ACUERDO Nº 025-2008-GR.CAJ-CR - Aprueban el Plan Anual 2008 del Gobierno Regional Cajamarca

Fecha de disposición17 Abril 2008
Fecha de publicación17 Abril 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 17 de abril de 2008 370781
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Fijan Factores de Conversión
Monetaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL
ADJUNTA DE ADUANAS
Nº 194-2008-SUNAT/A
Callao, 15 de abril de 2008
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12º del Reglamento de la Ley General
de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-
EF, señala que para la declaración de la base imponible de
los derechos arancelarios y demás tributos aduaneros, los
valores se expresarán en dólares de los Estados Unidos de
América;
Que asimismo el tercer párrafo del citado artículo señala
que en el caso de valores expresados en otras monedas
extranjeras, éstos se convertirán a dólares de los Estados
Unidos de América debiéndose establecer un mecanismo
de difusión que permita a los usuarios conocer con suf‌i ciente
anticipación los factores de conversión monetaria:
Que teniendo en cuenta lo señalado anteriormente resulta
necesario actualizar los factores de conversión establecidos
en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de
Aduanas Nº 0143-2008-SUNAT/A, considerando los factores
f‌i jados por la Superintendencia de Banca y Seguros;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 12º
del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado
por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, por el inciso g) del
artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de
la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM
y por Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Fíjese los factores de conversión monetaria
a utilizarse en la declaración de la base imponible a que
se ref‌i ere el tercer párrafo del artículo 12º del Reglamento
de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº
011-2005-EF, de acuerdo al detalle siguiente:
PAIS MONEDA TIPO DE CAMBIO
(US$)
Unión Europea Euro 1.577287
Angola Kwanza 0.013355
Argelia Dínar Argelino 0.015444
Argentina Peso Argentino 0.315726
Aruba Florín Arubeño 0.561798
Australia Dólar Australiano 0.913325
Bolivia Boliviano 0.134771
Brasil Real 0.569671
Bulgaria Lev 0.806582
Canadá Dólar Canadiense 0.974944
Chile Peso Chileno 0.002289
China República Popular de Yuan 0.142613
Colombia Peso Colombiano 0.000546
Corea República de Won 0.001010
Dinamarca Corona Danesa 0.211542
Ecuador Sucre 0.000040
Guatemala Quetzal 0.131839
Hong Kong Dólar de Hong Kong 0.128498
India Rupia de la India 0.024988
Indonesia Rupia de Indonesia 0.000109
Irán Rial Iraní 0.000110
Japón Yen Japonés 0.010012
Malasia, Federación de Dólar Malasio o Ringgit 0.312793
México Nuevo Peso Mexicano 0.093994
Nigeria Naira 0.008544
Noruega Corona Noruega 0.196240
Panamá Balboa 1.000000
Paraguay Guaraní 0.000232
Reino Unido (Inglaterra) Libra Esterlina 1.983000
Rusia Federación de Rublo 0.042543
Sudáfrica Rand 0.123077
Suecia Corona Sueca 0.168248
Suiza Franco Suizo 1.005834
Tailandia Baht 0.031888
Taiwan (China Nacionalista) Nuevo Dólar de Taiwan 0.032912
Trinidad y Tobago Dólar de Trinidad Y Tobago 0.159744
Turquía Lira 0.751993
Uruguay Peso Uruguayo 0.049383
Venezuela Bolivar Venezolano 0.466287
Viet Nam Dong 0.000062
Artículo 2º.- Los factores a que se ref‌i ere el artículo
anterior deberán ser utilizados a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE
Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas
189251-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE CAJAMARCA
Aprueban el Plan Anual 2008 del
Gobierno Regional Cajamarca
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 025-2008-GR.CAJ-CR
Cajamarca, 31 de marzo de 2008
El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca,
en su Sesión Ordinaria de fecha 28 de marzo del año 2008;
VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 003-2008-GR.CAJ/
COP, evacuado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
referente aprobar el Plan Anual 2008 del Gobierno Regional
Cajamarca, con el voto mayoritario del Pleno; y,
CONSIDERANDO:
- Que, mediante Ley Nº 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, artículo 15º literal “c” establece
que: “es atribución del Consejo Regional aprobar el Plan
Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el
marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de
conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del
Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General
de la República y la ley de Prudencia y Transparencia
Fiscal”. De otro lado en el artículo 11º-B, señala como
funciones del Consejo de Coordinación Regional, que
sus miembros emiten opinión consultiva, concertando
CIUDAD MUESTRA RUC RAZÓN SOCIAL DIRECCIÓN MESES QUE NO
RESPONDIERON
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TRUJILLO 64 20131861037 EMPRESA DE TRANSPORTES CHINCHAY SUYO AV. GONZALES PRADA 337 URB. CHICAGO DICIEMBRE
TRUJILLO 337 20165342187 INDUSTRIAS PERUANAS DE FIBRAS
AGLOMERADAS AV. 2 CALLE 1 PARQUE INDUSTRIAL DICIEMBRE
189056-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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