RESOLUCION SUPREMA N° 364-2008-DE/FAP - Autorizan viaje de personal militar FAP a la República de Colombia, en comisión de servicios

Fecha de disposición10 Septiembre 2008
Fecha de publicación10 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008
379448
PODER EJECUTIVO
DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar
FAP a la República de Colombia, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 364-2008-DE/FAP
Lima, 10 de setiembre de 2008
Visto el Of‌i cio NC-35-COCI-Nº 1180 de fecha 9 de
setiembre de 2008, del Comandante de Operaciones de
la Fuerza Aérea del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses
institucionales autorizar el viaje al exterior en
Comisión de Servicio a la República de Colombia, del
10 al 11 de setiembre de 2008, al Personal Militar de la
Fuerza Aérea del Perú que conformará la tripulación
de la aeronave Hércules L-100-20 FAP Nº 382, con
la finalidad de trasladar los hospitales de campaña,
desde la ciudad de Bogotá - Colombia hacia la ciudad
de Lima - Perú;
Que, los gastos de Servicios de Navegación Aérea
(SNAR), combustible y otros, serán asumidos por el
Ministerio de Salud; teniendo en consideración lo dispuesto
en la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de
Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos;
y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29075
- Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función,
Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio
de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha
5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/
SG del 26 de enero de 2004 y su modif‌i catoria el Decreto
Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y
Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2008;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en
Comisión de Servicio a la República de Colombia,
del 10 al 11 de setiembre de 2008, al Personal
Militar de la Fuerza Aérea del Perú que se indica a
continuación, el mismo que conformará la tripulación
de la aeronave Hércules L-100-20 FAP Nº 382, con
la finalidad de trasladar los hospitales de campaña,
desde la ciudad de Bogotá - Colombia hacia la ciudad
de Lima - Perú:
TRIPULACIÓN PRINCIPAL
Comandante FAP ANNICCHIARICO ONGARO Tonino Piloto
Comandante FAP JERI SANDOVAL Luis Alberto Piloto
Mayor FAP CERNA BARRA Carlos Eduardo Piloto
Mayor FAP ZAPATA TIPIAN Jorge César Piloto
Técnico de 1ra. FAP AUCA HUARHUA Israel Efraín Ing. Vuelo
Técnico de 1ra. FAP JIMENEZ QUISPE Sabino de Pío Cargo
Master
Técnico de 1ra. FAP TREBEJO DOLORES Yver Conversion Cargo
Master
Técnico de 2da. FAP RAMIREZ ORTIZ José Cruz Ing. Vuelo
TRIPULACIÓN ALTERNA
Mayor FAP VARGAS BLACIDO Víctor Alfredo Piloto
Técnico de 2da. FAP ESTRADA CALDAS Hector Eleazar Ing. Vuelo
Técnico de 3ra. FAP TORRES CORDERO Carlos Ignacio Cargo
Master
Artículo 2º.- El Ministerio de Salud asumirá los
gastos de Servicios de Navegación Aérea (SNAR),
combustible y otros, teniendo en consideración lo
dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos.
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin
exceder el total de días autorizados.
Artículo 4º.- El citado personal deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento
de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector
Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modif‌i catoria
el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio
de 2004.
Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA
Ministro de Defensa
250243-1
ENERGIA Y MINAS
Establecen los Sectores de Distribución
Típicos para el período noviembre
2009 - octubre 2013, procedimientos
para la clasificación de los Sistemas de
Distribución Eléctrica y los Factores de
Ponderación del VAD
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 028-2008-EM/DGE
Lima, 10 de setiembre de 2008
VISTOS:
El Of‌i cio Nº 668-2008-OS/GART, remitido por el
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y
Minería (OSINERGMIN), proponiendo los Sectores de
Distribución Típicos, la aprobación de los Procedimientos
para la Clasif‌i cación de los Sistemas de Distribución
Eléctrica y el Cálculo de los Factores de Ponderación del
Valor Agregado de Distribución (VAD) para la Regulación
de las Tarifas de Distribución Eléctrica del período
noviembre 2009 – octubre 2013; y el Of‌i cio Nº 756-
2008-OS/GART, remitido por el OSINERGMIN mediante
el cual agregan a la propuesta mencionada, el análisis
técnico de la determinación de la cantidad de Sectores de
Distribución Típicos;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 66º del Decreto Ley
Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el Valor
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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