2605 0131-2001/INDECOPI-CRT 0136-2001/INDECOPI-CRT - Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre Gestión Ambiental, Petróleo y derivados, Código de Barras, Cementos y Gas Licuado de Petróleo

Fecha de disposición03 Diciembre 2001
Fecha de publicación03 Diciembre 2001
Pág. 213339
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 3 de diciembre de 2001
INDECOPI
Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre Ges-
tión Ambiental, Petróleo y derivados, Código de
Barras, Cementos y Gas Licuado de Petróleo
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS
TÉCNICOS Y COMERCIALES
Nº 0131-2001/INDECOPI-CRT
Lima, 8 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del
Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones
del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo 807,
corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y
Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de
Normalización, aprobar las Normas Técnicas
recomendables para todos los sectores;
Que, las actividades de Normalización deben realizarse
sobre la base del Código de Buena Conducta para la
Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura
como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al
Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación
nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho
Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través
del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte
el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas
Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos
de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-
2000/INDECOPI-CRT, respectivamente;
Que, toda vez que las actividades de elaboración y
actualización de Normas Técnicas Peruanas deben
realizarse con la participación de representantes de todos
los sectores involucrados: producción, consumo y técnico,
constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la
Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de
Normalización Permanentes: a) Gestión Ambiental, b)
Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, y c)
Codificación e intercambio electrónico de datos - Edi, de
acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités
Técnicos de Normalización antes señalado;
Que, los Comités Técnicos de Normalización indicados,
presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas
(PNTP) en las fechas siguientes:
1. Gestión Ambiental, 1 PNTP, el 28 de junio del 2001.
2. Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, 2 PNTP,
el 6 de agosto del 2001.
3. Codificación e intercambio electrónico de datos - EDI,
2 PNTP, el 4 de setiembre del 2001.
Estos Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron
elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y
Aprobación de Normas Técnicas Peruanas. El primer y
segundo grupo de Proyectos de Normas Técnicas Peruanas
fueron elaborados mediante el Sistema Ordinario, y
sometidos a Discusión Pública por un período de sesenta
días calendario y el tercer grupo de Proyectos de Normas
Técnicas Peruanas fue elaborado mediante el Sistema de
Adopción, y sometido a Discusión Pública por un período
de treinta días calendario;
Que, el primer, el segundo y el tercer grupo de Proyectos
de Normas Técnicas Peruanas fueron sometidos a
Discusión Pública, a partir del 3 de setiembre, 5 de
setiembre y 2 de octubre del año en curso, respectivamente;
Que, no habiéndose recibido observaciones a los
Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la
evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la
Comisión recomendó su aprobación, como Normas
Técnicas Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica,
de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto
Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/
INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de
sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 8 de
noviembre del 2001.
RESUELVE:
Primero.- APROBAR como Normas Técnicas
Peruanas, las siguientes:
NTP 900.017:2001 GESTIÓN AMBIENTAL. Emisiones atmosféricas.
Determinaciones de emisiones de materia particu-
lada de fuentes estacionarias. Método de filtración
en chimenea. 1ª Edición.
NTP 321.001:2001 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Kerosene. Especifi-
caciones. 2ª Edición.
Reemplaza a la NTP 321.001:1986
NTP 321.002:2001 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Petróleos industria-
les. Especificaciones. 2ª Edición.
Reemplaza a la NTP 321.002:1989
NTP-ISO/IEC 15421:2001 CÓDIGO DE BARRAS. Tecnología de la informa-
ción. Técnicas para la identificación automática y
captura de datos. Especificaciones para prueba
de código de barras maestro. 1ª Edición.
NTP-ISO/IEC 15426-1:2001 CÓDIGO DE BARRAS. Tecnología de la informa-
ción. Técnicas para la identificación automática y
captura de datos. Especificaciones de conformi-
dad del verificador de código de barras. 1ª Edición.
Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas
Técnicas Peruanas:
NTP 321.001:1986 PÉTROLEO Y DERIVADOS. Kerosene
NTP 321.002:1989 PÉTROLEO Y DERIVADOS. Petróleo residual
Regístrese y publíquese.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Reglamentos
Técnicos y Comerciales
35463
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS
TÉCNICOS Y COMERCIALES
Nº 0132-2001/INDECOPI-CRT
Lima, 8 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del
Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones
del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo 807,
corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y
Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de
Normalización, aprobar las Normas Técnicas
recomendables para todos los sectores;
Que, las actividades de Normalización deben realizarse
sobre la base del Código de Buena Conducta para la
Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura
como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al
Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación
nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho
Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través
del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte
el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas
Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos
de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-
2000/INDECOPI-CRT, respectivamente;
Que, toda vez que las actividades de elaboración y
actualización de Normas Técnicas Peruanas deben
realizarse con la participación de representantes de todos
los sectores involucrados: producción, consumo y técnico,
constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la
Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización
Permanente de Cementos, cales y yesos, de acuerdo a lo
dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de
Normalización antes señalado;
Que, el 3 de agosto del 2001, el Comité Técnico
señalado presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión
6 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, los cuales
fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de
Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas
mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusión
Pública por un período de sesenta días calendario, contados
a partir del 3 y 5 de setiembre del año en curso;
Que, no habiéndose recibido observaciones a los
Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la
evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la
Comisión recomendó la aprobación de los Proyectos de
Normas Técnicas Peruanas, como Normas Técnicas
Peruanas;

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