06 0141-2001/INDECOPI-CRT - Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre irradiación de alimentos, petróleo, carne, productos de cacao y otros

Fecha de publicación09 Diciembre 2001
Fecha de disposición09 Diciembre 2001
Pág. 213648
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 9 de diciembre de 2001
del Espino S.A., el mismo que será de acceso público a
través del portal de internet www.indecopi.gob.pe/tribunal/
cds/informes.asp, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 12º del Acuerdo;
Que, sobre la base del referido Informe, existen indi-
cios de la existencia de dumping, daño y relación causal;
Estando a lo acordado en la sesión del 29 de noviem-
bre del 2001, y de conformidad con el Artículo 22º del De-
creto Ley Nº 258687;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer el inicio del procedimiento de in-
vestigación por la supuesta existencia de prácticas de dum-
ping en las importaciones de aceite vegetal refinado de
soya, girasol y sus mezclas originarias y/o procedentes de
la República Argentina y de la República Federativa del
Brasil producidos y/o exportados por las empresas argen-
tinas Nidera S.A., Molinos Río de la Plata S.A., Aceitera
General Deheza S.A., Aceitera Martínez S.A y la empresa
brasileña Ceval Alimentos S.A., destinadas a la Región
Oriente del Perú, y que en el período analizado ingresaron
bajo las subpartidas 1507.90.00.00, 1512.19.00.00 y
1515.90.00.00 del arancel de Aduanas. La mención a las
anteriores subpartidas es referencial, prevaleciendo la des-
cripción del producto a efectos de la presente investiga-
ción.
Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a los go-
biernos de la República Argentina y de la República Fede-
rativa del Brasil, a Industrias del Espino S.A., así como a
las partes involucradas, e invitar a apersonarse al procedi-
miento a todos aquellos que tengan legítimo interés en la
investigación. La dirección a la que se debe enviar toda
comunicación es:
Comisión de Fiscalización de Dumping y
Subsidios - Indecopi
Calle De La Prosa 138, San Borja
Lima 41, Perú
Teléfono :(51-1) 224-7800 (anexo 1221)
Fax :(51-1) 224-7800 (anexo 1296)
Correo Electrónico: cds@indecopi.gob.pe
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Dia-
rio Oficial El Peruano de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 043-97-EF.
Artículo 4º.- Poner en conocimiento de las partes
interesadas que el plazo otorgado para ejercer sus de-
rechos es de seis (6) meses contados a partir de la
publicación de la presente Resolución, de acuerdo con
lo establecido en el Artículo 22° BIS del Decreto Su-
premo N° 043-97-EF modificado por el Decreto Supre-
mo N° 144-2000-EF.
Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen-
cia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial
El Peruano, fecha a partir de la cual se computará el inicio
del procedimiento de investigación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PETER BARCLAY PIAZZA
Vicepresidente
Comisión de Fiscalización
de Dumping y Subsidios
INDECOPI
7DECRETO LEY N° 25868. Artículo 22°.- Corresponde a la Comisión de
Fiscalización de Dumping y Subsidios velar por el cumplimiento de las nor-
mas para evitar y corregir las distorsiones de la competencia en el mercado
generadas por el “dumping” y los subsidios (...)
35916
Aprueban Normas Técnicas Peruanas
sobre irradiación de alimentos, petró-
leo, carne, productos de cacao y otros
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS
TÉCNICOS Y COMERCIALES
Nº 0141-2001/INDECOPI-CRT
Lima, 5 de diciembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del
Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones
del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº
807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos
y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de
Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomen-
dables para todos los sectores;
Que, las actividades de Normalización deben realizarse
sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adop-
ción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como
Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comer-
cio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional
mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo
viene siendo implementado por la Comisión a través del Sis-
tema Peruano de Normalización, del cual forman parte el
Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técni-
cas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Nor-
malización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2001/
INDECOPI-CRT, respectivamente;
Que, toda vez que las actividades de elaboración y actua-
lización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con
la participación de representantes de todos los sectores invo-
lucrados: producción, consumo, y técnico, constituidos en
Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó
los siguientes Comités Técnicos de Normalización Perma-
nentes: a) Alimentos Irradiados, b) Petróleo y derivados. Com-
bustibles líquidos, c) Codificación e intercambio electrónico
de datos - EDI, d) Cacao y chocolate y e) Carne y productos
cárnicos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de
Comités Técnicos de Normalización antes señalado;
Que, los Comités Técnicos de Normalización indica-
dos, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Perua-
nas (PNTP) en las fechas siguientes:
1. Alimentos Irradiados, 1 PNTP, el 29 de agosto del 2001.
2. Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, 1 PNTP,
el 31 de agosto del 2001.
3. Codificación e intercambio electrónico de datos - EDI,
1 PNTP, el 4 de setiembre del 2001.
4. Cacao y chocolate, 3 PNTP, el 10 de setiembre del 2001.
5. Carne y productos cárnicos, 1 PNTP, el 13 de se-
tiembre del 2001.
Estos Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron
elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y
Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sis-
tema Ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un
período de sesenta días calendario, a partir del 2 de octu-
bre del año en curso;
Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyec-
tos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación
correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión reco-
mendó la aprobación de los Proyectos de Normas Técnicas
Peruanas, como Normas Técnicas Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de
conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legis-
lativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT,
la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reuni-
dos en su sesión de fecha 5 de diciembre del 2001;
RESUELVE:
Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua-
nas, las siguientes:
NTP 209.500:2001 IRRADIACIÓN DE ALIMENTOS,
Requisitos. 1ª Edición
NTP 321.006:2001 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Tur-
bo combustible A-1. Especificacio-
nes. 2ª Edición.
Reemplaza a la NTP 321.006:1980

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR