RESOLUCION N° 173-2013-GR.LAMB/PR - Autorizan a Procurador Público Regional iniciar e impulsar acciones penales, civiles y las que fueran pertinentes respecto a adquisición de equipos celulares móviles, duplicidad de pagos en remodelación de instalaciones eléctricas y afectación del área de influencia del Terminal Marítimo de Puerto Eten

Fecha de publicación23 Mayo 2013
Fecha de disposición23 Mayo 2013
El Peruano
Jueves 23 de mayo de 2013 495329
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
FELIX MORENO CABALLERO
Presidente
940960-1
GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE
Autorizan a Procurador Público Regional
iniciar e impulsar acciones penales,
civiles y las que fueran pertinentes
respecto a adquisición de equipos
celulares móviles, duplicidad de pagos
en remodelación de instalaciones
eléctricas y afectación del área de
influencia del Terminal Marítimo de
Puerto Eten
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 172-2013-GR.LAMB/PR
7 de mayo de 2013
VISTO:
Of‌i cio Nº 435-2013-GR.LAMB/SG de fecha 12 de
abril del 2013 que contiene el Acuerdo de Sesión de
Directorio de fecha 12 de abril del 2013, en el que
se Autoriza la intervención del Procurador Público
Regional en el caso incoado por el Jefe de la Of‌i cina
Regional de Administración, economista Víctor Hugo
Miranda Monteza, ante la Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Turno, conforme a la Denuncia Verbal
Nº 279-2013-RPN-CH-DIRTEPOL-LAMB-DIVICAJ/
PF-CH, solicitando la expedición del presente acto
resolutivo, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Denuncia Verbal Nº 279-2013-RPN-
CH-DIRTEPOL-LAMB-DIVICAJ/PF-CH, el Jefe de la
Of‌i cina Regional de la Administración, economista
Víctor Hugo Miranda Monteza, interpone denuncia
ante la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Turno,
sobre la adquisición virtual con pago diferido, de veinte
equipos celulares móviles de última generación, a la
Empresa de Telefonía Móvil MOVISTAR, que fueron
recibidas por César La Madrid Bermúdez, pedido que no
se ha contratado, ni usado por el Gobierno Regional de
Lambayeque; disponiéndose la remisión del expediente
que lo contiene, al Directorio de Gerentes a f‌i n de que
se autorice al Procurador Público Regional para que
interponga las acciones legales necesarias en relación a
los hechos en referencia;
Que, además del Of‌i cio Nº 435-2013-GR.LAMB/SG,
que contiene el Acuerdo de Sesión de Directorio de fecha
12 de abril del 2013, se remite a Secretaría General las
piezas procesales del expediente de la referencia, a efecto
de que se autorice al Procurador Público Regional para
que interponga las acciones legales que corresponda, en
cumplimiento a lo decidido en el indicado acto;
Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del
Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 12 de
abril del 2013, se aprobó emitir la Resolución Ejecutiva
correspondiente para el inicio de las acciones penales
y las que fueran pertinentes, atendiendo a que de los
hechos consistentes en la adquisición virtual, no realizada
por el Gobierno Regional, se inf‌i ere la materialización de
ilícitos de carácter penal;
En cumplimiento del artículo 78º de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales Nº 27867, Inc. 2 del artículo
23º del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo
del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, artículo 38º
del Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS “Reglamento
del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de
Defensa Jurídica del Estado”, que estipula que para
iniciar cualquier proceso en nombre y representación
del Gobierno Regional, el Procurador Público Regional
deberá contar con autorización por Resolución Ejecutiva
Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales;
En uso de las atribuciones conferidas por Ley Orgánica
de los Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867
y su modif‌i catoria Ley Nº 27902, concordante con el
Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno
Regional Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional
Nº 009-2011-GR.LAMB/CR, de fecha 20 de abril de 2011
y contando con el visto de la Of‌i cina Regional de Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Procurador
Público Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del
Gobierno Regional Lambayeque, abogado Enrique
Eduardo Salazar Fernández, para que en nombre y
representación del Estado, inicie e impulse las acciones
penales y las que fueren pertinentes, respecto a la
adquisición virtual con pago diferido, de veinte equipos
celulares móviles de última generación, a la Empresa
de Telefonía Móvil MOVISTAR, que fueron recibidas
por César La Madrid Bermúdez, pedido que no se
ha contratado, ni usado por el Gobierno Regional de
Lambayeque
Artículo Segundo.- REMITIR los antecedentes del
caso al indicado Procurador Público Regional a cargo de
los asuntos judiciales del Gobierno Regional Lambayeque,
para los f‌i nes a que se contrae la presente Resolución.
Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, además en
el Portal Institucional www.regionlambayeque.gob.pe en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley
Nº 29091.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUMBERTO ACUÑA PERALTA
Presidente Regional
940284-1
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 173-2013-GR.LAMB/PR
7 de mayo de 2013
VISTO:
Of‌i cio Nº 435-2013-GR.LAMB/SG de fecha 12 de
abril del 2013 que contiene el Acuerdo de Sesión de
Directorio de fecha 12 de abril del 2013, en el que se
Autoriza la intervención del Procurador Público Regional
para la interposición de denuncia que proceda, respecto
a duplicidad de pagos en remodelación de instalaciones
eléctricas, solicitando la expedición del presente acto
resolutivo, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante “Examen especial al sistema de
abastecimiento sobre verif‌i cación de denuncias en torno
al proceso de selección y presuntas irregularidades
en la reparación y remodelación de las instalaciones
eléctricas interiores de la sede del Gobierno Regional de
Lambayeque- periodo 01 Enero 2010, 31 de diciembre
2011” punto 2); se determinó haber cancelado de más
al proveedor “Instalaciones Mecánicas Especiales SRL”

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