06 516-2005-INPE/P - Precisan que contratación de servicios personalísimos del Archivo General de la Nación se efectuará a través de recursos ordinarios

Fecha de disposición24 Septiembre 2005
Fecha de publicación24 Septiembre 2005
Pág. 300920
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 24 de setiembre de 2005
Que, actualmente el servicio de Pólizas de Seguros
de Accidentes Personales - Seguro EsSalud Vida, se
encuentra a cargo de La Positiva Seguros y Reaseguros,
con quien se ha suscrito el contrato por el período del
1.6.2005 al 1.6.2008;
Que, con la finalidad de estandarizar los procedimientos
de registro del afiliado titular y beneficiarios y de
presentación a EsSalud de las solicitudes de indemnización
del Seguro de Accidentes Personales - Seguro EsSalud
Vida, en caso de afiliados titulares y/o cónyuge o
concubina(o) que han sufrido accidentes, es necesario
aprobar los formularios respectivos;
De conformidad con las facultades conferidas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR los siguientes formularios,
relacionados con el Seguro EsSalud Vida, los mismos
que forman parte de la presente resolución:
a) Formulario 6008, Registro del Afiliado y Beneficiarios,
para la declaración y registro de la información del afiliado
titular y beneficiarios, a cargo del afiliado titular.
Este formulario se presentará en original (EsSalud) y
dos copias (Compañía Aseguradora y Usuario).
b) Formulario 9000, Solicitud de Indemnización -
Seguro EsSalud Vida, para solicitar las indemnizaciones
por siniestros del afiliado titular y/o su cónyuge o
concubina(o) coberturados por el Seguro EsSalud Vida.
Este formulario se presentará en original (Compañía
Aseguradora) y dos copias (EsSalud y Usuario).
Los formularios en mención deberán ser presentados
por los interesados en:
- Lima y Callao : Agencias de EsSalud.
- Provincias : Oficinas o Unidades de Seguros de
las Redes Asistenciales de
EsSalud.
Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente a su publicación.
Artículo 3º.- DISPONER que la Gerencia de Servicios
al Asegurado coordine la publicación de los formularios
referidos en el artículo 1º de la presente Resolución en la
página web del Seguro Social de Salud - EsSalud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SEGUNDO MONTOYA MESTANZA
Gerente Central de Seguros
16312
INPE
Precisan que contratación de servicios
personalísimos del Archivo General de
la Nación se efectuará a través de
recursos ordinarios
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 516-2005-INPE/P
Lima, 19 de setiembre de 2005
VISTOS, el Oficio N° 1832-2005-INPE/10 de fecha 12
de setiembre de 2005, de la Oficina General de
Administración, el Oficio N° E-580-2005/GTN/MON de
fecha 7 de setiembre de 2005, emitido por la Subgerencia
de Monitoreo del CONSUCODE y Oficio N° 633-2005-
INPE/06 de fecha 14 de setiembre de 2005, de la Oficina
General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Presidencial N° 362-2005-
INPE/P de fecha 30 de junio de 2005 y publicada en el
Diario Oficial El Peruano el 9 de julio de 2005, se exonera
del proceso de selección de Adjudicación Directa
Selectiva, la contratación de servicios especializados del
Archivo General de la Nación, bajo la causal de servicios
personalísimos; autorizándose a la Oficina General de
Administración a contratar los servicios especializados
de dicha entidad, a fin de que brinde el servicio destinado
a la organización, selección y descripción documental del
Archivo Central del Instituto Nacional Penitenciario;
Que, a través del Oficio Nº E-580-2005/GTN/MON de fecha
7 de setiembre de 2005, la Subgerencia de Monitoreo del
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
- CONSUCODE, señala que la parte resolutiva de la resolución
antes mencionada debe precisar entre otros extremos, la fuente
de financiamiento, la cual ha sido omitida, por lo que debe ser
materia de una nueva publicación, a fin de cumplir con lo
dispuesto en el numeral 6.5 de las Disposiciones Específicas
de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por
Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, “Publicación de
Avisos Referidos a Procesos de Selección”, que señala que en
la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneración
del proceso de selección se deberá precisar el tipo y la
descripción básica de los bienes, servicios u obras materia de
exoneración, el valor referencial y la fuente de financiamiento;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante
Oficio Nº 633-2005-INPE/06 de fecha 14 de setiembre de
2005, señala que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto
por la Directiva en mención, es necesario subsanar la
omisión incurrida en la parte Resolutiva de la Resolución
Presidencial Nº 362-2005-INPE/P, debiéndose precisar la
fuente de financiamiento que servirá para la contratación
de los servicios especializados prestados por el Archivo
General de la Nación;
Que, estando a lo requerido por la Subgerencia de
Monitoreo del CONSUCODE y lo opinado por la Oficina
General de Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones
del Consejo Nacional Penitenciario, Oficina General de
Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en la Resolución
Nº 118-2001-CONSUCOPE-PRE, la misma que aprueba
la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE “Publicación
de Avisos Referidos a Procesos de Selección”; y estando
a las facultades conferidas mediante Resolución Suprema
Nº 037-2004-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- PRECISAR, que la contratación de los
servicios personalísimos del Archivo General de la Nación,
autorizado mediante Resolución Presidencial N° 362-2005-
INPE/P de fecha 30 de junio de 2005, se efectuará a través de
la Fuente de Financiamiento 00: RECURSOS ORDINARIOS.
Artículo 2°.- REMITIR, copia de la presente Resolución
al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado - CONSUCODE, interesados y a las instancias
correspondientes para los fines de Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Presidente
Instituto Nacional Penitenciario
16269
INSTITUTO PERUANO
DEL DEPORTE
Encargan Jefatura del Órgano de
Control Institucional del IPD
RESOLUCIÓN Nº 331-2005-P/IPD
Lima, 19 de setiembre de 2005
Visto el Oficio Nº 1147-2005-CG/OCI-GSNC, de fecha
2 de setiembre de 2005;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 1 de agosto de 2005,
el señor CPC Ricardo Cárdenas Quispe renuncia al cargo
de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto
Peruano del Deporte;
Que, por Resolución Nº 316-2005-P/IPD de fecha 26
de agosto de 2005 se acepta la Renuncia, poniendo en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR