1075 0033-2002/INDECOPI-CRT - Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre petróleo y derivados, carne y productos cárnicos
Fecha de disposición | 27 Abril 2002 |
Fecha de publicación | 27 Abril 2002 |
Pág. 221986
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 27 de abril de 2002
DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $
PUNO/MELGAR
AYAVIRI 0.00 62.39
NUÑOA 0.00 62.39
PUNO/MOHO
MOHO 0.00 62.39
PUNO/PUNO
ACORA 0.00 62.39
CAPACHICA 0.00 62.39
PUNO 0.00 62.39
PUNO/SAN ANTONIO DE PUTINA
ANANEA 0.00 54.02
PUTINA 0.00 62.39
SINA 0.00 5.98
PUNO/SAN ROMAN
CABANILLAS 0.00 140.00
JULIACA 0.00 62.39
PUNO/SANDIA
ALTO INAMBARI 0.00 240.00
LIMBANI 0.00 16.39
SAN JUAN DEL ORO 0.00 62.39
PUNO/YUNGUYO
YUNGUYO 0.00 62.39
300.30 190,278.18
7586
INDECOPI
Aprueban Normas Técnicas Peruanas
sobre petróleo y derivados, carne y pro-
ductos cárnicos
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS
TÉCNICOS Y COMERCIALES
Nº 0033-2002/INDECOPI-CRT
Lima, 11 de abril de 2002
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del
Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones
del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807,
corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y
Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Nor-
malización, aprobar las Normas Técnicas recomendables
para todos los sectores;
Que, las actividades de Normalización deben realizarse
sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adop-
ción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como
Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comer-
cio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación na-
cional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho
Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a tra-
vés del Sistema Peruano de Normalización, del cual for-
man parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de
Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités
Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolu-
ción Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, respectivamente;
Que, toda vez que las actividades de elaboración y ac-
tualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizar-
se con la participación de representantes de todos los sec-
tores involucrados: producción, consumo y técnico, consti-
tuidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión
conformó los siguientes Comités Técnicos de Normaliza-
ción Permanentes: a) Petróleo y derivados. Combustibles
líquidos, y b) Carne y productos cárnicos, de acuerdo a lo
dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Nor-
malización antes señalado;
Que, los Comités Técnicos de Normalización indicados,
presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas
(PNTP) en las fechas siguientes:
1. Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, 1 PNTP:
PNTP 321.102:2001 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Gasoli-
nas uso motor. Especificaciones, el 6 de agosto del 2001.
2. Carne y productos cárnicos, 1 PNTP: PNTP-ISO
13730:2001 CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS. Determi-
nación del contenido total de fósforo. Método espectrofoto-
métrico, el 14 de diciembre del 2001.
Estos Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron
elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y
Aprobación de Normas Técnicas Peruanas. El primer Pro-
yecto fue elaborado mediante el Sistema Ordinario y so-
metido a Discusión Pública por un período de sesenta días
calendario, a partir del 20 de setiembre. Por su parte, el
segundo Proyecto fue elaborado mediante el Sistema de
Adopción, y sometido a Discusión Pública por un período
de treinta días calendario, a partir del 4 de marzo;
Que, el primer Proyecto de Norma Técnica Peruana,
recibió observaciones las que fueron revisadas, evaluadas
y aprobadas por el Comité Técnico respectivo, sometién-
dolo a consideración de la Comisión, mientras que el se-
gundo Proyecto no recibió observaciones;
Que, luego de la evaluación correspondiente, la Secre-
taría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación de
los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, como Nor-
mas Técnicas Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica,
de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto
Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECO-
PI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miem-
bros, reunidos en su sesión de fecha 11 de abril del 2002;
RESUELVE:
Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas,
las siguientes:
NTP 321.102:2002 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Gasolinas uso
motor. Especificaciones. 1ª Edición.
Reemplaza a las NTPs: 321.004:1981 y
321.090:1984
NTP-ISO 13730:2002 CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS. De-
terminación del contenido total de fósforo.
Método espectrofotométrico. 1ª Edición.
Reemplaza a la NTP 201.039:1982
Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Téc-
nicas Peruanas:
NTP 321.004:1981 PETRÓLEO Y SUS DERIVADOS. Gasolina
de motor.
NTP 321.090:1984 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Gasolina sin
plomo para motor.
NTP 201.039:1982 CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS. De-
terminación del contenido de fósforo total.
Regístrese y publíquese.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de
Reglamentos Técnicos y Comerciales
7556
INFES
Autorizan adquisición de 174 módulos
prefabricados de ángulos ranurados de dos
aulas y materiales complementarios, me-
diante adjudicación de menor cuantía
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
Nº 067-2002-ME-INFES
Lima, 26 de abril de 2002
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión Nº 404 del 30.1.2002, el Consejo Direc-
tivo autorizó la financiación de 343 aulas prefabricadas aún
no instaladas en el sur del país (Arequipa, Ayacucho, Mo-
quegua y Tacna), atendiendo lo solicitado por el Viceminis-
terio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, a
través del Oficio Nº 11-2001-VMGI-ME de fecha 30.1.2002;
Que, las Licitaciones Públicas Nacionales Nºs. 001 y 002-
2002-ME-INFES, convocadas al amparo del acuerdo adop-
tado en la sesión antes referida, para la adquisición de "174
Módulos Prefabricados de Ángulos Ranurados de dos Au-
las" y "Materiales Complementarios", respectivamente, fue-
ron declaradas Desiertas, el primer proceso en forma total,
y el segundo en forma parcial, correspondiendo la segunda
convocatoria, en el caso de la Licitación Pública Nacional
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