RESOLUCION MINISTERIAL Nº 242-2008-MTC/01 - Aprueban contrato de permuta a suscribirse entre el Ministerio y ENAFER S.A. en Liquidación

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 17 de marzo de 2008 368949
NACIONAL, se señala que la Dirección Nacional de
Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento con fecha 20 de diciembre de 2007,
ha realizado la valuación comercial de 43 predios
afectados por el derecho de vía del Proyecto Vial Eje
Multimodal Amazonas Norte Perú - Brasil, Tramo:
Tarapoto – Yurimaguas, Progresivas Km. 00 + 000
al Km. 2 + 900, ubicado en el distrito la Banda de
Shilcayo de la provincia y departamento de San
Martín;
Que, de conformidad a las valuaciones comerciales
elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción,
el monto de la valorización comercial de los 43
predios afectados por el derecho de vía del Proyecto
Vial Eje Multimodal Amazonas Norte Perú - Brasil,
Tramo: Tarapoto – Yurimaguas, Progresivas Km. 00 +
000 al Km. 2+900, ubicado en el distrito la Banda de
Shilcayo de la provincia y departamento de San Martín,
asciende a las cantidades señaladas en el cuadro que
como Anexo forma parte integrante de la presente
resolución;
Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27628, Ley
que facilita la ejecución de obras públicas viales
establece que el valor de tasación para la adquisición
de inmuebles por trato directo afectados por trazos
en vías públicas será fijado por el Consejo Nacional
de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor
comercial actualizado de los mismos, que será
aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector
Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2006-
VIVIENDA publicado el 08 de setiembre de 2006 se
fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA con
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
disponiendo que el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, mediante Resolución Ministerial, aprobará
las normas complementarias para la aplicación del
referido Decreto Supremo;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-
2007-VIVIENDA de fecha 10 de enero de 2007, se
dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
será el órgano responsable de llevar a cabo las
tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades
y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden
ser ejecutados por privados;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 3º
de la Ley Nº 27628, el precio que se pagará por todo
concepto a los propietarios afectados por trazos en vías
públicas por trato directo será el monto del valor comercial
actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10%
de dicho valor;
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las
tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de
Construcción de los 43 predios afectados por el derecho
de vía del Proyecto Vial Eje Multimodal Amazonas Norte
Perú - Brasil, Tramo: Tarapoto – Yurimaguas, Progresivas
Km. 00 + 000 al Km. 2+900, ubicado en el distrito la
Banda de Shilcayo de la provincia y departamento de
San Martín;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes
Nºs. 27628 y 27791, así como por el Decreto Supremo
Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar las tasaciones elaboradas
por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento de los 43
predios afectados por el derecho de vía del Proyecto Vial
Eje Multimodal Amazonas Norte Perú - Brasil, Tramo:
Tarapoto – Yurimaguas, Progresivas Km. 00 + 000 al
Km. 2+900, ubicado en el distrito la Banda de Shilcayo
de la provincia y departamento de San Martín, conforme
al cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la
presente resolución.
VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI
Ministra de Transportes y Comunicaciones
ANEXO 1
Relación de predios afectados por el
Proyecto Vial Amazonas Norte Perú – Brasil
TRAMO Km. 00+000 al Km. 2+900
CODIGO PROGRESIVA VALOR DE LA TASACIÓN
US$
1 A003 – C003 0 + 635 33 766,14
2 A004 0 + 755 10 571,37
3 A005A 0 + 800 561,88
4 A005B 0 + 800 539,08
5 A005C 0 + 800 627,10
6 A005D 0 + 800 627,10
7 A005E 0 + 800 627,10
8 A005F 0 + 800 627,10
9 A005G 0 + 800 627,10
10 A005H 0 + 800 627,10
11 A005I 0 + 800 505,16
12 A005J 0 + 800 269,79
13 A006 0 + 930 33 080,46
14 A007 1 + 040 5 352,50
15 A008A 1 + 080 925,86
16 A009 1+ 080 1 283,37
17 A009A 1 + 080 728,32
18 A009B 1 + 080 703,92
19 A009F 1 + 080 28,81
20 A009E 1 + 080 373,56
21 A009C 1 + 080 366,66
22 A009D 1 + 080 26,11
23 A010 1 + 100 1 329,40
24 A013 1 + 250 17 474,01
25 A018 1 + 680 10 639,16
26 A019 1 + 800 24 128,95
27 A020 1 + 870 6 765,66
28 A023 2+110 12 545.18
29 A023A 1+995 5 562.77
30 A024 2 + 150 3 267,85
31 A025 2 + 180 2 128,78
32 A026 2 + 200 1 297,01
33 A027 2 + 220 1 405,86
34 A028 2 + 280 5 886,24
35 A029 2 + 420 23 423,54
36 A029A 2 + 150 2 518,85
37 A030 2 + 325 2 257,19
38 A030A 2 + 345 1 475,04
39 A030C 2 + 420 3 402,46
40 A030D 2 + 590 9 277,09
41 A031 2 + 645 27 893,31
42 A041 2 + 810 1 336,41
43 A044-C010 2 + 900 10 260,98
176557-1
Aprueban contrato de permuta a
suscribirse entre el Ministerio y
ENAFER S.A. en Liquidación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 242-2008 MTC/01
Lima, 12 de marzo de 2008

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