1509 194-2005-DE/CCFFAA - Autorizan viaje de personal militar para participar en misiones de paz de la ONU

Fecha de disposición24 Marzo 2005
Fecha de publicación24 Marzo 2005
Pág. 289581
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 24 de marzo de 2005
período comprendido del 25 de febrero al 31 de diciem-
bre del 2005;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la
autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios
Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley
Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de di-
ciembre del 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de
fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004
DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria De-
creto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión
de Estudios al CADETE I AÑO EP PEÑARANDA EVARIS-
TO Gustavo Alfonso, para realizar Estudios de Forma-
ción de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación de la
República de Argentina en el período comprendido del
25 de febrero al 31 de diciembre del 2005.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer-
do a los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima - Buenos Aires - Lima
US$ 996.40 x 1 persona
Compensación Extraordinaria Mensual por Ser-
vicio en el Extranjero
US$ 500.00 : 28 x 4 días x 1 persona (mes de febre-
ro)US$ 500.00 x 10 meses x 1 persona
(Por gastos de equipaje, bagaje e instalación)
US$ 500.00 x 2 x 1 persona
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto
US$ 28.24
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin
exceder el total de días autorizados.
Artículo 4º.- El citado Cadete deberá dar cumpli-
miento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supre-
mo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la
Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002 -
2004 - DE/SG de fecha 26 de enero del 2004.
Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere-
cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros
de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución será refrenda-
da por el Presidente del Consejo de Ministros y por el
Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Consejo de Ministros
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
06164
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 189-2005-DE/EP
Lima, 21 de marzo de 2005
Visto, el Oficio Nº 205 DIEDE/SUB DIR PLMTO Y
EVAL/DPTO EDUC/a.05.00 del 8 de febrero del 2005, de
la Sub Dirección de Planeamiento y Evaluación de la
Dirección de Educación y Doctrina del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses Instituciona-
les autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a
Brasil al CADETE I AÑO EP CELIZ ROCHA Jean Carlo,
con la finalidad de realizar Estudios de Formación de
Oficiales en la Academia Militar "AGHULAS NEGRAS"
de la República Federativa del Brasil, en el período com-
prendido del 25 de febrero al 31 de diciembre del 2005;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de Servidores y Fun-
cionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de
Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia
Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004, Decreto Su-
premo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002,
Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de
enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo
Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión
de Estudios al CADETE I AÑO EP CELIZ ROCHA Jean
Carlo, para realizar Estudios de Formación de Oficiales
en la Academia Militar "AGHULAS NEGRAS" de la Re-
pública Federativa del Brasil, en el período comprendido
del 25 de febrero al 31 de diciembre del 2005.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer-
do a los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima - Río de Janeiro - Lima
US$ 1669.40 x 1 persona
Compensación Extraordinaria Mensual por Ser-
vicio en el Extranjero
US$ 500.00: 28 x 4 días x 1 persona (mes de febre-
ro)US$ 500.00 x 10 meses x 1 persona
(Por gastos de equipaje, bagaje e instalación)
US$ 500.00 x 2 x 1 persona
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto
US$ 28.24
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin
exceder el total de días autorizados.
Artículo 4º.- El citado Cadete deberá dar cumpli-
miento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supre-
mo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la
Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002 -
2004 - DE/SG de fecha 26 de enero del 2004.
Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere-
cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros
de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución será refrenda-
da por el Presidente del Consejo de Ministros y por el
Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Consejo de Ministros
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
06165
Autorizan viaje de personal militar para
participar en misiones de paz de la
ONU RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 194-2005-DE/CCFFAA
Lima, 21 de marzo de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Acta de Acuerdo Bilateral, entre las
Repúblicas de Argentina y Perú suscrita por los señores

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