANITA APROBADO POR
ORDENANZA Nº 1025-MML
Artículo Primero.- Modif‌i car el Plano de Zonif‌i cación
del Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento
de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1025-MML
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha 27 de
junio del 2007, de Residencial de Densidad Media (RDM)
a Industria Elemental y Complementaria (I1), solicitado
por la Empresa Sociedad Importadora S.A., para el predio
de 16,300.00 m2 ubicado entre la Av. Rosales s/n y el Jr.
Batallón Callao, Parcela 3, Sección 1, Sector A, Manzana
Alta del Fundo El Inquisidor.
Artículo Segundo.- Disponer que en los procesos
de Licencias de Habilitación Urbana y de Edif‌i cación del
predio, los administrados deberán cumplir con:
2.1 Considerar en los frentes que colinda con la
zonif‌i cación Residencial, vías de tipo local industrial o
retiros de aislamiento con ancho similar a dichas vías
(16.80 ml.), con la f‌i nalidad de separar los usos y prevenir
impactos ambientales en el entorno.
2.2 Def‌i nir la sección vial normativa del Jr. Batallón
Callao, de nivel local, según la función que ésta
desarrollara: vía industrial frente al predio del recurso y
vía separadora de usos en el tramo f‌i nal hacia la Av. Santa
Rosa.
2.3 Habilitar un área pública para el paso de peatones
que permita una buena transitabilidad, a f‌i n de mitigar los
problemas que genere el f‌l ujo vehicular.
2.4 Elaborar el Estudio de Impacto Vial, que permitan
establecer las condiciones arquitectónicas y urbanísticas
que resuelvan, entre otros, el acceso y la salida de
vehículos sin afectar el funcionamiento de las vías desde
las que se accede.
Artículo Tercero.- Disponer que la Municipalidad
Distrital de Santa Anita apruebe un Estudio de
Planeamiento Integral del entorno, que considere
aspectos de carácter físico, la situación de las áreas
colindantes (usos) y la propuesta específ‌i ca del uso para
el tratamiento del suelo.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo
Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
ejecute las acciones que correspondan para inscribir las
exigencias a que se ref‌i eren los artículos anteriores, en el
Registro de Propiedad Inmueble de la Of‌i cina Registral de
Lima, como carga del mencionado inmueble.
Artículo Quinto.- Encargar al Instituto Metropolitano
de Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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